DECRETO 4308/1986
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS
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Estupefacientes. Sanciones por infracciones a la ley nac. 17.818. Autoridad provincial de aplicación.
del 19/09/1986; Publicado en: Boletín Oficial 12/01/1987
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Artículo 1° -- La Subsecretaría de Salud Pública a través de las dependencias que su titular determine, será la encargada de aplicar las sanciones que prevé la ley 17.818 y modificatorias sobre estupefacientes. Las resoluciones que a esos efectos se dicten serán precedidas del procedimiento que por este decreto se instaura.
Art. 2° -- La Subsecretaría de Salud Pública está facultada para realizar las inspecciones y medidas preventivas que establece la ley 17.818 y que sean necesarias para cumplimentar con el objeto previsto en el art. 1°. A esos efectos deberá:
a) Detectada una infracción, labrará el acta correspondiente el funcionario habilitado, con amplio detalle de las circunstancias de tiempo y lugar como también de la naturaleza de la falta registrada;
b) En dicha acta se dará intervención al infractor, haciéndole conocer las razones del procedimiento y se le darán cinco (5) días hábiles para que produzca descargo y en su caso ofrezca pruebas;
c) Vencido dicho término o el que prudencialmente se fije por la autoridad interviniente para la producción de la probanzas ofrecidas, se dictará resolución dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes;
d) La autoridad interviniente podrá solicitar el apoyo de organismos provinciales y/o nacionales, cuando lo considere necesario y a fin de cumplir con las finalidades del procedimiento;
e) Si de la inspección realizada surgieran además violaciones a otras disposiciones de naturaleza administrativa o penal, se efectuarán las comunicaciones del caso a la autoridad competente, de manera inmediata;
f) Regirán supletoriamente las disposiciones del dec.-ley 7060 ratificado por ley 7504.
Art. 3° -- Los montos que se recauden ingresarán a Rentas Generales.
Art. 4° -- El presente decreto será refrendado por el señor ministro de Acción Social.
Art. 5° -- Comuníquese, etc.
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