LEY 4711
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE CHUBUT


 
Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida. Declaración de interés provincial a la prevención, diagnóstico, tratamiento, actividades de investigación y promoción de la educación para la salud. Modificación de la ley 4688.
Sanción: 17/04/2001; Promulgación: 04/05/2001; Boletín Oficial 10/05/2001


Artículo 1º - Modifícase el artículo 21 de la Ley Nº 4688, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 21. - Regirán en forma obligatoria en todo lo relacionado con el virus HIV y el síndrome de SIDA en el ámbito provincial, los alcances de las Leyes Nacionales Nº 24.754 de Medicina Prepaga, Nº 23.660 de Obras Sociales y Nº 24.455 de Prestaciones Obligatorias, así como la Ley Nº 23.798 de Lucha contra el SIDA y sus Decretos Reglamentarios Nº 1244/91 y 1269/92.
Art. 2º - Comuníquese, etc.


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