DECRETO 802/2018
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


 
Administración Pública Nacional. Conformación Organizativa.
Del: 05/09/2018; Boletín Oficial 05/09/2018.

VISTO el Expediente EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias, los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y sus modificatorias, se prevén, entre otros aspectos, los Ministerios que integran el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por el Decreto N° 801/18 se fusionaron diversos Ministerios a fin de centralizar las competencias en un número menor de Jurisdicciones.
Que razones operativas tornan imposible aprobar en forma inmediata una nueva conformación organizativa de la Administración Pública Nacional, por lo que resulta menester adoptar medidas de transición hasta tanto ello se disponga.
Que por necesidades de gestión y diseño organizacional deviene menester la creación del cargo de Secretario de Gobierno en diversas carteras ministeriales y la consecuente designación de sus titulares.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
El Presidente de la Nación Argentina decreta:

Artículo 1°.- Establécese que se mantendrán vigentes por el plazo de SESENTA (60) días, contados a partir del dictado del presente decreto, a fin de concluir con la aprobación de la conformación organizativa de la Administración Pública Nacional, los Objetivos de las Secretarías y Subsecretarías aprobados por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios.
Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a prorrogar el plazo dispuesto en el párrafo precedente.
Art. 2°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstos en el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Art. 3°.- Incorpórase al Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios, en el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Objetivo 22, el siguiente:
“22. Brindar apoyo al Presidente de la Nación en la supervisión de las temáticas relativas a turismo y ambiente y desarrollo sustentable.”
Art. 4°.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, con dependencia de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con los Objetivos obrantes en Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43630968-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 5°.- Desígnase Secretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, con dependencia de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Rabino Dn. Sergio Alejandro BERGMAN (D.N.I. N° 14.744.064).
Art. 6°.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Turismo, con dependencia de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43622056-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 7°.- Desígnase Secretario de Gobierno de Turismo, con dependencia de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Licenciado Dn. José Gustavo SANTOS (D.N.I. N° 12.873.533).
Art. 8°.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Modernización, que actuará en carácter de Vicejefe de Gabinete para asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la definición de políticas de modernización transversales a la administración del Estado Nacional, y de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43620838-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 9°.- Desígnase Secretario de Gobierno de Modernización, con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al Licenciado Dn. Andrés Horacio IBARRA (D.N.I. Nº 12.676.719).
Art. 10.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos, con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43628350-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 11.- Desígnase Secretario de Gobierno del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al Ingeniero Dn. Hernán Santiago LOMBARDI (D.N.I. N° 14.188.918).
Art. 12.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de la Unidad Plan Belgrano, con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43620991-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 13.- Desígnase Secretario de Gobierno de la Unidad Plan Belgrano, con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al Doctor Dn. Carlos José VIGNOLO (D.N.I. Nº 16.488.665).
Art. 14.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Energía, con dependencia del MINISTERIO DE HACIENDA, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43624300-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 15.- Desígnase Secretario de Gobierno de Energía, con dependencia del MINISTERIO DE HACIENDA, al Ingeniero Javier Alfredo IGUACEL (D.N.I. N° 24.227.379).
Art. 16.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Trabajo y Empleo, con dependencia del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43626332-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 17.- Desígnase Secretario de Gobierno de Trabajo y Empleo, con dependencia del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, al Lic. Dn. Alberto Jorge TRIACA (D.N.I. N° 23.522.767).
Art. 18.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Agroindustria, con dependencia del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43629031-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 19.- Desígnase Secretario de Gobierno de Agroindustria, con dependencia del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, al señor Luis Miguel ETCHEVEHERE (D.N.I. N° 14.718.347).
Art. 20.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Salud, con dependencia del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43622360-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 21.- Desígnase Secretario de Gobierno de Salud, con dependencia del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, al Doctor D. Adolfo Luis RUBINSTEIN (D.N.I. N° 12.046.579).
Art. 22.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Cultura, con dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43624040-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 23.- Desígnase Secretario de Gobierno de Cultura, con dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, al Lic. Dn. Alejandro Pablo AVELLUTO (D.N.I. N° 17.635.692).
Art. 24.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, con dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43621627-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 25.- Desígnase Secretario de Gobierno de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, con dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, al Doctor D. José Lino Salvador BARAÑAO (D.N.I. Nº 10.894.374).
Art. 26.- Los Secretarios de Gobierno tendrán las mismas atribuciones y deberes que las actuales Secretarías, previstas en la normativa vigente.
Art. 27.- El Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el presente decreto. Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.
Art. 28.- El presente Decreto entra en vigencia a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
Art. 29.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Macri; Marcos Peña.

Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí: Anexo 1; Anexo 2; Anexo 3; Anexo 4; Anexo 5; Anexo 6; Anexo 7; Anexo 8; Anexo 9; Anexo 10 y Anexo 11.

Copyright © BIREME  Contáctenos