RESOLUCIÓN 41/2020
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD, GOBIERNO Y CULTO (M.J.S.G.y C.)
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Aprobar los protocolos que regulen el ejercicio de las actividades exceptuadas.
Del: 13/05/2020; Boletín Oficial 01/07/2020.
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VISTO:
El DNU 297/2020 y complementarios y los Decretos Provinciales Nros. 1600-JGM-2020 y 1819-JGM-2020; y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional por Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 297/2020 dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria;
Que el Art. 10º del citado Decreto, establece que los Gobernadores de cada Provincia dictarían las medidas necesarias para implementar lo allí dispuesto, como delegados del gobierno federal, conforme lo establece el Art. 128º de la Constitución Nacional, sin perjuicio de otras medidas que deban adoptar tanto las provincias, como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como los Municipios, en ejercicio de sus competencias propias;
Que en ese marco, se creó en la Provincia de San Luis, el Comité Operativo de Emergencias (C.O.E.), dictando en ejercicio de las facultades conferidas en el Decreto Nº 1600-JGM-2020, Arts. 4º y 5º, los distintos protocolos para la ejecución segura de las medidas dictadas por el Gobierno Nacional y Provincial y de las actividades esenciales exceptuadas;
Que de forma similar y con el mismo objetivo de prevención, por Decreto Nº 1819-JGM-2020, Art. 2º, se facultó al Ministerio de Justicia, Seguridad, Gobierno y Culto a emitir los actos y dictar las normas necesarias para el cumplimiento efectivo de las medidas dispuestas;
Que posteriormente y como consecuencia de la extensión del aislamiento social preventivo y obligatorio y los datos epidemiológicos imperantes, el Poder Ejecutivo Nacional dictó por Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 459/2020, la prorroga a la referida medida, empero facultando a los Gobernadores y las Gobernadoras de las Provincias, a decidir excepciones a dicho aislamiento y a la prohibición de circular, respecto de personal afectado a determinadas actividades y servicios en ciertos Departamentos y Partidos de su jurisdicción, siempre que se verifiquen en cada uno de ellos, los requisitos exigidos por la autoridad sanitaria nacional;
Que, en ese orden, las medidas adoptadas en particular en la Provincia de San Luis, permitieron contener momentáneamente la epidemia, no registrándose casos positivos en territorio provincial hace varios días;
Que, como consecuencia de ello, la Provincia de San Luis reúne los requisitos epidemiológicos y sanitarios establecidos en la norma nacional, encontrándose habilitado el Poder Ejecutivo Provincial a exceptuar del aislamiento aquellas actividades cuya dispensa permita el cumplimiento de dichos recaudos;
Que el Decreto DNU 459/2020 exige que ninguna de las actividades exceptuadas permita una circulación de personas superior al SETENTA y CINCO POR CIENTO (75%) de quienes habiten en un Partido O Departamento;
Que lo anterior requiere de forma previa, el dictado de los protocolos que regulen el ejercicio de las actividades exceptuadas de acuerdo a las características especiales de cada una de ellas, a fin de garantizar en su desarrollo, las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo SARS-CoV-2;
Que en razón de ello se han elaborado los protocolos de las distintas actividades que serán exceptuadas en el territorio provincial;
Que, es menester dictar el acto administrativo que apruebe los protocolos, en ejercicio de las expresas facultades delegadas por el Art. 3º del Decreto 1819-JGM-2020;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
El Ministro Secretario de Estado de Justicia, Seguridad, Gobierno y Culto resuelve:
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Artículo 1°.- Dejar sin efecto el Protocolo de Prestación de Servicio de Profesionales Colegiados y Transporte de Carga Provincial que como Anexo B, fuese aprobado por Resolución Nº 30-MJSGyC-2020.-
Art. 2°.- Aprobar la actividad de Agencias de Loterías y Quinielas Oficiales de acuerdo a lo establecido en el Protocolo Vigente de “Comercios Minoristas”, aprobados por Resolución Nº 30-MJSGyC-2020.-
Art. 3°.- Aprobar los protocolos que como Anexo A forman parte integrante de la presente Resolución.-
Art. 4°.- Hacer saber al Comité Operativo de Emergencias (C.O.E.), Ministerios y Secretarias de Estado del Poder Ejecutivo Provincial.
Art. 5°.- Registrar, comunicar y archivar.
Fabián Antonio Filomena Baigorria; Ministro Secretario de Estado de Justicia, Seguridad, Gobierno y Culto
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ANEXO A
PROTOCOLO PREVENCIÓN COVID-19 PARA CULTO RELIGIOSO
1.-Objetivo:
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención, para la apertura progresiva y escalonada, a adoptar por las iglesias, templos y recintos, donde se llevan a cabo la realización de Cultos Públicos en la provincia de San Luis, en el marco de la pandemia mundial de coronavirus (COVID-19).
2.-Alcance:
Lo establecido por el presente protocolo establece que únicamente serán permitidas la realización de las siguientes actividades en los lugares de culto público:
1.-Oraciones individuales.
2.-Confesiones (adoración eucarística).
3.-Asistencia espiritual individual: establece la atención, contención, orientación, mediación individual en situaciones conflictivas de índole personal, familiar, laboral, social, comunitaria, como así también situaciones difíciles generadas por enfermedad, perdida de trabajo, necesidades económicas, duelos, entre otras.
2. Consideraciones Generales:
Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia de San Luis que fueran determinadas para la actividad desarrollada. Ejemplo: PROTOCOLO DE CUMPLIMIENTOS MINIMOS DE RESGUARDOS COVID-19 PARA EMPRESAS EXCEPTUADAS.
3. Requisitos:
1.-Su funcionamiento se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a domingo de 9:00 horas a 17:00 horas, respetando según lo establecido en el Decreto Nº 1B23-MJSGyC-2020. que dispone circulación según la finalización del DNI, número par e impar.
2.-Dicha asistencia deberá brindarse únicamente mediante el otorgamiento previo de turnos por persona, garantizando el distanciamiento social mínimo de 2 (dos) metros y que el factor de ocupación debe ser el que asegure que no haya más de una (1) persona cada veinte (20) metros cuadrados de la superficie libre de los lugares destinados para las oraciones individuales.
3.-Se deberá asegurar la apertura cuidada y controlada de cada recinto de culto público debiendo confeccionar un plan de limpieza de los espacios de ocupación y demarcando los lugares de circulación, así como un reglamento interno y señalética sobre las medidas a observar por parte de los asistentes.
4.-Se prohíben las celebraciones de misas y de cualquier tipo de celebraciones comunitarias
5.-Se recomienda el uso de tapaboca/ barbijo y/o mascarilla con carácter general.
6.-Se deberá poner a disposición de los asistentes alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
7.-Se prohíbe la distribución de material de lectura para evitar circular superficies que puedan ser transmisoras del virus.
B.-En el caso de ser aplicable se prohíbe el uso de agua bendita.
9.-Se deberá antes y después de la atención a cada asistente, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios, utilizados para las personas. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1% (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
10.-Se encuentran exceptuadas a realizar las actividades planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo y embarazadas.
11.-Los asistentes deberán llevar su kit de higiene personal.
12.- Se prohíbe la asistencia para personas con síntomas compatibles con COVID-19.-
13.-Se recomienda cubrir la nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo descartable o con el pliegue del codo. (No tosas o estornudes en dirección a otras personas).
14.-Se deberá asegurar una correcta ventilación del lugar.
PROTOCOLO PARA REENCUENTROS ESENCIALES.
Objetivo:
El objeto es ofrecer a la población las medidas de cuidado apropiadas para restablecer progresivamente los contactos esenciales. Los vínculos con personas significativas son de fundamental importancia para el desarrollo pleno de los seres humanos, resultando relevantes para incrementar el bienestar en los planos psicológico, emocional. y con efectos beneficiosos para el sistema inmunológico.
Alcance:
Se podrán realizar encuentros esenciales:
- Los sábados y domingos de 11 :00 a 19:00. Dicho encuentro no podrá contar con un número mayor al de 10 personas en el domicilio. Durante los días y dentro del horario establecido, no se aplicará lo decretado en el Art. 1 del Decreto-1823-MSJGyC-2020 del 23 de marzo del corriente.
- Las niñas, niños y adolescentes, podrán reunirse de lunes a viernes, de 11:00 a 19:00. El adulto, madre, padre o tutor, que lo acompañe al domicilio de reunión, deberá regirse por la terminación de DNI establecida en el Decreto-1823-MSJyC-2020. Dicha reunión no podrá contar con un número mayor al de 3 niños Se recomienda evitar la concurrencia o presencia de personas consideradas dentro del grupo de riesgo:
- Mayores de 60 años.
- Con factores de riesgo.
- Embarazadas.
Las personas con síntomas compatibles a COVID-19, no deben concurrir o presenciar dicho encuentro
Recomendaciones inter dure el encuentro.
- Lavarse las manos frecuentemente con jabón yagua.
- Evitar tocarse la boca, ojos y nariz.
- No compartir elementos de uso personal: vajilla, vasos, cubiertos, platos, mate, etc.
- Evitar el contacto físico con las personas que estén en el lugar.
PROTOCOLO PREVENCIÓN COVID-19 PARA ACTIVIDADES CULTURALES FASE 1
1.-Objetivo:
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención, en el marco de la pandemia mundial de coronavirus (COVID-19), a adoptar en la realización de Actividades Culturales de manera segura y sin riesgos en la provincia de San Luis.
2.-Alcance:
El presente protocolo define los niveles progresivos de realización de actividades culturales en etapas, según sus características y riesgos. Cada etapa es dinámica y se encuentra vinculada al estatus sanitario provincial.
En esta primera fase se activaran aquellas actividades que puedan ser dictadas en el marco de los Reencuentros Esenciales, en el domicilios particular del profesor, de lunes a viernes de 11 horas a 19 horas, respetando la terminación del DNI par e impar, de los alumnos, de hasta 5 personas incluyendo al profesor. Ejemplos: talleres literarios, talleres de artes plásticas (pintura, escultura, bordado, vitrofusión, cerámica, entre otros).
Se encuentran incluidos en el presente protocolo los espectáculos bajo la modalidad de presencia en automóvil, con la habilitación municipal correspondiente.
3.- Consideraciones Generales:
Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia de San Luis que fueran determinadas para la actividad desarrollada. Ejemplo: PROTOCOLO DE CUMPLIMIENTOS MINIMOS DE RESGUARDOS COVID-19 PARA EMPRESAS EXCEPTUADAS.
4.- Requisitos:
1.- Su funcionamiento se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a viernes de 11:00 horas a 19:00 horas, respetando según lo establecido en el Decreto N” 1823-MJSGyC-2020, que dispone circulación según la finalización del DNI, número par e impar.
2.- Disponer de elementos de kit higiene personal: alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
3.- Se encuentran exceptuadas a realizar las actividades planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo, embarazadas.
4.- Lavado de Manos: se deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón líquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente (antes y después del uso de elementos personales y o comunes). El secado de manos debe ser realizado con material descartable en lo posible.
5.-Se prohíbe la actividad para personas con síntomas compatibles con COVID-19.
6.-Cubrí tu nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo descartable o con el pliegue del codo. (No tosas o estornudes en dirección a otras personas)
7.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
8.- Se deberá respetar, de carácter obligatorio, el estricto de distanciamiento social de 2 metros como mínimo.
9.-Los elementos necesarios para la actividad cultural serán de uso personal y bajo ningún aspecto estos podrán ser compartidos.
10.- Para la realización de los espectáculos bajo la modalidad de presencia en automóvil, se deberá contar con visado previo de los protocolos específicas por parte del Programa de Cultura, y posterior aprobación por parte del comité de crisis provincial.
PROTOCOLO PARA SERVICIO DOMÉSTICO Categorías 4 y 5
1.-Objetivo:
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención a adoptar por los trabajadores comprendidos en las categorías 4 y 5, a saber: asistencia y cuidado de personas (niñeras) y personal para tareas generales (empleadas domésticas) respectivamente.
2.-Alcance:
Todos los servicios prestados en el territorio provincial, que estén debidamente registrados, siendo requisito excluyente la constancia de Alta temprana en AFIP.
3.- Consideraciones Generales: Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia que fueran determinadas.
1.-TRASLADOS Solo podrán trasladarse los trabajadores que hayan recibido la APROBACIÓN DE CIRCULACIÓN DE PERSONAL DE SERVICIO DOMESTICO.
Los traslados de los trabajadores a los domicilios de sus empleadores deberán realizarse por cuenta propia o facilitada por estos últimos teniendo en cuenta las medidas de seguridad requeridas. En ninguno de los casos podrá utilizarse el transporte público.
