RESOLUCIÓN 91/2015
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (S.S.Sal.)
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Regístrase la reforma introducida en el Estatuto de la OBRA SOCIAL DE EJECUTIVOS Y DEL PERSONAL DE DIRECCION DE EMPRESAS - OSDE (R.N.O.S. 4-0080-0).
Del: 12/03/2015; Boletín Oficial 18/03/2015.
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VISTO el Expediente Nro. 147.071/08 S.S.SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente del Visto tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL DE EJECUTIVOS Y DEL PERSONAL DE DIRECCION DE EMPRESAS - OSDE (R.N.O.S. 4-0080-0) quien solicita se registren las reformas introducidas en los artículos 10, 15, 16, 22, 23, 24, 25, 28, 30, 31, 33, 34, 38, 39, 40 y 1 transitorio del Estatuto de la entidad.
Que a fs. 19/20, 102/108 y 153/156 lucen incorporadas las Actas de la Asamblea Extraordinaria de Representantes de la Obra Social, debidamente certificadas, por las cuales se aprueban las reformas estatutarias del Agente de Salud.
Que a fs. 22/23, 110/111 y 157/158 se encuentran agregadas las Resoluciones N° 919 del 17/10/2008, N° 179 del 11/2/2011 y N° 355 del 7/5/2001 respectivamente, mediante las cuales la Inspección General de Justicia aprueba las reformas estatutarias introducidas por la entidad.
Que a fs. 137/146, obra copia certificada de un ejemplar del estatuto de la OBRA SOCIAL DE EJECUTIVOS Y DEL PERSONAL DE DIRECCION DE EMPRESAS - OSDE (R.N.O.S. 4-0080-0) con las reformas introducidas y cuyo texto ordenado fue aprobado por Resolución N° 966 del 6/08/2012 por la Inspección General de Justicia (fs. 147/148).
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que hace a su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de Diciembre de 1996 y N° 1008 de fecha 2 de Julio de 2012.
Por ello,
La Superintendenta de Servicios de Salud resuelve:
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Artículo 1°.- Regístrase la reforma introducida a los artículos 10, 15, 16, 22, 23, 24, 25, 28, 30, 31, 33, 34, 38, 39, 40 y 1 transitorio del Estatuto de la OBRA SOCIAL DE EJECUTIVOS Y DEL PERSONAL DE DIRECCION DE EMPRESAS - OSDE (R.N.O.S. 4-0080-0); cuyo texto ordenado obra a fs. 137/146 del Expediente del Visto.
Art. 2°.- Hágase constar que las reformas estatutarias aludidas y el texto ordenado del mismo, fueron aprobadas por la Inspección General de Justicia, mediante las Resoluciones N° 919 del 17/10/2008, N° 179 del 11/2/2011, N° 355 del 7/5/2001 y N° 966 del 6/08/2012 conforme documentación glosada a fs. 22/23, 110/111, 157/158 y 147/148 del Expediente del Visto.
Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales a fin de agregar al legajo del Agente del Seguro de Salud las piezas obrantes a fs. 137/146 del Expediente del Visto y, oportunamente, archívese.
Liliana Korenfeld, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.
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