LEY 7503
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
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Programa de detección masiva de enfermedades del sistema nervioso en niños recién nacidos. Modificación del art. 1º de la ley 5769.
Sanción: 29/12/2004; Promulgación: 24/01/2005; Boletín Oficial 04/02/2005.
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Artículo 1º - Modifícase la Ley Nº 5769, en la forma que a continuación se indica: Reemplazar el Artículo 1º por el siguiente:
"Art. 1º - Establécese la obligatoriedad, en todo el territorio de la Provincia, de la detección masiva con la finalidad del diagnóstico precoz, de todo tipo de anomalías en el desarrollo del sistema nervioso y metabólico de los niños recién nacidos y el consecuente tratamiento de los enfermos detectados por esta pesquisa. A los fines de la aplicación de la presente ley se consideran dentro de sus alcances el hipotiroidismo congénito, la fenilcetonuria y la enfermedad fibroquística, quedando el Poder Ejecutivo facultado para ampliar esta nómina cuando razones de política sanitaria lo justifiquen."
Art. 2º - Comuníquese, etc.
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