2.-licencias: Se deberá licenciar al personal:
a. Mayor de 60 años.
b. Con factores de riesgo,
c. Embarazadas,
d. Personal (empleados) con síntomas compatibles con COVID-19.
3.-Medidas de Higiene: El empleador deberá poner a disposición de los trabajadores alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%. Ventilar los ambientes de manera permanente. El personal de trabajo debe contar con cubreboca o mascarillas y guantes, los que serán provistos por los empleadores. En caso de ser descarta bies, deberán desecharse después de su uso. En caso de ser reutilizables deberán ser desinfectados correctamente siempre que conserven su funcionalidad intacta, no presentando rotura alguna.
SOLICITUD DE PERMISO PARA SERVICIO DOMÉSTICO
Estará disponible en la página web www.san luis.gov.ar/coronavirus, el nuevo formulario para acceder al permiso de traslados internos de personal de Servicio doméstico.
Podrán solicitarlo las personas registradas en las categorías 4 y 5 de AFIP, estas categorías incluyen la asistencia y cuidado de personas por ejemplo niñeras y personal para tareas generales o tareas domésticas. Es requisito excluyente que los trabajadores/ras estén registrados formalmente en AFIP, ya que el formulario de solicitud de permiso, incluye la constancia de alta. Asimismo, queda establecido que los traslados de los trabajadores/ras, NO PODRÁN REALIZARSE EN TRANSPORTE PÚBLICO; por esto el formulario prevé una nota, donde el empleador debe especificar el tipo de transporte que utilizarán los trabajadores/ras.
Esto se verá reflejado en el control de habilitación para circular que se verifica en la web http://pase.sanluis.gov.ar
PROTOCOLO PREVENCIÓN COVID-19 PRESTACIÓN DE SERVICIO DE
PROFESIONALES COLEGIADOS
1.- OBJETIVO:
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención, en el marco de la pandemia mundial de coronavirus (COVID-19), a adoptar por la prestación de servicio de los profesionales pertenecientes a los Colegios Profesionales de la provincia de San Luis, que habiliten la atención al público.
2.- ALCANCE:
Se entiende como Colegios Profesionales a las corporaciones de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para la consecución de sus fines que esencialmente son la organización del ejercicio de las profesiones, la representación institucional exclusiva de las mismas cuando estén sujetas a colegiación obligatoria, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados. El presente protocolo alcanza a: Colegios de Abogados y Procuradores, Agrimensura, Escribanos, Arquitectos, Ingenieros, Martilleros y Corredores Públicos, Profesionales en Seguridad e Higiene y Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
3.- Consideraciones Generales:
Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia de San Luis que fueran determinadas para la actividad desarrollada. Ejemplo: PROTOCOLO DE CUMPLIMIENTOS MINIMOS DE RESGUARDOS COVID-19 PARA EMPRESAS EXCEPTUADAS.
4.- Requisitos Generales:
1.- Su funcionamiento se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a viernes de 9:00 horas a 17:00 horas.
2.- Licenciar a Grupo de Riesgo:
a. Mayores de 60 años,
b. Personas con factores de riesgo,
c. Embarazadas,
d. Personal (empleados) con síntomas compatibles con COVID-19
3.- Disponer en lo posible un sistema de turnos rotativos de los profesionales, de modo de reducir la congestión y circulación de personas.
4.- La prestación del servicio solo podrá atender al cliente según lo establecido en el Decreto Nº 1823-MJSGyC-2020, que dispone que la atención y venta al público sea realizada según la finalización del DNI, número par e impar del cliente.
5.- Deberá atender exclusivamente mediante el otorgamiento previo de turnos debiendo garantizar el distanciamiento social mínimo de 2 metros y que el factor de ocupación del estudio debe ser el que asegure que no haya más de una (1) persona cada cuatro (4) metros cuadrados de la superficie libre del mismo destinado para la atención al cliente.
6.- Poner a disposición para los clientes el lavado de manos: jabón líquido y/o alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
7.- El estudio deberá asegurar mediante la señalización de los espacios, el distanciamiento social (2 metros) y el sentido de la circulación.
8.- Se encuentra prohibido el uso de la sala de espera, el uso de revistas o material de lectura en el local, como así también el consumo de bebidas o alimentos dentro del mismo. Ventilar el local de manera permanente.
9.- Controlar en el acceso al establecimiento de personas terceras al mismo (Clientes, Proveedores, Etc.) comprobando la ausencia de síntomas compatibles con COVID-1 9.
10.- Se deberá antes y después de cada cliente, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios, utilizados para el cliente. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1 % (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
11.- Fomentar el pago con tarjetas de Débito, Crédito y/o Medios Electrónicos de Pago. En todos los casos el profesional y el cliente deberán higienizarse las manos de manera inmediata luego de la manipulación del dinero, tarjetas, lapiceras, etc., recomendando a los usuarios que las transacciones se lleven a cabo mediante transferencias bancarias para evitar la circulación del dinero físico.
12.- Solo podrá abrir el Estudio el profesional que ha dado cumplimiento al PROTOCOLO DE APROBACION DE CIRCULACION DE PERSONAL EMPRESA 11 PROFESIONES LIBERALES.
5.- Requisitos para los Profesionales:
1.- Lavado de Manos: se deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón líquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente. El secado de manos debe ser realizado con material descartable.
2.- Elementos de protección personal: se recomienda el uso de tapaboca.
3.- Se recomienda definir los materiales a utilizar que son de uso personal por cada profesional como pueden ser: computadoras, lapice ras, carpetas, entre otros (esto asegura el control de higiene de los mismos).
4.- Disponer de uso exclusivo de los clientes materiales que comúnmente se usen, como pueden ser lapiceras, sillas, vasos, entre otros y establecer su limpieza y desinfección antes y después del uso del próximo cliente.
5.- Se deberá evitar todo tipo de reuniones. Por ello se sugiere que las gestiones previas a la consulta o audiencia con el profesional se realicen por medios de comunicación remotos o telemáticos.
6.- Se recomienda realizar asesoramiento telefónico o por correo electrónico u otros medios digitales, en la manera de lo posible.
7.- Para la celebración de los actos y contratos que deban ser firmados de manera presencial por las partes, se debe tener en cuenta el factor ocupacional. Las personas que concurran deben ser las mínimas e indispensables para la celebración del acto, debiendo no obstante, resguardar todo lo que este protocolo establece.
8.- Requisitos específicos para los Profesionales Escribanos y Agrimensores:
1.- Los Profesionales de la Agrimensura (agrimensor, ingeniero agrimensor, ingeniero geógrafo, etc.), debidamente matriculado en el Colegio de Agrimensura, operarios y ayudantes, clientes y/o sus representantes, u otros técnicos u observadores presentes en el acto, deberán adecuar y adaptar los sistemas de trabajo a situaciones de crisis sanitarias y de salud, aplicando normas y procedimientos establecidos por el Comité de Crisis Provincial. Anexando los especiales para las tareas según se desarrollen en el ámbito laboral:
Rural: comprende las zonas fuera de los centros urbanos, ya sea con características geográficas y ambientales de monte, bosque, montaña, valle, etc.
Está identificado principalmente por la presencia de lo natural, flora, fauna y comunidad de personas.
Urbano y/o sub urbano: comprende los centros poblados de personas con distintos servicios, casco céntrico y periurbano, y que podrían a su vez sub clasificarse teniendo en cuenta su densidad poblacional.
2.-Los escribanos: deberán atender a sus requirentes de acuerdo a lo establecido en el decreto provincial Nº 1829-MJSGyC-2020, es decir, según su numeración de Documento de Identidad (par o impar), salvo en aquellos casos en los que su intervención tuviese por objeto autorizar o certificar un instrumento destinado a plasmar un acto jurídico que deba ser otorgado por dos o más personas y la numeración de sus respectivos Documentos Nacional de Identidad no coincidiera conforme a lo previsto en el decreto provincial Nº 1829-MJSGyC-2020. En tales supuestos el escribano interviniente deberá enviar digitalmente al requirente no autorizado a circular en ese día una constancia, con su firma y sello profesional, indicando el acto jurídico a celebrar y el día, hora y lugar en que se concretará la audiencia notarial. Simultáneamente deberá enviar esa misma constancia al correo electrónico al Colegio de Escribanos.
7.- Requisitos Clientes:
1.- Al momento de dar el turno: indicarle que debe acudir sin acompañante , en caso de existir clientes con necesidad de asistir con acompañante, el otorgamiento del turno se hará considerando al acompañante dentro del factor de ocupación del estudio, debiendo ambos (cliente y acompañante) acogerse a las normas sanitarias establecidas.
2.- Disponer antes del ingreso un trapo con solución desinfectante para el calzado del cliente.
3.- El cliente debe disponer de tapa boca o barbijo.
4.- El cliente debe traer su propia lapicera.
8. Requisitos Colegios Profesionales:
1.- Los Colegios Profesionales tendrán la potestad de Contra lar del cumplimiento por parte de los Profesionales del Presente Protocolo.
2.- Los Colegios de Profesionales, suscribirán el presente protocolo de actuación, el que habilitará a los matriculados respectivos al Ejercicio Profesional, en las condiciones establecidas.
3.- El incumplimiento al Protocolo de Actuación traerá aparejado, no sólo las sanciones que la Autoridad competente, que determine el ejecutivo Provincial, sino que, además, notificado el Colegio, éste instruirá el Sumario Disciplinario que corresponda.
4.- Queda a cargo de los Colegios Profesionales, la Notificación por canal digital idóneo a los profesionales, informando el alcance del presente. Tal comunicación, importará la aceptación lisa y llana de las condiciones de ejercicio profesional.
5.- Cada Colegio reglamentará en el marco del presente protocolo, las actividades de sus matriculados que por su propia especificidad requieran un tratamiento diferenciado.
PROTOCOLO PARA REMATES Y FERIAS GANADERAS
1.- Objetivo:
El objeto de este protocolo es el de facilitar al sector de remates y ferias ganaderas medidas de contención, prevención y control adecuado para proteger la salud de los productores, trabajadores y compradores frente a la exposición al virus SARS CoV-2/COVID-2019.
El siguiente protocolo podrá actualizarse para ajustarse a la realidad de cada evento en particular.
2.- Alcance:
El presente protocolo deberá aplicarse en todos los predios en los cuales se desarrollen eventos de remate y feria.
3.- Consideraciones Generales:
Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia de San Luis que fueran especificas para la actividad desarrollada.
4.- Requisitos:
1.- SENASA deberá informar al Ministerio de Producción mediante nota formal los remates programados para la semana siguiente. En caso de remates extraordinarios no programados los mismos deberán ser informados al Ministerio de Producción con una antelación mínima de 72 hs.
2.- El límite máximo entre compradores y vendedores por evento se establece en 15 personas.
3.- Con una antelación de 24 hs al comienzo del evento la consignataria deberá remitir al Ministerio de Producción - Programa Producción Agropecuaria y Arraigo Rural (0266-4452000 interno 3228) un listado con los compradores y vendedores que asistirán al evento con los siguientes datos: Nombre y apellido, DNI, dirección y teléfono.
4.- En caso que se requiera el ingreso de personas provenientes de otras provincias se deberá respetar el protocolo establecido para tal fin - PROTOCOLO DE ACCION DE INGRESO Y EGRESO DE LA PROVINCIA-.
5.- Disponer en lo posible un sistema de turnos rotativos del personal de trabajo, de modo de reducir la congestión y circulación de personas.
6.- Señalizar los lugares de espera, dando cumplimiento al distanciamiento social: Dos (2) metros.
7.- El personal, vendedores y compradores deben asistir al evento provisto de un kit de higiene personal: tapa boca, jabón líquido, alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70% y hacer uso permanente del mismo.
8.- Poner a disposición para los clientes alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%. Higienizar periódicamente superficies de apoyo, elementos de uso y todo aquello que pueda ser manipulado.
9.- Está prohibido organizar programas con almuerzo previo como así también cualquier tipo de aperitivo durante el remate hacia los compradores y vendedores.
10.- Controlar en el acceso al establecimiento de personas terceras al mismo (Clientes, Proveedores, Etc.) comprobando la ausencia de síntomas compatibles con COVID-19.
11.- Fomentar el pago con tarjetas de Débito, Crédito y/o Medios Electrónicos de Pago.
5.- Medidas Preventivas para el Transporte de Hacienda
1.- El ingreso de hacienda al evento se permite solo con luz natural. Es decir, de 8 a 18 hs.
