VISTO el expediente Nº1-47-2110-8249-07-8 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y,
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se originan a raíz de una denuncia realizada en el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) con referencia al producto "Agua lavandina concentrada El Regreso" elaborado por establecimiento Química El Regreso SRL sito en Sargento Cabral 2848 Lomas del Mirador - Provincia de Buenos Aires, según la cual se estaría expendiendo fuera de las normativas vigentes al carecer de autorización tanto el establecimiento como el producto.
Que por ello el Departamento Inspectoría llevó a cabo en el establecimiento La Italo Comercial S.R.L. sito en Gregoria Perez 3345 CABA la O. I. Nº432/07 y acta de toma de muestra Nº204/07.
Que el Departamento Productos de Uso Doméstico informa por Nota Nº167/07 que no posee datos de registro del producto ni del elaborador.
Que en virtud de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley 18.284 y el artículo 1º del Reglamento Alimentario Nacional, corresponde prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del referido producto, teniendo en cuenta asimismo lo normado las Resoluciones ns. 708/98 y 709/98, del ex MS y AS, y los Artículos 1º y 816 del Decreto 141/53 y Art. 9 de la Ley Nº18.284, dado que el mismo no se encuentra registrado ante esta autoridad de aplicación, e iniciar el correspondiente sumario a las firmas involucradas en las presentes actuaciones.
Que el INAL y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL INTERVENTOR
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
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