LEY 6017
PODER LEGISLATIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (P.L.CI.B.A.)
|
Apruébase la Segunda Actualización del Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sanción: 04/10/2018; Promulgación: 23/10/2018; Boletín Oficial 25/10/2018.
|
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
|
Artículo 1°.- Apruébase la Segunda Actualización del Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contiene las normas de alcance general y carácter permanente, consolidadas al 28 de febrero de 2018, ordenadas de acuerdo con las Ramas temáticas previstas en el artículo 5° de la Ley 5300.
Art. 2°.- Ténganse por vigentes las normas que conforman el Anexo I integrado por el “Listado de Ordenanzas, Leyes, Decretos-Ordenanzas y Decretos de Necesidad y Urgencia de carácter general y permanente” y clasificadas de acuerdo a las Ramas establecidas por el artículo 5º de la Ley 5300.
Art. 3°.- Ténganse por no vigentes las normas que se identifican en los Anexos que se detallan a continuación y que forman parte integrante de la presente Ley:
Anexo II “Listado de Ordenanzas, Leyes, Decretos-Ordenanzas y Decretos de Necesidad y Urgencia de carácter general y permanente, abrogados expresamente desde el 01/03/2016 hasta el 28/02/2018”.
Anexo III “Listado de Ordenanzas, Leyes, Decretos-Ordenanzas y Decretos de Necesidad y Urgencia de carácter general y permanente abrogados implícitamente desde el 01/03/2016 hasta el 28/02/2018”.
Anexo IV “Listado de Ordenanzas, Leyes, Decretos-Ordenanzas y Decretos de Necesidad y Urgencia de carácter general y permanente caducos por cumplimiento de objeto o condición y por fusión desde el 01/03/2016 hasta el 28/02/2018”.
Art. 4°.- Sustitúyese la denominación de la Rama “Q - Seguridad, Vigilancia y Policía Metropolitana”, prevista en el artículo 5° de la Ley 5300, por la siguiente:
“Q - Seguridad Pública”.
Art. 5°.- Comuníquese, etc.
Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.
|