2.- Evitar compartir cabinas de camiones y ventilar continuamente. Desinfectar manos, volante y palanca de cambios con frecuencia.
3.- Realizar el lavado y desinfección de los camiones, con agua clorada (aspersión).
4.- Antes de iniciar las actividades de traslado de hacienda, acuerde previamente la metodología de trabajo con el equipo interno y externo (productor, operarios, consignatario, etc.) y mantenga comunicación por telefonía celular.
5.- Concertar turnos de carga y descarga de hacienda en el camión.
6.- Llevar las viandas del lugar de origen y todo lo necesario para el viaje de ida y vuelta, de manera de reducir contactos y exposición a contagios
7.- Extremar las medidas de seguridad cada vez que se manipulan papeles (permisos de circulación, DTE, u otra documentación necesaria para la operatoria).
8.- Los camiones y compradores no podrán ingresar al ej ido urbano de los municipios y comunas.
9.- Todos los transportistas deberán regirse según lo que se disponga en materia de Transporte por la provincia.
PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA
1.-Objetivo:
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención, en el marco de la pandemia mundial de coronavirus (COVID-19), a adoptar en la realización de actividad física y/o deportivas de manera segura y sin riesgos en la provincia de San Luis.
2.-Alcance:
El presente protocolo y sus anexos definen los niveles progresivos de aperturas de actividades físicas y deportivas en etapas, según sus características y riesgos. Cada etapa es dinámica y se encuentra vinculada al estatus sanitario provincial.
1.-Según su Característica: las actividades físicas y /o deportivas se clasifican:
- De contacto o sin contacto,
- Individuales o grupales,
- Al aire libre sin uso de instalaciones privadas o públicas, o lugar cerrado sin restricciones,
“Con uso de elementos personales o con uso de elementos compartidos.
2.-Según su riesgo ante el Covid-19: nivel de transmisión de Covid-19 en la comunidad, acorde a criterios OMS y lo que establezca, defina e informe el Comité de Crisis Provincial: ausencia de casos, casos esporádicos (importados), conglomerados de casos (brotes), transmisión comunitaria.
En base a lo expuesto se establecen Anexos con las diferentes Etapas:
Anexo I: Etapa Riesgo Bajo Actividades físicas y/o deportivas individuales, al aire libre sin uso de instalaciones privadas o públicas, con uso de elementos personales, sin contacto.
Anexo II: Etapa Riesgo Moderado: Actividades físicas y/o deportivas de hasta 4 personas, sin contacto, con elementos personales.
Anexo III: Etapa Riesgo Alto: Actividades físicas y/o deportivas individuales, en espacios cerrados, sin contacto, con elementos en común.
Anexo IV: Etapa Riesgo Muy Alto: Actividades físicas y/o deportivas grupales, en espacios cerrados, con contacto, con elementos en común.
Nota: Todas las decisiones sobre la reanudación de las actividades deportivas y recreativas deben tomarse con acuerdo y aprobación del Ministerio de Salud de la Provincia y las autoridades Nacionales. Todas las autoridades (ministeriales y municipales) que participen y contribuyan al deporte y la recreación deben ser consideradas en los planes de reanudación, incluidos los deportes de alto rendimiento / nivel profesional, nivel competitivo de la comunidad y los individuales o grupales recreativos.
3.- Consideraciones Generales:
Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia de San Luis que fueran determinadas para la actividad desarrollada. Ejemplo: PROTOCOLO DE CUMPLIMIENTOS MINIMOS DE RESGUARDOS COVID-19 PARA EMPRESAS EXCEPTUADAS.
4.- Requisitos:
1.- Para la realización de las actividades físicas y/o deportivas definidas en el presente protocolo, se deberá contar con visado previo de los protocolos específicos para cada actividad en cada etapa, por parte del Programa Deportes de la Provincia de San Luis, enviado al siguiente correo: protocolo.sanluisdeportes@gmail.com, y posterior aprobación por parte del comité de crisis a provincial.
2.- Su funcionamiento se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a domingo de 8:00 horas a 18:00 horas, respetando según lo establecido en el Decreto Nº 1823-MJSGyC-2020, que dispone circulación según la finalización del DNI, número par e impar.
3.- Disponer de elementos de kit higiene personal: alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
4.- Se encuentran exceptuadas a realizar las actividades planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo, embarazadas.
5.- Evitar el uso de bebederos y sanitarios, limitar a lo esencial.
6.-Estricta higiene de manos y de los elementos personal antes y después de la actividad física y/o deportiva.
7.- Lavado de Manos: se deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón líquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente (antes y después del uso de elementos personales y o comunes). El secado de manos debe ser realizado con material descartable en lo posible.
8.-Se prohíbe la actividad para personas con síntomas compatibles con COVID-19.
9.- Cubrí tu nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo descartable o con el pliegue del codo. (No tosas o estornudes en dirección a otras personas)
10.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
ANEXO I: ETAPA 1 RIESGO BAJO
PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA
1.-Alcance:
El presente Anexo define las condiciones que pueden ser realizadas en la primer Etapa calificada como Riesgo Bajo. Esta etapa es dinámica y se encuentra vinculada al esta tus sanitario provincial.
Etapa Riesgo Bajo: Actividades físicas y/o deportivas individuales, al aire libre sin uso de instalaciones privadas o públicas, con uso de elementos personales, sin contacto.
Ejemplos: Caminata, Atletismo, Ciclismo, Montañismo, Running, Rollers, Kayak individual, Windsurf, Kite surf, enduro.
2.- Requisitos Específicos Obligatorios:
1.- Circular con DNI
2.- Las salidas son INDIVIDUALES de carácter obligatorio, debiendo mantener una distancia de 5 metros como mínimo o 10 que el elemento de uso personal determine en cada actividad física y/o deportiva, con respecto a otro deportista en caso de encontrarse realizando el recorrido en el mismo trayecto.
3.- Disponer de elementos de kit higiene personal: alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
4.- Lavado de Manos: Sé deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón líquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente (antes y después de real izar la actividad física). El secado de manos debe ser real izado con material descartable, en lo posible o una toalla limpia.
5.- Se deberá antes y después de cada actividad, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos de uso personal utilizados. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1% (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
6.- Vestimenta: los materiales que no sean descartables deben ser lavados a 60-90 grados, después de real izar cada actividad física, procurando que no estén en contacto con las demás prendas del hogar.
7.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
8.- El uso de gafas protectoras debe utilizarse en el caso que el procedimiento lo requiera.
9.- Todos los materiales descarta bies deben ser renovados para cada actividad.
10.-Se encuentran exceptuadas a realizar las actividades planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo, embarazadas, personas con síntomas compatibles con COVID-19.
11 .-Quedan terminantemente Prohibidas las paradas de descanso y/o aglomeración de personas que signifiquen o evidencien la formación de grupos, excepto para reparación rápida de material, donde serán aceptado máximo 2 personas, en el caso de extrema necesidad, con cumplimiento estricto de distanciamiento social de 2 metros como mínimo.
12.- Queda terminantemente Prohibido compartir bebidas, termos, geles y alimentos.
13.-Queda Prohibido Circular por las rutas nacionales, rutas y caminos donde se real ice trasporte de carga/descarga, y/o transito pesado (por ej.: ruta 7, ruta 147, ruta 146).
14.-Cada disciplina contemplada en esta Etapa 1 Riesgo Bajo, debe tomar como referencia general las normativas del Protocolo PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDAD FÍSICA y DEPORTIVA Y EL PRESENTE ANEXO, redactando y estableciendo su propio protocolo de Práctica Deportiva, en caso de ser necesario, enviándolo al siguiente correo: protocolo. sanluisdeportes@gmai.com.
ANEXO II: ETAPA RIESGO MODERADO
PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES FÍSICAS Y/O DEPORTIVAS
1.-Alcance:
El presente Anexo define los requisitos a tener en cuenta para ser implementados en la segunda Etapa calificada como Riesgo Moderado. Esta etapa es dinámica y se encuentra vinculada al estatus sanitario provincial.
Etapa RIESGO MODERADO: Actividades físicas y/o deportivas de hasta 4 personas, sin contacto, con elementos personales, taxativamente: Tenis, Paddel, Golf, Pelota Vasca, tiro con arco, tenis de mesa.
En el marco de los Reencuentros Esenciales, en domicilios particulares, de lunes a viernes de 11 horas a 19 horas, respetando la terminación del DNI par e impar, se podrán realizar distintas actividades físicas, de hasta 5 personas incluyendo al instructor. Ejemplos: yoga, zumba, gimnasia modeladora, Tai-chí.
2.- Requisitos Específicos Obligatorios:
1.- Su funcionamiento se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a domingo de 8:00 horas a 18:00 horas (exceptuando las actividades físicas en el marco de los reencuentros esenciales, en domicilios particulares, de lunes a viernes), respetando según lo establecido en el Decreto Nº 1823-MJSGyC-2020, que dispone circulación según la finalización del DNI, número par e impar.
2.- Circular con DNI.
3.- Los Deportes podrán ser practicados de hasta un máximo de 4 personas con carácter obligatorio, con cumplimiento estricto de distanciamiento social de 2 metros como mínimo. Los deportes que se realicen en espacios compartidos, deberán organizarse por turnos, en ningún caso puede haber aglomeración de personas.
4.-Los elementos necesarios para la práctica deportiva serán de uso personal y bajo ningún aspecto estos podrán ser compartidos. Queda prohibido en uso de instalaciones como vestuarios, bufet, entre otros.
5.- Quedan terminantemente prohibidas las aglomeraciones de personas antes, durante o después de la actividad, se considerará un máximo de 4 personas más el responsable del recinto deportivo.
6.- Disponer de elementos de kit higiene personal: alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
7.- Lavado de Manos: Sé deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón líquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente (antes y después de realizar la actividad física). El secado de manos debe ser realizado con material descartable, en lo posible o una toalla limpia.
8.- Se deberá antes y después de cada actividad, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos de uso personal utilizados. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1% (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
9.- Vestimenta: los materiales que no sean descartables deben ser lavados a 60 grados, después de realizar cada actividad física, procurando que no estén en contacto con las demás prendas del hogar.
10.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
11.- El uso de gafas protectoras debe utilizarse en el caso que el procedimiento lo requiera.
12.- Todos los materiales descartables deben ser renovados para cada actividad.
13.- Se recomienda evitar la realización de las actividades físicas y deportivas, planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo, embarazadas.
14.- Se prohíbe la realización de actividades físicas y deportivas a personas con síntomas compatibles con COVID-19.
15.- Queda terminantemente Prohibido compartir bebidas, termos, geles, elementos de higiene y alimentos, evitar tocarse la cara.
16.-Cada disciplina contemplada en esta Etapa Riesgo Moderado, debe tomar como referencia general las normativas del Protocolo PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDAD FÍSICA y DEPORTIVA Y EL PRESENTE ANEXO, redactando y estableciendo su propio protocolo de Práctica Deportiva, en caso de ser necesario, enviándolo al siguiente correo: protocolo.sanluisdeportes@gmail.com.
17.- Para la realización de las actividades físicas, bajo la modalidad de los Reencuentros Esenciales, en domicilios particulares, de lunes a viernes de 11 horas a 19 horas, respetando la terminación del DNI par e impar, se podrán realizar distintas actividades físicas, de hasta 5 personas incluyendo al instructor. Ejemplos: yoga, zumba, gimnasia modeladora, Tai-Chi. El instructor solo podrá prestar el servicio dando cumplimiento con lo establecido en el PROTOCOLO DE HABllITACION DE TRABAJADORES DE OFICIO, completando el REGISTRO UNICO DE OFICIOS, en la página oficial del Ministerio de Producción ( http://produccion.sanluis.gov.ar/) donde una vez dentro, el portal web permite completar datos generales y cargar la información en detalle, generando así el correspondiente pase San Luis.
ANEXO II: ETAPA RIESGO MODERADO (AMPLIACIÓN)
PROTOCOLO ACTIVIDAD HIPICA
1.-Alcance:
El presente Anexo de ampliación define los requisitos a tener en cuenta para ser implementados en la segunda Etapa calificada como Riesgo Moderado. Esta etapa es dinámica y se encuentra vinculada al estatus sanitario provincial.
Etapa RIESGO MODERADO: Actividades físicas y/o deportivas de hasta 4 personas, sin contacto, con elementos personales, taxativamente: La actividad ecuestre individual, en el que participan un jinete o amazona y su caballo, con elementos personales y al aire libre.
2. - Requisitos Específicos Obligatorios:
1.- Horario de atención al cliente, se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a domingo de 8:00 horas a 00:00 horas. Circular con DNI.
