ORDENANZA H 39764/1984
CONCEJO DELIBERANTE (C.D.)


 
Programa de ampliación de cobertura, extensión de servicios y de acción comunitaria para los Centros de Salud de la Secretaría de Salud Pública. Centros de Salud y Acción Comunitaria. Creación.
Sanción: 06/03/1984; Promulgación: 20/03/1984; Boletín Municipal: 26/03/1984.


Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo la elaboración de un Programa de Ampliación de Cobertura, Extensión de Servicios y de Acción Comunitaria a implementarse en todos los Centros de Salud dependientes de la Secretaría de Salud Pública, denominándose a esos efectores de atención primaria: "Centros de Salud y Acción Comunitaria".
Art. 2°.- Este programa contemplará la extensión de cobertura en forma gradual a las áreas de Salud Materno-Infantil, Nutrición, Odontología, Salud Mental con equipo multidisciplinario, Prevención de toxicomanía y Alcoholismo, Control de Enfermedades Transmisibles, Educación para la Salud y Saneamiento Ambiental, así como también prestaciones de acción comunitaria con una estrecha participación de la población de la zona de influencia de cada Centro.
Art. 3°.- El Departamento Ejecutivo propiciará la coordinación de acciones recíprocas con los organismos provinciales y/o municipales vecinos cuando los Centros de Salud y Acción Comunitaria respondan a una demanda significativa de la población del conurbano bonaerense.
Art. 4°.- El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente, incorporará a su estructura un área destinada a la coordinación y normatización del funcionamiento de los Centros existentes y a crearse.

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