LEY 2590
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA


 
Sistema Financiero Integral de Medicina Social. Modifica ley 1420.
Sanción: 16/09/2010; Boletín Oficial 01/10/2010

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ley 1420, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º.- “Créase el Sistema Financiero Integral de Medicina Social, en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia”.-
Art. 2º.- Modifícase el inc. d) del Artículo 4º de la Ley 1420, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“d): Retribuciones adicionales de servicios profesionales y/o técnicos del sector público, así como bonificaciones o estímulos especiales para el personal de Salud Pública, incluido el comprendido en la Ley 2343 que prestan servicio en establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud”.
Art. 3º.- Comuníquese al poder Ejecutivo
Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-


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