2.- El club hípico solo brinda la actividad habiendo dado cumplimiento al PROTOCOLO DE APROBACIÓN DE CIRCULACIÓN DE PERSONAL EMPRESAS, en este punto solo se podrá habilitar para esta etapa el personal destinado a seguridad y mantenimiento del predio).
3.-La actividad podrá ser practicada de hasta un máximo de jinetes o amazonas (propietarios y entrenador) por turno de 1.10 minutos de duración, con una previa programación y distribución de los horarios de monta de carácter obligatorio, con cumplimiento estricto de distanciamiento social de 2 metros como mínimo y la distancia en pista de los jinetes y amazonas deberá ser de 10 mts. entre ellos.
4.-Los elementos necesarios para la práctica deportiva serán de uso personal y bajo ningún aspecto estos podrán ser compartidos. Queda prohibido en uso de instalaciones como vestuarios, bufet, entre otros. Se prohíbe el uso compartido de cascos, fusta, entre otros.
5.- Quedan terminantemente prohibidas las aglomeraciones de personas antes, durante o después de la actividad, se considerará un máximo de 4 personas más el responsable del recinto deportivo.
6.- Disponer de elementos de kit higiene personal: alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
7.- Lavado de Manos: Sé deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón líquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente (antes y después de realizar la actividad física). El secado de manos debe ser realizado con material descartable, en lo posible o una toalla limpia.
8.- Se deberá antes y después de cada actividad, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos de uso personal utilizados. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1 % (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
9.- Vestimenta: los materiales que no sean descartables deben ser lavados a 60 grados, después de realizar cada actividad física, procurando que no estén en contacto con las demás prendas del hogar.
10.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
11.- Todos los materiales descartables deben ser renovados para cada actividad.
12.-Se recomienda evitar la realización de las actividades físicas y deportivas, planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo, embarazadas.
13.- Se prohíbe la realización de actividades físicas y deportivas a personas con síntomas compatibles con COVID-19.
14.-Queda terminantemente Prohibido compartir bebidas, termos, geles, elementos de higiene y alimentos, evitar tocarse la cara.
15.-Cada disciplina contemplada en esta Etapa Riesgo Moderado, debe tomar como referencia general las normativas del Protocolo PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDAD FÍSICA y DEPORTIVA Y EL PRESENTE ANEXO, redactando y estableciendo su propio protocolo de Práctica Deportiva, en caso de ser necesario, enviándolo al siguiente correo: protocolo.sanluisdeportes@gmail.com.
16.- El instructor solo podrá prestar el servicio dando cumplimiento con lo establecido en el PROTOCOLO DE HABILITACION DE TRABAJADORES DE OFICIO, completando el REGISTRO UNICO DE OFICIOS, en la página oficial del Ministerio de Producción (http://produccion .sanluis.gov.ar/) donde una vez dentro, el portal web permite completar datos generales y cargar la información en detalle, generando así el correspondiente pase San Luis.
ANEXO III: ETAPA RIESGO ALTO
PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES FÍSICAS Y/O DEPORTIVAS
1.-Alcance:
El presente Anexo de ampliación define los requisitos a tener en cuenta para ser implementados en la tercer Etapa calificada como Riesgo Alto. Esta etapa es dinámica y se encuentra vinculada al estatus sanitario provincial.
Etapa RIESGO ALTO: Actividades físicas y/o deportivas individuales, en espacios cerrados, sin contacto , con elementos en común, Ejemplos: gimnasia artística, gimnasia rítmica, escalada, pilates, natación, paint ball, halterofilia, patín , buceo, artes marciales (sin contacto, ej .: karate, judo, taekwondo), gimnasios, preparación física individual para deportes en conjunto sin contacto.
2.- Requisitos Generales:
1.- Solo podrá abrir el establecimiento que ha dado cumplimiento al PROTOCOLO DE APROBACIÓN DE CIRCULACIÓN DE PERSONAL EMPRESAS.
2.- Horario de atención al cliente, se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a domingo de 8:00 horas a 00:00 horas. Circular con DNI.
3.-Se recomienda a personas mayores de 60 anos, personas con factores de riesgo , embarazada, evitar en la medida de lo posible la asistencia a los establecimientos alcanzados por el presente protocolo.
4.-Deberá atender exclusivamente mediante el otorgamiento de turnos debiendo garantizar el factor de ocupación. Las reservas deberán asegurar intervalos de tiempo entre una y otra persona para evitar la aglomeración en espera. Con respecto al tiempo de duración de los turnos estarán comprendidos entre los 45 minutos como mínimo, hasta las 2 horas como máximo por bloque horario. Según la necesidad y característica de cada disciplina, atleta o criterio profesional del entrenador y/o gimnasio.
Se deberá respetar el PROTOCOLO DE TRAZABILIDAD.
5.-Factor de ocupación: deberá asegurar el distanciamiento social en los diferentes espacios, a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable.
La disposición de los circuitos deportivos/entrenamiento, deben ser de tal forma que las distancias entre un circuito y otro (sentidos de circulación de personas), sea superior a 1 metro.
6.- Sera de exhibición obligatoria por parte de los empleadores, en cada una de las áreas del local y en lugares fácilmente visibles (pisos y paredes), cartelería que contenga información sobre el sentido de la circulación, lavado de manos, distanciamiento social, prohibición de contacto físico al saludarse, prohibición de compartir bebidas, termos, geles, u objetos personales que se llevan a la boca o se manipulan con las manos y todo aquello que se considere necesario para el resguardo y protección ante COVID-19.
En la entrada de la sala o salón de trabajo deberá colocarse un cartel en un lugar visible, especificando los metros cuadrados que se usa para entrenar y la capacidad de alumnos por turno que incluirá el personal que trabaja en el mismo.
En caso que el establecimiento posea varios ambientes, sectores o dependencias, cada una de ellas deberá a su vez tener el cartel en la entrada y dentro de cada recinto con la fuerza efectiva y metros cuadrados que posee el sector.
En los salones de usos múltiples deberá estar marcado el sector donde deba entrenar el alumno con sus elementos que no pueden ser compartidos, solo de uso individual.
Para el caso de natación deportiva, la cantidad máxima de personas dentro de la pileta, será de 2 por andarivel.
Asimismo, se debe verificar la conservación y reposición de dicha información, en caso de deterioro o pérdida, como la capacitación constante del personal.
7.-Los elementos del local como: Bicicletas, cintas caminadoras, bancos, maquinas, entre otras, serán distribuidas para mejorar el distanciamiento social (2 metros mínimo) o anularlas con un cartel y cinta de peligro, en el caso que por sus dimensiones y de espacio no se puedan desplazar.
Sera obligatoria la limpieza de dichos elementos por personal de mantenimiento entre cada turno de uso de estos.
8.-Dividir la zona de ingreso y egreso. En lo posible que sean independientes sino de deberá señalizar con cintas adhesivas u otro método el sentido de la circulación, disponiendo al ingreso, alcohol en gel y lo solución de alcohol al 70%, a toda persona que ingrese deberá desinfectarse las manos. En este punto el empleador debe asignar personal que procure el cumplimiento de distanciamiento social, mínimo 2 metros, además de lo establecido como requisito al ingreso y egreso.
9.-Se deberán colocar 2 trapos de piso con lavandina al 0,1% (20 en 1000). El primero será colocado del lado de afuera de la puerta de ingreso, debiéndose limpiar el calzado toda persona que ingrese al mismo. El segundo, estará dentro del local, y se deberá repetir la limpieza del calzado. Los trapos de piso con lavandina se lavarán en promedio cada 2 horas.
10.- Se prohíbe el trabajo con desplazamiento del alumno en circuito, el trabajo tiene que ser localizado con la distancia indicada entre personas y sin intercambio de elementos de trabajo.
11.- Se deberá antes y después de cada cliente finalice su rutina deportiva con utilización de elementos, real izar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1% (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
12.-Ventilar regularmente los ambientes cerrados por lo menos una vez que finalice cada turno, asegurando circulación del aire.
13.-Toda actividad de contacto NO Se encuentra incluida en el presente protocolo, NO estando habilitada en esta Etapa.
14.- Fomentar el pago con tarjetas de Débito, Crédito y/o Medios Electrónicos de Pago. En todos los casos el comerciante y el cliente deberán higienizarse las manos de manera inmediata luego de la manipulación del dinero, tarjetas, lapiceras, etc.
15.- Se hace indispensable protocolizar la reapertura de manera segura, mediante una Declaración Jurada en la cual todos los clientes-socias-alumnos que se inscriban aseguren respetar los protocolos establecidos en prevención de COVID-19, de informar inmediatamente cuando presente síntomas compatibles con Covid-19, de no presentarse a las clases si se sienten enfermos, y no haber estado en contacto con personas contagiadas o con síntomas.
16.-Disponer de elementos de kit higiene personal: alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
17.- Lavado de Manos: Sé deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón liquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente (antes y después de realizar la actividad física). El secado de manos debe ser realizado con material descartable, en lo posible o una toalla limpia.
18.- Vestimenta: los materiales que no sean descartables deben ser lavados a 60 grados, después de realizar cada actividad física , procurando que no estén en contacto con las demás prendas del hogar.
19.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
20.- Todos los materiales descartables deben ser renovados para cada actividad.
21.-Se recomienda evitar la realización de las actividades físicas y deportivas, planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 anos, personas con factores de riesgo , embarazadas.
22.-Se prohíbe la realización de actividades físicas y deportivas a personas con síntomas compatibles con COVID-19.
23.-Cada disciplina contemplada en esta Etapa Riesgo Alto, debe tomar como referencia general las normativas del Protocolo PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDAD FÍSICA y DEPORTIVA Y EL PRESENTE ANEXO, redactando y estableciendo su propio protocolo de Práctica Deportiva, en caso de ser necesario, enviándolo al siguiente correo: protocolo.sanluisdeportes@gmail.com.
24.- El instructor solo podrá prestar el servicio dando cumplimiento con lo establecido en el PROTOCOLO DE HABILITACION DE TRABAJADORES DE OFICIO, completando el REGISTRO UNICO DE OFICIOS, en la página oficial del Ministerio de Producción (http://produccion.sanluis.gov.art) donde una vez dentro, el portal web permite completar datos generales y cargar la información en detalle, generando así el correspondiente pase San Luis.
25.-Cada socio que ingrese al establecimiento deberé presentar su DNI, para el “registro” de su terminación numérica, como así también toalla de mano y su botella de agua individual para hidratarse y demás políticas internas adoptadas por cada establecimiento (ej. Credencial).
26.-Está prohibido el uso de dispensar de cualquier liquido de hidratación.
27.-Con respecto al ingreso y egreso al recinto, se deberá esperar afuera del mismo manteniendo el distanciamiento social o en sus respectivos vehículos, ingresando una vez que el personal del establecimiento les dé el aviso para el acceso (puede ser por cualquier medio, con cartel, señal lumínica, en forma verbal, una señal o demás adaptación que coordinara cada establecimiento) de esta manera se evitara él cruce de turnos y aglomeración en la salida y entrada.
28.-Los establecimientos que cuenten con Bar o Bufet, los mismos deberán respetar lo establecido según protocolo ACTIVIDADES DE BARES Y RESTAURANTES.
3.- Requisitos generales para los trabajadores:
1.- Se deberá clasificar, en la medida de lo posible, al personal de trabajo según el área en la que se desempeñe, pudiendo distinguir alguna de ellas: recepcionistas, instructores, personal de limpieza, personal de mantenimiento.
2.-Sera de uso obligatorio durante toda la jornada de trabajo el uso de barbijos y anteojos de protección o barbijos y mascarilla según la zona en la que desarrolle su labor.
3.-No podré ingresas al establecimiento ningún trabajador que presente sin tomas compatibles con COVID-19 (fiebre, tos, dolor de garganta, etc.).
4.-Se deberé licenciar a los trabajadores mayores de 60 años, factores de riesgo y embarazadas.
5.- Elementos de protección personal: los trabajadores deberán llevar durante la permanencia en el local: uniforme que deberán ser provistos por el empleador. Los elementos de protección personal deben estar identificados y son de uso personal. Todos los elementos descartables deben disponerse en un lugar definido para tal fin.
6.- Los elementos de protección personal que no sean descarta bies deben ser lavados a 60-90 grados.
7. Lavado de Manos: Sé deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón liquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida debe realizarse frecuentemente (antes de empezar con las actividades diarias, de manipular utensilios y alimentos, antes y después de ir al baño, luego de tocarse la cara y al real izar cualquier otra actividad no relacionada con la comida). El secado de manos debe ser real izado con material descartable.
