DISPOSICIÓN 44/2015
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN (S.P.R.y F.)
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Modificación de la Disposición Nº 30/2015, acreditación de la residencia médica de PSIQUIATRÍA del HOSPITAL ITALIANO DE BUENOS AIRES (C.A.B.A.),
Del: 27/07/2015; Boletín Oficial 31/07/2015.
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VISTO el Expediente N° 2002-10628-12-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones recayó la Disposición de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 30 de fecha 20 de mayo de 2015, por la cual se acreditó la Residencia médica de PSIQUIATRÍA del HOSPITAL ITALIANO DE BUENOS AIRES (C.A.B.A.) en la Categoría B por un período de CUATRO (4) años a partir de la fecha de publicación.
Que al consignar la Categoría B en su artículo 1° se deslizó un error, dado que debe decir “...en la Categoría A por un período de CUATRO (4) años...”.
Que la rectificación debe llevarse a cabo mediante el dictado de un acto administrativo del mismo nivel competencial, haciendo uso de la atribución conferida en el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (T.O 1991), puesto que se trató de un error de hecho subsanable y que no modifica lo sustancial del acto administrativo en cuestión.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
El Subsecretario de Políticas, Regulación y Fiscalización dispone:
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Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 1° de la Disposición de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 30 de fecha 20 de mayo de 2015 por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Acredítase la Residencia médica de PSIQUIATRÍA del HOSPITAL ITALIANO DE BUENOS AIRES (C.A.B.A.), en la Categoría A por un período de CUATRO (4) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora ASOCIACIÓN DE PSIQUIATRAS ARGENTINOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud.
Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Dr. Pablo E. Kohan, Subsecretario Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación.
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