DECRETO 105/2019
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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Administración Pública Nacional. Modificación del Decreto N° 174/2018.
Del: 31/01/2019; Boletín Oficial 01/02/2019.
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VISTO el Expediente N° EX-2019-03165486-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y el Decreto Nº 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo las respectivas competencias.
Que por el Decreto N° 801/18 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y sus modificatorias, a fin de centralizar las competencias de los mismos en un número menor de Jurisdicciones.
Que por el Decreto N° 958/18, modificatorio del Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios, se incorporaron diversas Secretarías de Gobierno dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de distintos Ministerios y de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que dentro del contexto de una política de austeridad y disminución de costos en la Administración Pública Nacional resulta menester adoptar medidas con el objetivo de la reducción del gasto público.
Que, en consecuencia, resulta oportuno modificar la conformación organizativa de la Secretaría de Gobierno de Energía del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
El Presidente de la Nación Argentina decreta:
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Artículo 1°.- Sustitúyese, del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada- aprobado por el artículo 1º del Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, el Apartado VIII BIS, correspondiente a la Secretaría de Gobierno de Energía del MINISTERIO DE HACIENDA, por el siguiente:
“VIII BIS.- SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE RECURSOS NO RENOVABLES Y MERCADO DE LOS COMBUSTIBLES
- SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS Y COMBUSTIBLES
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
- SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO”.
Art. 2°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, en el Apartado VIII BIS, correspondiente a la Secretaría de Gobierno de Energía del MINISTERIO DE HACIENDA, los Objetivos correspondientes a la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO.
Art. 3°.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios, en el Apartado VIII BIS, correspondiente a la Secretaría de Gobierno de Energía del MINISTERIO DE HACIENDA, los Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO, que se detallan en la planilla anexa al presente artículo (IF-2019-03676121-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 4°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al dictado de la presente medida.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.
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