8.- Deberá higienizar sus manos, con alcohol en gel o alcohol al 70%, permanentemente.
9.-Se recomienda que el trabajador se desempeñe en un área específica.
10.-Se deberá disponer de un lugar para uso exclusivo de los trabajadores, vestuario y sanitarios, donde deberán quitarse la ropa de calle y cambiarla por la ropa de trabajo al inicio y fin de la jornada laboral.
11.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
4.- Requisitos para el personal de limpieza:
1.- La limpieza de los elementos y maquinarias utilizados será obligatoria una vez concluido su uso, para lo que el gimnasio deberá contar con rociadores o pulverizadores (con solución desinfectante a base de alcohol al 70% o algún otro desinfectante de reconocida eficacia), disponer, en lo posible, de papel descartable para la limpieza respectiva.
2.- Al finalizar cada turno de trabajo, el personal encargado de la limpieza, deberá lavar y desinfectar los pisos según el tipo de piso: Pisos de material lavable, pisos de madera lustrados o plastificados.
3.- El personal de limpieza y desinfección ambiental deberá recibir capacitación en medidas de prevención de infecciones.
4.- El personal de limpieza deberá usar Elementos de Protección Personal: Barbijo o tapaboca, uniforme en lo posible de manga larga, protección ocular, guantes.
5.-Producto de Limpieza y Diluciones: Los desinfectantes probados para eliminar virus son: hipoclorito de sodio 500- 1000 ppm u otros clorados alcoholes 62-70%, entre otros.
La dilución correcta de hipoclorito de sodio para desinfección de áreas críticas es de 1000 ppm y es dependiente de la concentración inicial de clorado. Ej.: 20 mi de cloro en 1 litro de agua. Los clorados se utilizan en superficies ya limpias y enjuagadas. Solo se usan en pulverizadores. La concentración mínima para la eliminación del virus es 500 ppm.
6.- Limpieza y desinfección de las Superficies y Ambientes: Es importante asegurar una correcta limpieza de las superficies y de los ambientes. El procedimiento de limpieza y desinfección de las superficies y de los ambientes se hará de acuerdo con la política habitual de limpieza y desinfección del establecimiento. No se deben rociar las superficies con desinfectante. Rociar sobre un paño limpio y seco, y empaparlo lo suficiente. Las superficies deben limpiarse a fondo durante más de 1 minuto.
Se emplearán los detergentes y desinfectantes habituales autorizados por la autoridad competente. Cuando se retira el cliente! socio, se debe realizar la desinfección ambiental y de los elementos.
La frecuencia de limpieza es de, al menos, una (1) vez por turno y dos (2) La limpieza general se hará siempre en húmedo, desde las zonas más limpias a las más sucias.
El material utilizado que sea descartable, se introducirá en un contenedor de residuos con tapa y etiquetado.
Pisos de material lavable:
Limpieza en seco: Si el piso posee gran cantidad de polvo o suciedad de ese tipo, puede optarse por una primera limpieza en seco. En este caso no es recomendable el barrido con escoba o escobillón, pues este tipo de barrido esparce polvo, y eventualmente puede haber partículas infectadas con COVID-19 que se hayan depositado en el suelo, por saliva, estornudos, o tos. Por lo tanto si es necesaria una limpieza en seco, es recomendable hacerla con aspiradora provista de filtro de agua, la cual deberá contener un 5% de lavandina. Por seguridad la solución de lavandina a desechar se volcará en un balde, se la agregará algo más de lavandina, se dejara que actúe 10 min y se volcará en cualquier rejilla cloacal.
Todos los utensilios corno partes de las maquinarias que se utilicen deben ser perfectamente higienizados antes y después de cada limpieza.
Limpieza húmeda: La forma sugerida es siempre la limpieza húmeda con trapeador o paño, en lugar de la limpieza seca (escobas, cepillos, etc.). Un procedimiento sencillo es la técnica de doble balde y doble trapo: 1) Preparar en un recipiente (balde 1) una solución con agua tibia y detergente de uso doméstico suficiente para producir espuma. 2) Sumergir el trapo (trapo 1) en la solución preparada en balde 1, escurrir y friccionar las superficies a limpiar. Siempre desde la zona más limpia a la más sucia. 3) Repetir el paso anterior hasta que quede visiblemente limpia. 4) Enjuagar con un segundo trapo (trapo 2) sumergido en un segundo recipiente (balde 2) con solución de agua con detergente.
Desinfección de las superficies Una vez realizada la limpieza de superficies se procede a su desinfección. Con esta solución pueden desinfectarse las superficies que estén visiblemente limpias o luego de su limpieza. Esta solución produce rápida inactivación de los virus y otros microorganismos. El proceso es sencillo y requiere de elementos de uso corriente: agua, recipiente, trapead ores o parias, hipoclorito de sodio de uso doméstico: 1) Colocar 100 ml de lavandina de uso doméstico en 10 litros de agua. 2) Sumergir el trapeador o paño en la solución preparada, escurrir y friccionar las superficies a desinfectar. 3) Dejar secar la superficie. El personal de limpieza debe utilizar equipo de protección individual adecuado para limpieza y desinfección. 4) Reponer en los baños las cantidades necesarias de jabón, alcohol en gel, y toallas de papel, verificando además la disponibilidad del recipiente para el desecho de estas últimas.
7.-Sanitarios Vestuarios: se deberá asignar un personal de limpieza/sanitarios vestuario el cual deberá velar por el correcto uso de los vestuarios/sanitarios y que los mismos den cumplimiento con el factor de ocupación, citado en Requisitos Generales, punto 5.
Queda prohibido el uso de las duchas y sólo se podrán utilizar los baños y cambiadores.
El resto de los sectores que no sean destinados al uso deberán ser anulados. Se deberá antes y después de cada cliente final ice la utilización del sector, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios.
PROTOCOLO DE TRANSPORTE PROVINCIAL
A los efectos de incrementar las medidas de prevención de transmisión de COVID-19, se definieron los criterios sanitarios relacionados con el trasporte en el territorio provincial.
PROTOCOLO DE TRANSPORTE DE CARGA
Se considera Transporte de carga a Camiones y Furgones de más de 1400 kg de capacidad de carga. Deberán contar con la habilitación Nacional correspondiente (RUTA, RNE, ETC).
Solo podrá realizar el transporte un chofer, está PROHIBIDO llevar acompañante, salvo casos de excepción los que deberán ser informados con anterioridad.
A) TRANSPORTE DE CARGA EN TRÁNSITO.
El transporte de carga que ingresa a la Provincia desde un puesto limítrofe en donde deberá completar un formulario en carácter de declaración jurada informando el puesto de salida. Solo podrá hacer uso de las rutas y no realizar paradas en la Provincia, salvo en lugares de descanso y estaciones de servicio habilitadas para ello.
El mismo dispone de un plazo máximo de 6 horas para realizar el recorrido declarado.
B) TRANSPORTE QUE REALIZA OPERACIONES DE CARGA/DESCARGA EN LA PROVINCIA
Previo al ingreso deberán completar un formulario en carácter de declaración jurada que se encuentra en la página www.sanluis.gov.ar/coronavirus
REQUISITOS DE INGRESO A LA PROVINCIA:
Los conductores de transportes de carga, que ingresen temporalmente a la provincia, podrán hacerlo cumpliendo alguno de los siguientes requisitos:
1) Conductores que presenten resultado negativo del PCR para COVID-19 (hasta cinco días corridos contados a partir de la toma de muestra), emitidos por la red de laboratorios de la República Argentina, autorizados para realizar dicho estudio:
- Podrán realizar operaciones de carga/descarga en los centros autorizados (registrados en la página www.san luis.gov.ar/coronavirus/transporte/habilitación de centros).
- Permanecer en la provincia hasta cinco días corridos, contados a partir de la toma de muestra del PCR antes mencionado. Superando dicho plazo se podrá realizar una de las siguientes alternativas:
1.a) Para permanecer en la provincia, deberá realizar un nuevo estudio PCR para COVID-19, en los laboratorios habilitados
1.b) Realizar cuarentena obligatoria en el lugar que establezca la autoridad sanitaria provincial.
1.c) Retirarse de la provincia
1.d) Dirigirse a los centros de distribución provinciales cumpliendo los requerimientos del punto siguiente (2).
2) Los conductores que NO presenten el resultado negativo del PCR para COVID-19, emitido por autoridad competente
- Deberán realizar toda operación en los centros de distribución Provinciales.
- Para permanecer en la Provincia deberán:
2.a) Realizar cuarentena obligatoria en el lugar que establezca la autoridad sanitaria provincial.
2.b) Los conductores que deseen realizar otras operaciones fuera de la Provincia (otro viaje) y NO deseen realizar la cuarentena del punto anterior, podrán realizar la espera para ello en los LUGARES DE DESCANSO dispuestos en los centros de Distribución Provincia les, no pudiendo tener contacto directo con ciudadanos o familiares. Se los proveen” un kit compuesto por elementos higiénicos (Papel higiénico, jabón de tocador, shampoo, una botella de agua, barra de cereal, turrón, té, café, azúcar, etc.).
C) REALIZACIÓN DE ESTUDIO PCR:
El Gobierno de la Provincia podrá realizar según su capacidad operativa y situación sanitaria, el estudio de PCR, para ello, y debido a que los insumos están reservados solo para pacientes en calidad de sospechosos, el solicitante deberá proveer el kit de insumos necesarios para realizar dicho estudio (Reactivo más kit extracción) el cual se realizara en el Laboratorio de Salud Pública, único centro que provee la aparatología y el recurso humano necesario en la provincia. Para definir el tipo de kit a comprar y coordinar la entrega comunicarse al 445200 int (4975- 5247-5246) de lunes a viernes de 8: 00 hs a 16:00 hs y sábado de 8:00 a 13:00 hs
Las muestras serán tomadas exclusivamente en el autódromo Provincial Rosendo Hernández de la ciudad de San Luis y Zona de actividades logísticas de Villa Mercedes (ZAL).
La espera del resultado deberá ser realizada en los centros mencionados en el párrafo anterior.
Los turnos serán realizados a través del ministerio de Salud, debiendo comunicarse al teléfono Nº al 445200 int (4975- 5247-5246) de lunes a viernes de 8: 00 hs a 16:00 hs y sábado de 8:00 a 13:00 hs
Esta disposición podrá sufrir modificaciones si la situación sanitaria lo requiere
D) CENTROS DE CONTROL SANITARIO DE TRANSFERENCIA DE CARGAS PROVINCIALES
Para las empresas de transporte que no posean centros de distribución o en casos que los choferes NO presenten estudio de PCR negativo para COVID-19, los únicos lugares habilitados para realizar operaciones en la Provincia serán:
D.1) Autódromo Provincial Rosendo Hernández, San Luis
D.2) Zona de Actividades Logisticas ZAL, Villa Mercedes
D.3) Aeropuerto internacional Valle del Conlara, Santa Rosa
D.4) Buena Esperanza
E) PROCEDIMIENTO PARA OPERAR EN LOS CENTROS DE DISTRIBUCION PROVINCIAL
Zonas habilitadas para tal fin
E.1) Zona espera dador de carga
E.2) Zona de transferencia /receptor de carga
E.3) zonas descanso transportistas
E.1) ZONA ESPERA DADOR DE CARGA
Para acceder a esta zona, deberá entregar toda la documentación necesaria y será habilitado para el ingreso. Esta zona estará habilitada las 24 hs.
Los transportistas deberán permanecer obligatoriamente en esta zona hasta el momento de poder realizar la transferencia, con previa autorización
En ningún momento el dador de carga podrá descargar o manipular la carga dentro del predio.
E.2) ZONA TRANSFERENCIAS - RECEPTOR DE CARGA
En esta zona se lleva a cabo la transferencia entre dador y receptor. El horario de operación de esta zona será de lunes a viernes de 8 hs a 17 hs. y sábado de 8 a 13 hs.
Opciones de transferencia en los Centros de control sanitario de carga Provinciales
- Intercambio de conductor: transferencia del vehículo a un conductor que no represente riesgo sanitario (transportista distribución local) Para este proceso se realizará una desinfección del habitáculo del vehículo previo al cambio de conductores, los mismos no podrán tener contacto directo.
- Transferencia de vehículo motor: podrá realizar la operación de transferencia del mismo por uno de distribución local, los conductores o actores intervinientes en este proceso no podrán tener contacto directo entre ellos. En caso de que el vehículo que ingreso a la Provincia deba realizar la espera, lo hará en los lugares de descanso delimitados.
