RESOLUCION 3061/2010
MINISTERIO DE SALUD
|
Aranceles para matrículas provisorias y definitivas de los profesionales de la salud. Modifica resolución 422/03.
Del: 28/12/2010; Boletín Oficial 10/01/2011.
|
Visto el expediente 2110-M-10-77770, en el cual se solicita la modificación del Art. 2° de la Resolución N° 422/03, en lo referente a la actualización de montos y nuevos aranceles para matrículas provisorias y definitivas de los profesiones de la salud.
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de referencia se dispuso la modalidad para la entrega de matrículas a profesionales técnicos o enfermeros para el ejercicio de la actividad en que se inscriban.
Que por el Art. 2º de la citada norma legal se establecieron los costos de las matrículas provisorias y definitivas y de confección de credencial habilitante, en lo referido a gasto administrativo.
Que resulta necesario modificar los valores de cobro de certificados y credenciales acreditantes de matrículas solicitas por profesionales, técnicos y enfermeros, ajustándose los mismos al costo de insumos y gastos administrativos actualizados.
Que por Resolución N° 341/99, se estableció que las credenciales de matriculación que otorga el Ministerio, caducan a los cinco (5) años de su otorgamiento, debiendo los interesados tramitar su renovación, por lo que debe considerarse la incorporación del concepto de renovación de matrículas.
Por ello, en razón de lo solicitado, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal y de acuerdo a lo establecido por el Art. 3º de la Ley Nº 2636 y modificatorias.
El Ministro de Salud resuelve:
|
Artículo 1º - Modificar el Art. 2º de la Resolución N° 422/03, el que quedará redactado de la siguiente manera:
El costo de las matrículas definitivas y provisorias, y su renovación en lo referido a gastos administrativos y confección de credencial habilitante será para cada uno de ellas:
Matriculaciones Definitivas de Profesionales $ 500,00
Matriculaciones Definitivas de no Profesionales $ 250,00
Matriculaciones Provisorias de Profesionales $ 300,00
Matriculaciones Provisorias no Profesionales $ 150,00
Certificados Matrícula, Etica (u otros que se expidan) $ 50,00
Credenciales Duplicados (habilitación de matrícula) $ 100,00
Renovación de Matrículas de Profesionales $ 500,00
Renovación de Matrículas de no Profesionales $ 250,00
Art. 2º - Establecer que lo dispuesto por la presente resolución, rige a partir de la fecha de la misma.
Art. 3º - Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
|