DECRETO 1008/2014
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


 
Dase por designada la Directora del Instituto Nacional de Epidemiología “Dr. Juan H. Jara”.
Del: 23/06/2014; Boletín Oficial 01/07/2014.

VISTO el expediente Nº 1-2095-S01: 0002313/2012 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nº 25.467, Nº 26.728, Nº 26.784 y Nº 26.895, los Decretos Nº 1628 del 23 de diciembre de 1996, Nº 1133 del 25 de agosto de 2009, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nº 26.728, Nº 26.784 y Nº 26.895, se aprobaron los PRESUPUESTOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para los Ejercicios 2012, 2013 y 2014, estableciéndose en el artículo séptimo de las mismas, que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dichas Leyes, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, quedando exceptuados de lo previsto precedentemente los cargos correspondientes al personal Científico y Técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467.
Que mediante el artículo 14 de la Ley Nº 25.467 se crea el Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICYT), y uno de los integrantes de dicho Consejo es la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS).
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto Nº 1628 de fecha 23 de diciembre de 1996 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS).
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, concentra múltiples actividades a través de los diversos Institutos Nacionales y Centros que lo integran.
Que por el expediente citado en el Visto, la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), plantea la necesidad de cubrir transitoriamente la Función Directiva de Director del INSTITUTO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGIA “Dr. JUAN H. JARA” (INE) dependiente del citado Organismo.
Que la referida Dirección, se encuentra incluida en la Estructura Organizativa aprobada por el Decreto Nº 1628 del 23 de diciembre de 1996.
Que de acuerdo a lo expresado, el cargo que se pretende cubrir transitoriamente no se ve afectado por la prohibición contenida en el artículo 7° de las Leyes de Presupuesto mencionadas.
Que en virtud de lo expuesto resulta necesario proceder a la cobertura transitoria de la función Directiva mencionada precedentemente, desde el 15 de octubre de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha del presente Decreto, plazo en que deberá ser cubierta de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 37, el Título II, Capítulo II y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), propone para la cobertura transitoria de dicho cargo a la Doctora Da. Olga Leticia MILLER (DNI Nº 11.442.169), con la Categoría Profesional Principal, Función Directiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 1133/09, perteneciente a la Planta Permanente del mencionado Instituto, quien cumple con los requisitos de idoneidad requeridos para dicho cargo.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) cuenta con el financiamiento suficiente para proceder a la cobertura transitoria de dicho cargo.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente del Organismo y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, y en virtud del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina decreta:

Artículo 1°.- Dase por designada transitoriamente, desde el 15 de octubre de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, en la función de Directora del INSTITUTO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGIA “Dr. JUAN H. JARA” (INE), dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” -ANLIS- organismo descentralizado de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, a la Doctora Da. Olga Leticia MILLER (DNI Nº 11.442.169), Categoría Profesional Principal, Grado 0, autorizándose el pago del Suplemento por Función Directiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09.
Art. 2°.- El cargo involucrado deberá será cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 37, en el Título II, Capítulo II y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida.
Art. 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fernández de Kirchner; Jorge M. Capitanich; Juan L. Manzur.


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