En ambos casos el conductor que ingreso a la Provincia, deberá permanecer en el centro de transferencia Provincial hasta tanto se realice la operación de distribución, respetando el protocolo vigente.
- Transferencia de carga: Dentro del predio no se harán actividades de consolidación, armado o almacenaje de ningún tipo de mercadería.
Toda esta operación se llevara a cabo manteniendo el distanciamiento social obligatorio.
Esta zona brindara servicio de auto-elevadores con chofer, para los casos en que la mercadería este paletizada.
Toda la operación será supervisada por cuenta del dador y receptor sin intervención de personal del predio.
En caso de mercadería a granel el receptor deberá instrumentar el trasvase de la operación debiendo contar con el personal necesario.
E.3) ZONAS DESCANSO.
Esta zona operara las 24 hs todos los días de la semana.
Se establece esta zona para transportistas:
- Que deseen realizar otras operaciones fuera de la misma (otro viaje) y NO deseen realizar la cuarentena.
- Para transportistas que esperan la distribución local en caso de hacer cambio de choferes.
Esta zona se provee seguridad, instalaciones sanitarias (baños, duchas, agua caliente), estacionamiento de camiones, espacio para instalación de casillas tipo dormís para la empresa que lo solicite.
F) REQUISITOS PARA AUTORIZACION CENTROS DE CARGA/ DESCARGA
Para habilitarlos se deberá ingresar al portal: www.sanluis.gov.ar/coronavirus y hacer click en Transporte y luego en Habilitación de Centros de Carga y Descarga.
Se recomienda realizar el trámite con antelación a fin de evitar demoras Innecesarias.
G) OPERACIÓN DE CARGA/ DESCARGA EN CENTROS AUTORIZADOS.
- El chofer, dentro de lo posible, deberá permanecer dentro de la cabina/habitáculo del vehículo.
- Procurar realizar la carga/descarga de manera ágil.
- Tomar las medidas sanitarias y de higiene necesarias, antes de proceder a realizar la carga o descarga.
- Mantener siempre la distancia mínima de contacto social.
- Todo personal afectado a estas tareas, deberán tener elementos necesarios de protección (barbijo o tapabocas, guantes, gafas, etc.).
H) AUTORIZACION TRANSPORTES CON CARGAS EXCEPCIONALES:
Solo podrán realizar operaciones de carga/descarga en los centros autorizados.
Para habilitarlos se deberá ingresar al portal: www.sanluis.gov.ar /coronavirus y hacer click en Transporte y luego en autorización de Centros de Carga y Descarga.
Para esta situación el vehículo deberá sin excepción proveer el seguimiento satelital e informar la ruta que va a realizar, no pudiendo desviarse en ningún momento.
Se deberá registrar este lipa de transporte, Para ello se deberá ingresar al portal:
www.san luis .gov.ar/coronavirus y hacer click en pestaña transporte de cargas excepcionales.
Para operar deberá de manera obligatoria realizar un visado en los centros de distribución Provincial habilitados.
I) CONDUCTORES
Los conductores de Transporte de Carga deben respetar las siguientes normas:
- Higienizar sus manos continuamente: luego de manipular llaves, dinero, desperdicios o basura, antes y después de comer y al hacer uso de sanitarios.
- Mantener distancia física de al menos dos (2) metros con otras personas, toda vez que interactúe con terceros.
- Realizar todos los trámites posibles vía web o telefonía móvil, ello permite evitar lugares públicos y contacto directo.
- Comunicarse con el lugar de destino, previo al arribo, para verificar que se hayan adoptado las medidas sanitarias pertinentes y para poder realizar la carga/descarga de manera ágil
- Ventilar el habitáculo frecuentemente y dejar que ingrese sol al mismo, cuando sea posible. Se recomienda rociar el mismo con una solución de alcohol al 70%.
- Evitar el contacto directo sin protección con objetos de uso común, como picaportes o canillas.
- Desinfectar constantemente objetos que manipula de modo usual: volante, manijas, agarraderas, vidrio, luneta, etc.; del mismo modo incluya objetos de uso personal: billetera, lapicera, carpetas, superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores.
- No auto-medicarse ante la presencia de fiebre, tos, dolor de garganta o dificultad al respirar, aunque sean leves consultar inmediatamente con el sistema de salud:
En San Luis llamar al 107.
- Informarse sólo de fuentes oficiales: Ministerios de Salud Provinciales, Organización Mundial de la Salud, entre otros.
Importante: Antes de manipular la Carta De Porte y Declaración Jurada De Personas, deben higienizarse las manos.
Kit de cuidado personal y desinfección en la Cabina del Camión.
Los Choferes deberán circular con un kit de cuidado y desinfección, compuesto con al menos los siguientes productos:
- Jabón, toallas de papel y alcohol en gel.
- Guantes descartables, gafas y tapa bocas común.
- Pañuelos descartables.
- Bolsas de residuos para desechos de descartables.
- Birome de uso personal y exclusivo.
- Rociador de agua con alcohol al 70%.
J) PARADORES EN RUTA (Estaciones de Servicio, Comedores, Gomeri as).
- Reducir y agilizar la operatoria para que una sola persona atienda a los transportistas.
- Los operarios que atiendan a los transportistas lo harán exclusivamente a estos, no pudiendo atender a otros ciudadanos.
- En los espacios comunes reducir la circulación de personas y garantizar la distancia mínima.
- Implementación de combos de productos de consumo habitual que sean despachados rápidamente y con las medidas de higiene garantizadas.
- Una vez realizada la tarea (carga de combustible u otra actividad), volver a higienizar las manos y los elementos utilizados.
K) AEROPUERTOS
Continúa el cierre tota l de los aeropuertos, quedando suspendidos todos los vuelos que arriben a la provincia. Solo se podrán autorizar vuelos Sanitarios o relacionados a la emergencia sanitaria y respetando los protocolos del Ministerio de Salud.
L) TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA
Queda prohibido el ingreso de todo vehículo proveniente de otras provincias, salvo los autorizados por el Ministerio de la Nación, Comité Crisis o Secretaría de Transporte de la Provincia que realiza viajes con los Repatriados de la Provincia, los cuales se someterán a los protocolos ya establecidos.
M) TRANSPORTE INTERURBANO
- Se deberá mantener libre la primera fila de asientos detrás del chofer.
- Las empresas deberán proveer al chofer el barbijo o tapabocas, para su uso obligatorio.
- Solo se ocuparán los asientos que dan a la ventanilla.
- Queda prohibido que viajen pasajeros de pie dentro de la unidad.
- Las empresas deberán de manera obligatoria proveer al chofer de alcohol en gel o similar y todos los productos contemplados dentro del protocolo de salud.
- Las unidades deberán ser desinfectadas, en cada cabecera de línea.
- Deberá haber ventilación permanente en las unidades.
- Colocar en cada unidad cartelería informativa sobre el Coronavirus. Terminales.
- Limpiar y desinfectar aquellos espacios comunes y todo mobiliario sometido al contacto con los usuarios del servicio.
- Boleterías y locales habilitados deberán extremar los cuidados a fin de garantizar la higiene del lugar y evitar contagio.
- Colocar de manera obligatoria dispensarios de alcohol en gel (o similar) y jabón al alcance de los usuarios.
- Colocar puestos de control sanitarios.
- La circulación de personas dentro de la terminal deberá garantizar el distanciamiento social.
- El ingreso a la terminal es exclusivo para usuarios
- Los ambientes deberán mantenerse ventilados.
- Durante el ascenso y descenso de pasajeros deberán respetarse las distancias mínimas.
N) TRANSPORTE NO REGULAR
Las empresas deberán solicitar a la Secretaria de Transporte, autorización para realizar los viajes , acompañando de manera obligatoria el listado de pasajeros, a fin de descartar que sean “Caso Sospechoso”, mediante la presentación de Declaración Jurada de quienes abordarán el servicio.
O) TREN DE CARGA
- Tripulación máxima tres (3) personas por tramo, para lo cual la empresa de manera obligatoria deberá declarar la nómina del personal autorizado.
- Los recorridos dentro de los límites de la Provincia de San Luis se harán con personal de la Provincia de San Luis.
- Tramo Justo Daract - Laboulaye: La empresa deberá realizar las acciones necesarias en los límites para la transferencia de locomoción con destino a Laboulaye, de esta manera la tripulación de San Luis regresa a su lugar de base (Justo Daract o Beazley). El traspaso de locomoción y enganche en el límite deberá hacerse respetando el distanciamiento social. El retorno hacia las bases de San Luis se hará en locomotora.
- En el tramo Palmira - Beazley: La empresa dispondrá de un inmueble en la estación Beazley, exclusiva para el personal de Base Palmira, para realizar aislamiento obligatorio, debiendo retornar a su lugar de origen dentro de las 12 hs de su arribo a través del mismo medio de locomoción (locomotora).
- El personal que saliera de la provincia para operaciones fuera de los límites, y quiera retornar a la Provincia deberá cumplir la cuarentena obligatoria dispuesta según las resoluciones del Ministerio de Salud de la Provincia o las disposiciones que sugiera el organismo competente.
- Las empresas deberán de manera obligatoria proveer al chofer de alcohol en gel o similar y todos los productos contemplados dentro del protocolo de salud.
- En cada cabecera de línea realizar una desinfección con una solución desinfectante.
- Deberá haber ventilación permanente en las unidades.
- La Tripulación deben, contar con: o Bolsa de residuos para desechos de descartables.
- Una birome de uso personal y exclusivo
- Kit de limpieza de elementos de la unidad
- Dispersor de agua con alcohol (al 70%).
Estas medidas pueden ser dinámicas en virtud de la situación que se transcurre
PROTOCOLO PREVENCIÓN COVID-19 PARA CULTO RELIGIOSO FASE 2
1.-Objetivo:
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención, para la apertura progresiva y escalonada, a adoptar por las iglesias, templos y recintos, donde se llevan a cabo la realización de Cultos Públicos en la provincia de San Luis, en el marco de la pandemia mundial de coronavirus (COVID-19).
2.-Alcance:
Lo establecido por el presente protocolo establece que únicamente serán permitidas la realización de las siguientes actividades en los lugares de culto público:
1.-Oraciones individuales.
2.-Confesiones (adoración eucarística).
3.-Asistencia espiritual individual: establece la atención, contención, orientación, mediación individual en situaciones conflictivas de índole personal, familiar, laboral, social, comunitaria, como así también situaciones difíciles generadas por enfermedad , perdida de trabajo, necesidades económicas, duelos, entre otras.
4.-Bautismo: Se celebraran bautismos individuales, con asistencia de un máximo de hasta 10 personas.
5.-Casamientos: con asistencia de un máximo de hasta 10 personas.
6.-Orden sagrado: Se celebraran individuales, con asistencia de un máximo de hasta 10 personas.
7.-Reuniones especiales: con asistencia de un máximo de hasta 10 personas.
8.- Celebración Yom Tov - Minyan: con asistencia de un máximo de hasta 10 personas.
2. Consideraciones Generales:
Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia de San Luis que fueran determinadas para la actividad desarrollada. Ejemplo: PROTOCOLO DE CUMPLIMIENTOS MINIMOS DE RESGUARDOS COVID-19 PARA EMPRESAS EXCEPTUADAS.
3. Requisitos:
1.-Su funcionamiento se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a domingo de 8:00 horas a 18:00 horas, respetando según lo establecido en el Decreto Nº 1823-MJSGyC-2020, que dispone circulación según la finalización del DNI, número par e impar.
2.-Dicha asistencia deberá brindarse únicamente mediante el otorgamiento previo de turnos por persona, garantizando el distanciamiento social mínimo de 2 (dos) metros y el factor de ocupación del establecimiento debe ser del 25% (respetando 1 persona cada 5 metros cuadrados) del autorizado. Se debe marcar la circulación dentro del establecimiento.
3.-Los asistentes serán informados de las normas que regulan el acceso al culto público por los medios de comunicación, así como en carteles impresos colocados a la entrada de los mismos.
4.-Se deberá asegurar la apertura cuidada y controlada de cada recinto de culto público debiendo confeccionar un plan de limpieza de los espacios de ocupación y demarcando los lugares de circulación, así como un reglamento interno y señalética sobre las medidas a observar por parte de los asistentes.
5.-Quedan exceptuadas en esta etapa las celebraciones de misas y de cualquier tipo de celebraciones comunitarias.
6.-Se recomienda el uso de tapaboca! barbijo y/o mascarilla con carácter general.
7.-Se deberá poner a disposición de los asistentes alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
8. -Se prohíbe la distribución de material de lectura para evitar circular superficies que puedan ser transmisoras del virus.
9.-No se podrá utilizar el uso de agua bendita compartido.
