LEY XVII-98
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Declaración de interés nacional a la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca. Adhesión
Sanción: 10/05/2018; Promulgación: 24/05/2018; Boletín Oficial: 28/05/2018

LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1: Incorpórase como Artículo 7 bis de la Ley XVII-N° 15 (antes Ley 2811) el que queda redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 7 bis: Adhiérase la Provincia de Misiones a la Ley N°: 26588, Declaración de interés nacional a la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca y su modificatoria Ley Nacional 27.196, que como Anexo I y Anexo II forman parte integrante de la presente Ley
Art. 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo


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