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Sistema Nacional del Seguro de Salud -- Establécese que la Administración Nacional del Seguro de Salud deberá dictar la operatoria pertinente para efectivizar el relevamiento de las nuevas entidades que deseen registrarse como Agentes del citado Sistema.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 09/10/1996
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Recursos Humanos en Salud
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