VISTO el Expediente Nº EX-2018-45326838-APN-DNCH#MSYDS del registro de este MINISTERIO y las Resoluciones del entonces Ministerio de Salud Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006; Nº 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; Nº 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; Resolución Nº 297 de fecha 17 de marzo de 2011; Nº 1814 de fecha 9 de octubre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por dicho expediente la SOCIEDAD ARGENTINA DE OFTALMOLOGÍA solicita su reincorporación al REGISTRO ÚNICO DE ENTIDADES EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que a través de las Resoluciones mencionadas en el Visto se creó el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecieron los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el sistema funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, diseñando acciones para concretar las políticas directrices emanadas del CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA - a través de la coordinación operativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO.
Que como resultado de la evaluación realizada, se concluye que la SOCIEDAD ARGENTINA DE OFTALMOLOGÍA acredita idoneidad, aptitud y antecedentes académicos suficientes para continuar formando parte de dicho Registro, y que adhiere a las disposiciones que lo regulan.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
El Subsecretario de Calidad, Regulación y Fiscalización dispone:
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