10.-Se deberá antes y después de la atención a cada asistente, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios, utilizados para las personas. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1 % (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
11 .-Se encuentran exceptuadas a real izar las actividades planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo y embarazadas.
12.-Los asistentes deberán llevar su kit de higiene personal.
13.- Se prohíbe la asistencia para personas con síntomas compatibles con COVID-
14.- Se recomienda cubrir la nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo descartable o con el pliegue del codo. (No tosas o estornudes en dirección a otras personas).
15.- Se deberá asegurar una correcta ventilación del lugar.
16.-Los puntos 4, 5 y 6 descriptos en el punto 2 Alcance, deberán realizarse únicamente y sin excepción los días sábados o domingos.
PROTOCOLO PREVENCIÓN COVID-19 PARA CULTO RELIGIOSO FASE 3
1.-Objetivo:
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención, para la apertura progresiva y escalonada, a adopta r por las iglesias, templos y recintos, donde se llevan a cabo la realización de Cultos Públicos en la provincia de San Luis , en el marco de la pandemia mundial de coronavirus (COVID-19).
2.-Alcance:
Lo establecido por el presente protocolo establece que únicamente serán permitidas la realización de las siguientes actividades en los lugares de culto público:
1. -Oraciones individuales.
2. -Confesiones (adoración eucarística).
3.-Asistencia espiritual individual: establece la atención, contención, orientación, mediación individual en situaciones conflictivas de índole personal, familiar, laboral, social, comunitaria, como así también situaciones difíciles generadas por enfermedad, perdida de trabajo, necesidades económicas, duelos, entre otras.
4 .- Celebraciones especiales: como Bautismos, Casamientos , Orden Sagrado, Minián, Oraciones y Reuniones Especiales, con asistencia según factor de ocupación definido en el presente, atendiendo a las disposiciones sanitarias .
2. Consideraciones Generales:
Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia de San Luis que fueran determinadas para la actividad desarrollada. Ejemplo: PROTOCOLO DE CUMPLIMIENTOS MINIMOS DE RESGUARDOS COVID-19 PARA EMPRESAS EXCEPTUADAS.
3. Requisitos:
1.- Horario de atención, se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a domingo de 8:00 horas a 19:00 horas. Circular con DNI.
2.-Se recomienda a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo, embarazada, evitar en la medida de lo posible la asistencia a los locales alcanzados por el presente protocolo.
3.- Factor de ocupación: deberá asegurar el distanciamiento social en los diferentes espacios, a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable.
Se debe marcar la circulación dentro del establecimiento.
4.-Los asistentes serán informados de las normas que regulan el acceso al culto público por los medios de comunicación, así como en carteles impresos colocados a la entrada de los mismos.
5.-Se deberá asegurar la apertura cuidada y controlada de cada recinto de cuila público debiendo confeccionar un plan de limpieza de los espacios de ocupación y demarcando los lugares de circulación, así como un reglamento interno y señalética sobre las medidas a observar por parte de los asistentes.
6.-Se recomienda el uso de tapaboca/ barbijo y/o mascarilla con carácter general.
7.-Se deberá poner a disposición de los asistentes alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
8.-Se prohíbe la distribución de material de lectura para evitar circular superficies que puedan ser transmisoras del virus.
9.-No se podrá utilizar el uso de agua bendita compartido.
10.-Se deberá antes y después de la atención a cada asistente, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios, utilizados para las personas. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1 % (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
11.-Se recomienda evitar las actividades planteadas en el presente protocolo a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo y embarazadas.
12.-Los asistentes deberán llevar su kit de higiene personal.
13.- Se prohíbe la asistencia para personas con síntomas compatibles con COVID-
14.-Se recomienda cubrir la nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo descartable o con el pliegue del codo. (No losas o estornudes en dirección a otras personas).
15.-Se deberá asegurar una correcta ventilación del lugar.
16.-Sera de exhibición obligatoria por parte de los empleadores, en cada una de las áreas del local y en lugares fácilmente visibles (pisos y paredes), cartelería que contenga información sobre el sentido de la circulación , lavado de manos, distanciamiento social, prohibición de contacto físico al saludarse, prohibición de compartir bebidas, termos, geles, u objetos personales que se llevan a la boca o se manipulan con las manos y todo aquello que se considere necesario para el resguardo y protección ante COVID-19.
Asimismo, se debe verificar la conservación y reposición de dicha información, en caso de deterioro o pérdida, como la capacitación constante del personal.
17.-Es de carácter obligatorio el cumplimiento del PROTOCOLO DE TRAZABILIDAD.
PROTOCOLO ACTIVIDAD BARES Y RESTAURANTES
1.- OBJETIVO:
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención, en el marco de la pandemia mundial de coronavirus (COVID- 19), a adoptar por la prestación de servicio de Bares y Restaurantes, definiendo medidas básicas para trabajadores, empleadores y comensales en la provincia de San Luis, que habiliten la atención al público.
La eficacia dependerá de la concientización, responsabilidad y solidaridad tanto de los empleadores, trabajadores y consumidores.
2.- ALCANCE:
El presente protocolo define los resguardos mínimos de actividades comerciales que impliquen la prestación de servicio gastronómicos: Bares y Restaurantes: establecimiento comercial donde se sirven bebidas alcohólicas, no alcohólicas y aperitivos y la preparación de comidas para ser consumidos en el establecimiento.
Toda acción determinada en el presente alcanza a los trabajadores, empresarios, comensales, proveedores y establecimiento.
La autorización de la actividad es dinámica y se encuentra vinculada al estatus sanitario provincial.
3.- Consideraciones Generales:
Independientemente de las recomendaciones vertidas en este documento se deberán atender las indicaciones específicas brindadas por el Comité de Crisis de la Provincia de San Luis que fueran determinadas para la actividad desarrollada. Ejemplo: PROTOCOLO DE CUMPLIMIENTOS MINIMOS DE RESGUARDOS COVID-19 PARA EMPRESAS EXCEPTUADAS.
4.- Requisitos Generales:
1 - Solo podrá abrir el local que ha dado cumplimiento al PROTOCOLO DE APROBACIÓN DE CIRCULACIÓN DE PERSONAL EMPRESAS.
2.- Horario de atención al cliente, se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a domingo de 8:00 horas a 00:00 horas. Circular con DNI.
3.- Se recomienda a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo, embarazada, evitar en la medida de lo posible la asistencia a los locales alcanzados por el presente protocolo.
4.-Deberá atender exclusivamente mediante el otorgamiento de turnos debiendo garantizar el factor de ocupación. Las reservas deberán asegurar intervalos de tiempo entre una y otra persona para evitar la aglomeración en espera.
5.-Factor de ocupación: deberá asegurar el distanciamiento social en los espacios: recepción, cocina, salón, vestuarios, sector de atención al público, entre otros; a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable. La disposición de las mesas debe ser de tal forma que las distancias entre el respaldo de silla a silla, de una mesa a otra sea superior a 1 metro.
6.- Sera de exhibición obligatoria por parte de los empleadores, en cada una de las áreas del local y en lugares fácilmente visibles (pisos y paredes), cartelería que contenga información sobre el sentido de la circulación, lavado de manos, distanciamiento social, prohibición de contacto físico al saludarse, prohibición de compartir cubiertos, vasos, u objetos personales que se llevan a la boca o se manipulan con las manos y todo aquello que se considere necesario para el resguardo y protección ante COVID-19.
Asimismo, se debe verificar la conservación y reposición de dicha información, en caso de deterioro o pérdida, como la capacitación constante del personal.
7. -Anular todo lugar de uso común que no sean las mesas establecidas para los comensales.
8.-Dividir la zona de ingreso y egreso. En lo posible que sean independientes sino de deberá señalizar con cintas adhesivas u otro método el sentido de la circulación, disponiendo al ingreso, alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%, a toda persona que ingrese deberá desinfectarse las manos. En este punto el empleador debe asignar personal que procure el cumplimiento de distanciamiento social, mínimo 2 metros, además de lo establecido como requisito al ingreso y egreso.
9.-Se deberán colocar 2 trapos de piso con lavandina al 0,1% (20 en 1000). El primero será colocado del lado de afuera de la puerta de ingreso, debiéndose limpiar el calzado toda persona que ingrese al mismo. El segundo, estará dentro del local, y se deberá repetir la limpieza del calzado. Los trapos de piso con lavandina se lavarán en promedio cada 2 horas.
10. -Solo podrán ingresar aquellas personas que cuenten con tapaboca.
11.- Disponer en lo posible un sistema de turnos rotativos del personal de trabajo, de modo de reducir la congestión y circulación de personas.
12.-Se deberá antes y después de cada cliente, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios, utilizados para el cliente. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1% (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
13.- Ventilar regularmente los ambientes cerrados por lo menos dos veces al día, asegurando circulación del aire.
14.- Fomentar el pago con tarjetas de Débito, Crédito y/o Medios Electrónicos de Pago. En todos los casos el comerciante y el cliente deberán higienizarse las manos de manera inmediata luego de la manipulación del dinero, tarjetas, lapiceras, etc.
15.-Los establecimientos alcanzados por el presente protocolo deberán cumplir con lo establecido por la Ley Nacional de Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco Nº 26.687 Capítulo VI (Protección ambiental contra el humo del producto elaborados con tabaco) Art. 23 Se prohíbe fumar en: a) Lugares de trabajo cerrados protegidos por la ley 19.587 de Higiene y Seguridad del Trabajo; b) Lugares cerrados de acceso público;...
Ley que regula el consumo de tabaco en la Argentina, y por Ley Antitabaquismo Nº III-0723-2010 Capitulo V Prohibiciones, Art. 12: Queda prohibido fumar: b) En el interior de lugares cerrados privados, de carácter público como centros y tiendas comerciales, restaurantes, bares, discotecas, supermercados y bibliotecas; de igual forma quedan incluidas en el presente Articulo las salas de exhibición, de convenciones, museos, establecimientos educativos, cines, teatros y estadios ya sea que se exhiban eventos deportivos o artísticos. En este sentido se deben tomar máximos recaudos en prevención de enfermedades respiratorias, las que se relacionan con el consumo de tabaco, definiéndose con un mayor riesgo de gravedad para aquellos pacientes que padecen COVID-19. Es recomendable NO FUMAR en ambientes al aire libre de concurrencia de personas, en pos de resguardo de la salud.
16.-Es de carácter obligatorio el cumplimiento del PROTOCOLO DE TRAZABILIDAD.
5.- Requisitos generales para los trabajadores:
1.- Se deberá clasificar, en la medida de lo posible, al personal de trabajo según el área en la que se desempeñe, pudiendo distinguir alguna de ellas: cocineros, ayudantes, recepcionistas, mozos, personal de limpieza, personal de mantenimiento.
2.-Sera de uso obligatorio durante toda la jornada de trabajo el uso de barbijos y antiparra o barbijos y mascarilla según la zona en la que desarrolle su labor.
3.-No podré ingresas al establecimiento ningún trabajador que presente síntomas compatibles con COVID-19 (fiebre, tos, dolor de garganta, etc.).
4.-Se deberá licenciar a los trabajadores mayores de 60 anos, factores de riesgo y embarazadas.
5.- Elementos de protección personal: los trabajadores deberán llevar durante la permanencia en el local: uniforme que deberán ser provistos por el empleador.
Los elementos de protección personal deben estar identificados y son de uso personal. Todos los elementos descartables deben disponerse en un lugar definido para tal fin.
6.- Los elementos de protección personal que no sean descartables deben ser lavados a 60-90 grados.
7.- Lavado de Manos: Sé deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón liquido o jabón personal y alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida debe realizarse frecuentemente (antes de empezar con las actividades diarias, de manipular utensilios y alimentos, antes y después de ir al baño, luego de tocarse la cara y al realizar cualquier otra actividad no relacionada con la comida). El secado de manos debe ser realizado con material descartable.
8.-Deberá higienizar sus manos, con alcohol en gel o alcohol al 70%, permanentemente.
9.- Se recomienda que el trabajador se desempeñe en un área específica.
10.-Se deberá disponer de un lugar para uso exclusivo de los trabajadores, vestuario y sanitarios, donde deberán quitarse la ropa de calle y cambiarla por la ropa de trabajo al inicio y fin de la jornada laboral.
11.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
12.-En lo posible se deberá verificar la temperatura de los trabajadores (la temperatura no debe superar en ningún caso 37,5 ºC), como así también comprobar la ausencia de síntomas compatibles con COVID-19.
