DECRETO ACUERDO 40/2005
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
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Medio Ambiente. Unidad Ejecutora Provincial para la Gestión Integral de los Recursos Sólidos Urbanos (UEPGIRSU). Creación en el ámbito de la Dirección de Medio Ambiente con el objeto de preparar, ejecutar, coordinar y administrar el Plan de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos. Norma complementaria del art. 7 inc. b) de la ley 7622.
Del: 14/12/2005; Boletín Oficial 20/12/2005.
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VISTO la Ley N° 7.622, la cual regula todo lo referente a la generación, manipulación, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos; y
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 5° de la misma, el Poder Ejecutivo debe establecer los sitios donde realizará la disposición final de los residuos sólidos urbanos, el tratamiento a seguir con estos en cada Municipio y Comuna Rural y las plantas o estaciones de transferencia necesarias para evitar la contaminación proveniente de este tipo de residuos;
Que por el artículo 7° se lo faculta para determinar la Autoridad de Aplicación de la ley, que tendrá, entre otras, las facultades de evaluar y determinar los sitios de disposición final de los residuos sólidos urbanos, establecer un plan de gestión integral para el tratamiento a seguir en cada caso particular, responsabilizándose de la operación y cierre de cada planta de tratamiento y sistema de disposición final, controlar los lugares establecidos como sitios de disposición final, monitorear los tipos de tratamiento, disponer de los residuos, sólidos urbanos clasificados, establecer un programa de erradicación de los basurales a cielo abierto, y establecer programas de concientización ciudadana, y de caracterización de residuos.
Que corresponde designar al organismo que desempenará las mecionadas funciones, así como asignarle los recursos necesarios para el cumpliemiento de los fines establecidos en la Ley N° 7.622.
Que a fs. 07 interviene Contaduría General de la Provincia y a fs. 12/14 hace lo propio la Dirección General de Organización y Métodos aconsejando algunas modificaciones las cuales son salvadas oportunamente;
Por ello y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado según Dictamen N° 3.805 de fecha 06/12/05, a fs. 16:
El Gobernador de la Provincia en Acuerdo de Ministros decreta:
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Artículo 1° - Créase en el ámbito de la Dirección de Medio Ambiente, la Unidad Ejecutora Provincial para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (UEPGIRSU), la cual tendrá a su cargo la preparación, ejecución, coordinación y administración del plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos, establecido en el artículo 7° Inc. b) de la Ley N° 7.622, así como los programas y proyectos que lo integren.
Art. 2° - La Unidad Ejecutora Provincial para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (UEPGIRSU) tendrá las siguientes funciones: a) Elaborar el plan provincial para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos, el que tendrá como finalidad el manejo de los residuos sólidos urbanos, asegurando la protección ambiental y la salud humana, y procurando la mejora de calidad de vida de la población.
b) Evaluar y seleccionar los sitios destinados a la instalación y operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios y Plantas de Tratamiento y Disposición Final.
c) Gestionar el financiamiento total o parcial de los programas y proyectos que integren el plan provincial para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos.
d) Redactar, cuando corresponda, los pliegos de bases y condiciones a que se ajustarán las contrataciones de proyectos de obras necesarias para la instalación y la operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios, Plantas de Tratamiento y Disposición Final de RSU, y realizar el seguimiento de su ejecución.
e) Proponer al Poder Ejecutivo mecanismos para incrementar la eficiencia en la recuperación de costos derivados de la instalación y la operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios y Plantas de Tratamiento y Disposición Final de RSU.
f) Elaborar y ejecutar planes de comunicación y educación ambiental, de reinserción laboral para trabajadores informales de los basurales a cielo abierto y controlados, y de minimización de RSU.
g) Coordinar la conformación de zonas integradas por diferentes municipios y comunas rurales, con el fin de aumentar la eficiencia de la operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios y Plantas de Tratamiento y
Disposición Final.
h) Prestar asesoramiento a los organismos centralizados y descentralizados de la Administración Pública provincial, a los municipios y a las comunas rurales que lo soliciten.
i) Todas las demás funciones necesarias para el cumplimiento de los fines establecidos en la Ley N° 7.622, y sus normas complementarias.
