LEY 4575
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO


 
Control y Prevención de las Enfermedades Cardiovasculares. Adhesión ley 25.501.
Sanción: 02/09/2010; Boletín Oficial 07/10/2010

La Legislatura de la Provincia de Río Negro sanciona con Fuerza de LEY:

Artículo 1.- La Provincia de Río Negro adhiere por la presente a la ley nacional nº 25.501, sobre prioridad sanitaria en el control y prevención de las enfermedades cardiovasculares.
Art. 2.- La autoridad de aplicación de la presente es el Ministerio de Salud, quien coordinará con el Ministerio de Educación las acciones referidas a programas de educación sobre la temática en escuelas y con la Secretaría de Comunicación en todo lo referido a campañas de información.
Art. 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Mendioroz; Medina


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