LEY 26204
PODER LEGISLATIVO NACIONAL (P.L.N.)
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Ley de emergencia pública. Emergencia Sanitaria Nacional. Prórroga de la vigencia hasta el 31/12/2007.
Sanción: 13/12/2006; Promulgación: 19/12/2006; Boletín Oficial 20/12/2006
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El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
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ARTICULO 1º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia de la Ley Nº 25.561, sus prórrogas y sus modificatorias.
ARTICULO 2º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia de la Ley Nº 25.790 y su modificatoria.
ARTICULO 4º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la emergencia ocupacional nacional declarada por el Decreto Nº 165/02, ratificada por el Decreto Nº 565/02 y oportunamente prorrogada por los Decretos Nros. 39/03, 1353/03 y 1506/04, en los términos de la Ley Nº 26.077.
ARTICULO 5º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia del Programa Jefes de Hogar, según los términos del Decreto Nº 565/02, sus modificatorios y complementarios. Prorrógase por igual plazo las tareas de clasificación y traspaso de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar que en forma conjunta realizan los Ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de Desarrollo Social, de acuerdo a los lineamientos y condiciones establecidos en el Decreto Nº 1506/04, en los términos de la Ley Nº 26.077.
ARTICULO 6º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la Emergencia Alimentaria Nacional declarada por el Decreto Nº 108 del 15 de enero de 2002 y sus normas modificatorias y complementarias, en los términos de la Ley Nº 26.077.
ARTICULO 7º - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2007.
ARTICULO 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL TRECE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
- REGISTRADO BAJO EL Nº 26.204 -
ALBERTO BALESTRINI; JOSE J. B. PAMPURO; Enrique Hidalgo; Juan H. Estrada.
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Decreto Nº 1903/2006
Bs. As., 19/12/2006
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N 26.204 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - KIRCHNER. - Alberto A. Fernández. - Felisa Miceli.
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