Art. 3° - La Unidad Ejecutora Provincial para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (UEPGIRSU) tendrá las siguientes áreas:
a) Coordinación General,
Funciones:
- Coordinar y supervisar la elaboración del plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos, establecido en el artículo 7° Inc. b) de la Ley N° 7.622, y sus normas concordantes, así como los programas y proyectos que lo integren.
- Administrar la partida presupuestaria destinada a la elaboración y ejecución del plan, así como los fondos destinados a la construcción y operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios y Plantas de Tratamiento y Disposición Final de RSU.
- Coordinar la conformación de zonas integradas por diferentes municipios y comunas rurales, para la gestión integral de RSU.
- Elaborar los informes y comunicaciones al Poder Legislativo, establecidos en la Ley N° 7.622 y sus normas concordantes.
- Elaborar y coordinar la estrategia de comunicación referida al plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos, y los programas y proyectos que lo integren.
- Ejercer la representación de la Unidad Provincial para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (UPGIRSU), mediante delegación expresa del Director de Medio Ambiente.
- Preparar informes periódicos sobre las acciones realizadas por la Unidad Ejecutora Provincial para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (UEPGIRSU).
b) Coordinación Leqal
Funciones:
- Asesorar en la interpretación y aplicación de la Ley N° 7.622, y sus normas concordantes y complementarias.
- Elaborar y proponer los instrumentos legales y actos administrativos necesarios para la implementación del plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos, así como los programas y proyectos que lo integren.
- Prestar asesoramiento legal a la Coordinación General.
C) Coordinación Económica - Financiera
Funciones:
- Recopilar y procesar los datos económicos - financieros provinciales, referidos a los costos actuales de los servicios de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de RSU
- Elaborar y proponer mecanismos para:
Incrementar la eficiencia en la recuperación de costos derivados de la instalación y la operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios y Plantas de Tratamiento y Disposición Final de RSU.
Gestionar los recursos económicos necesarios para la instalación y la operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios, y Plantas de Tratamiento y/o Disposición Final de RSU.
-Prestar asesoramiento económico y contable a la Coordinación General.
d) Coordinación de Ejecución y Control de Obras y Operaciones
Funciones:
- Coordinar el procedimiento de búsqueda, evaluación y selección de sitios aptos para la instalación y operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios y Plantas de Tratamiento y Disposición Final.
- Ejecutar las obras necesarias para la instalación y operación de Estaciones de Transferencia, Rellenos Sanitarios y Plantas de Tratamiento y Disposición Final, y controlar su funcionamiento.
- Prestar asesoramiento técnico a la Coordinación General.
e) Coordinación Social
Funciones:
Elaborar y proponer mecanismos para:
- Erradicar los basurales a cielo abierto y los basurales controlados en toda la
Provincia,
- Lograr la reinserción laboral de los trabajadores informales de los basurales que sean clausurados o rehabilitados.
- Minimizar la generación de residuos sólidos urbanos.
- Prestar asesoramiento a la Coordinación General lo referente a aspectos sociales de la gestión integral de los RSU.
f) Coordinación de Comunicación y Educación Ambiental
Funciones:
- Elaborar y proponer un plan de comunicación y educación ambiental referido a la gestión integral de los residuos sólidos urbanos, en coordinación con los Organismos que correspondan.
- Prestar asesoramiento a la Coordinación General en lo referente a educación y difusión ambiental para la gestión integral de los RSU.
Art. 4° - El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Economía, de Seguridad Ciudadana, de Salud Pública y de Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de Desarrollo Productivo.
Art. 5° - Comuníquese, etc.
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