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El Registro Especial de Obras Sociales Universitarias funcionara en el ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud, debiendo ser llevado en forma separada de las Obras Sociales registradas conforme ley 23.660. La Superintendencia de Servicios de Salud es facultada para dictar las normas de funcionamiento interno, y los requisitos y procedimientos.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 24/05/2000
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Obras Sociales
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