6.- Requisitos para los cocineros: Área de Cocina
1.-Deberá cumplirse lo establecido en BPM (Buenas Prácticas de Manufactura), en elaboración, servicio y almacenamiento de productos, reforzando su sistema de trazabilidad para materias primas y productos elaborados, que aseguren su seguimiento y rastreo.
2.-La tarea diaria comenzará con el control visual del estado higiénico de su área de trabajo, realizando una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1% (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
3.-Cuando circunstancialmente se deba levantar algo del suelo, se lo desechará o lavará y desinfectará, al igual que las manos.
4.-Se deberá mantener el distanciamiento social, mínimo 2 metros.
5.- Se deberá organizar el personal en grupos de trabajo o equipos para facilitar la interacción reducida entre personas.
6.-Cada trabajador en lo posible deberá tener sus propios utensilios y serán de uso personal, en el caso de que no sea posible organizar los utensilios que sean compartidos como máximos con dos personas y que se plantee un procedimiento de lavado y desinfección. Los mismos deberán estar en cualquiera de las situaciones rotulados.
7.-Los alimentos deberán ser seguros e inocuos. Se deberá: Cocinar los alimentos por encima de los 70 ºC y mantener cadena de frío , conservarlos a temperatura y humedad segura, revisar fechas de vencimiento, evitar contaminaciones cruzadas, entre otros.
8.- Lavar la vajilla con detergente yagua caliente. Luego desinfectar con alcohol al 70%.
9.-Preparar una solución de agua y lavandina, para la desinfección de las frutas y verduras (el agua debe ser fría y sumergir las verduras o frutas unos minutos y enjuagar luego muy bien con agua potable).
10.-En caso de toser o estornudar, hacerlo cubriéndose con el pliegue del codo, para evitar propagación de fluidos, proceder a lavarse y/o desinfectar las manos.
11 .-Cumplir con las determinaciones de lavado, de manos según lo determina el presente protocolo: al ingresar a la cocina, al manipular basura, al toser, al recibir la mercadería, al limpiar las superficies y utensilios que estén en contacto con los alimentos, al regresar del baño, luego de trabajar con productos diferentes, tocar elementos ajenos a la elaboración o se realicen otras tareas. Se deberá higienizar sus manos, con alcohol en gel o alcohol al 70%, permanente.
12.-Se deberá destinar un lugar de descarga de la mercadería, presentando ante el Programa de Industria, Agroindustria y Comercio dependiente del Ministerio de Producción, el Protocolo Correspondiente a Manipulación y Manejo de la mercadería y proveedores.
13.-Las mesadas, los equipos, especialmente sus manijas de accionamiento y los utensilios empleados usualmente en las tareas de la cocina, se lavarán usando agua y jabón, seguido de una desinfección con trapo limpio humedecido en una solución desinfectante de lavandina al 5%, o en otro producto de probada efectividad.
14.-También se deberá limpiar mediante un trapo humedecido con solución desinfectante a base de lavandina al 5% o algún otro desinfectante de reconocida eficacia, las ventanas, puertas y mobiliario existente en la cocina
15.-Dar estricto cumplimiento a las normas de manipulación de alimentos, para evitar que los productos desinfectantes usados en esta emergencia no afecten ni los insumas ni los platos preparados.
7.- Requisitos para los mozos: Área de Salón
1.-Se le deberá asignar a cada mozo un conjunto de mesas de las cuales será el Único responsable por jornada de trabajo, debiendo: realizar el registro de clientes con nombre completo, DNI, domicilio actual y número de teléfono a fin de aplicar el protocolo sanitario de COVID-19 en caso de contagio. Dicha información deberá ser resguardada.
2.- Las mesas, sillas, utensilios y el piso deberán desinfectarse antes y después de que se retire cada comensal y siempre antes de que se siente uno nuevo con alcohol al 70% y/o agua con lavandina u otras soluciones desinfectantes autorizadas.
3.-Los vasos y platos de entrada ubicados en la mesa durante el armado se ubicarán hacia abajo, y los cubiertos se colocarán en la mesa dentro de una bolsita de plástico de uso único. En el caso de ser posible que se asignen siempre a la misma mesa los utensilios a utilizar por los comensales.
4.-Cada mesa deberá contar con un dosificador de alcohol en gel, y en los casos en que se usen pequeñas servilletas de papel, se ubicara en el centro de la mesa un recipiente apropiado para que los comensales dejen allí las servilletitas usadas.
Se recomienda utilizar únicamente servilletas descartables, en el caso de no ser posible asegurar la correcta higiene de la misma con lavados a 60-90 grados.
5.- El personal de servicio deberá sanitizarse las manos antes y después de cada manipulación de los elementos que entrega al cliente (Platos, vasos, cubiertos, etc.)
6.- Después de cada servicio los cubre, manteles y servilletas serán retirados para su lavado y las mesas desinfectadas con una solución alcohol al 70% u otro desinfectante de probada eficacia.
7.- De igual forma, después de cada consumición servida en el mostrador, el lugar utilizado por el comensal que se retira deberá ser desinfectado con trapo limpio embebido en una solución de lavandina al 5%
8.- En la eventualidad de que el mozo o la camarera toquen dinero o tarjeta de pago, se deberá desinfectar inmediatamente las manos con alcohol en gel.
9.- Cuando circunstancialmente se deba levantar algo del suelo, se lo desechará o lavará y desinfectará, al igual que las manos.
10.- Los elementos del servicio de mesa (panera, hielera, alcuza, servillelas, etc.) deberán contar con pinzas, evitando que estos productos sean tomados con la mano y clocarse al momento del servicio, no permanecerán en la mesa una vez finalizado el mismo, en cada recambio deberán ser desinfectado con solución de alcohol 70/30.
11.- EL uso de la carta papel deberá ser reemplazado por un medio electrónico a definir por cada establecimiento. Se sugiere: envío de carta por whatsApp por mail, exhibición en cartelería, entre otros.
8.- Requisitos para el personal de limpieza:
1.-También se deberá limpiar con un trapo humedecido con solución desinfectante a base de alcohol al 70% o algún otro desinfectante de reconocida eficacia , las ventanas, puertas y mobiliario existente en el salón.
2.- Al finalizar cada turno de trabajo, el personal encargado de la limpieza, deberá lavar y desinfectar los pisos según el tipo de piso: Pisos de material lavable, pisos de madera lustrados o plastificados.
3.-El personal de limpieza y desinfección ambiental deberá recibir capacitación en medidas de prevención de infecciones.
4.-El personal de limpieza deberá usar Elementos de Protección Personal: Barbijo o tapaboca, uniforme en lo posible de manga larga, protección ocular, guantes.
5.-Producto de Limpieza y Diluciones: Los desinfectantes probados para eliminar virus son: hipoclorito de sodio 500- 1000ppm u otros clorados alcoholes 62-70%, entre otros.
La dilución correcta de hipoclorito de sodio para desinfección de áreas críticas es de 1000ppm y es dependiente de la concentración inicial de clorado. Ej: 20 ml de cloro en 1 litro de agua. Los clorados se utilizan en superficies ya limpias y enjuagadas. Solo se usan en pulverizadores. La concentración mínima para la eliminación del virus es 500 ppm.
6.- Limpieza y desinfección de las Superficies y Ambientes: Es importante asegurar una correcta limpieza de las superficies y de los ambientes. El procedimiento de limpieza y desinfección de las superficies y de los ambientes se hará de acuerdo con la política habitual de limpieza y desinfección del establecimiento. No se deben rociar las superficies con desinfectante. Rociar sobre un paño limpio y seco, y empaparlo lo suficiente. Las superficies deben limpiarse a fondo durante más de 1 minuto.
Se emplearán los detergentes y desinfectantes habituales autorizados por la autoridad competente. Cuando se retira el comensal de la mesa, se debe realizar la desinfección ambiental y de los utensilios.
La frecuencia de limpieza es de, al menos, una (1 ) vez por turno y dos (2) La limpieza general se hará siempre en húmedo, desde las zonas más limpias a las más sucias.
El material utilizado que sea descartable, se introducirá en un contenedor de residuos con tapa y etiquetado.
Pisos de material lavable:
Limpieza en seco: Si el piso posee gran cantidad de polvo o suciedad de ese tipo, puede optarse por una primera limpieza en seco. En este caso no es recomendable el barrido con escoba o escobillón, pues este tipo de barrido esparce polvo, y eventualmente puede haber partículas infectadas con COVID-19 que se hayan depositado en el suelo, por saliva, estornudos, o tos. Por lo tanto si es necesaria una limpieza en seco, es recomendable hacerla con aspiradora provista de filtro de agua, la cual deberé contener un 5% de lavandina. Por seguridad la solución de lavandina a desechar se volcará en un balde, se la agregará algo más de lavandina, se dejara que actúe 10 min y se volcará en cualquier rejilla cloacal.
Todos los utensilios como partes de las maquinarias que se utilicen deben ser perfectamente higienizados antes y después de cada limpieza.
Limpieza húmeda: La forma sugerida es siempre la limpieza húmeda con trapeador o paño, en lugar de la limpieza seca (escobas, cepillos, etc.). Un procedimiento sencillo es la técnica de doble balde y doble trapo: 1) Preparar en un recipiente (balde 1) una solución con agua tibia y detergente de uso doméstico suficiente para producir espuma. 2) Sumergir el trapo (trapo 1) en la solución preparada en balde 1, escurrir y friccionar las superficies a limpiar. Siempre desde la zona más limpia a la mas sucia. 3) Repetir el paso anterior hasta que quede visiblemente limpia. 4) Enjuagar con un segundo trapo (trapo 2) sumergido en un segundo recipiente (balde 2) con solución de agua con detergente.
Desinfección de las superficies Una vez realizada la limpieza de superficies se procede a su desinfección. Con esta solución pueden desinfectarse las superficies que estén visiblemente limpias o luego de su limpieza. Esta solución produce rápida ¡n activación de los virus y otros microorganismos. El proceso es sencillo y requiere de elementos de uso corriente: agua, recipiente, trapeadores o paños, hipoclorito de sodio de uso doméstico: 1) Colocar 100 ml de lavandina de uso doméstico en 10 litros de agua. 2) Sumergir el trapeador o paño en la solución preparada, escurrir y friccionar las superficies a desinfectar. 3) Dejar secar la superficie. El personal de limpieza debe utilizar equipo de protección individual adecuado para limpieza y desinfección. 4) Reponer en los baños las cantidades necesarias de jabón, alcohol en gel, y toallas de papel, verificando además la disponibilidad del recipiente para el desecho de estas últimas.
7.-Sanitarios destinado a Comensales: se deberá asignar un personal de limpieza al sanitario el cual deberá velar por que ingrese al mismo de a 1 solo comensal asegurando la limpieza y desinfección de las áreas destinadas a uso, antes y después de su ingreso. El resto de los sectores que no sean destinados al uso deberán ser anulados. Asimismo asegurar el distanciamiento social en el caso de que haya dos o más comensales en espera.
9.- Requisitos para el personal de recepción:
1.- En caso de que el pago se realice a través de tarjetas de crédito o débito, se deberán desinfectar tanto la tarjeta como el posnet utilizado con solución de agua y alcohol manipulados por una única persona (Cajero)
2.- Los lugares donde se generen filas, como en el exterior, se pondrán en el piso demarcaciones para respetar la distancia social. Y será el recepcionista el responsable de mantener esto bajo control.
3.- Se recomienda la instalación de una barrera física real (Vidrio, acrílico, etc.) entre personal de cobro y el cliente (de no contar con esto respetar el distanciamiento mínimo de 2 metros entre dos personas). Deberá haber una persona encargada únicamente del cobro.
10.- Requisitos para el Comensal:
1.-Frotarse las manos antes de entrar al local con alcohol en gel provisto por el establecimiento.
2.-El comensal deberá respetar el protocolo si decide ingresar al establecimiento.
Su conducta de higiene será obligatoria en todo momento, en caso de toser o estornudar. hacerlo cubriéndose con el pliegue del codo, para evitar propagación de fluidos.
3.- Debe respetar toda la señalización que el local implemente a los fines de preservar la salud de los comensales, personal de servicio e instalaciones.
4.- Obligación de utilizar barbijo a toda aquella persona que circule dentro del establecimiento. Únicamente podrá retirarse el barbijo al consumir.
PROTOCOLO PARA SERVICIOS FUNERARIOS, ENTIERROS Y CREMACIONES PARA PERSONAS FALLECIDAS POR CUALQUIER CAUSA, EXCEPTO COVID-19
1.- Objetivo:
El presente documento establece las recomendaciones a seguir por las empresas de servicios funerarios, entierros y cremaciones, en el ámbito de la provincia de San Luis, para el caso de personas fallecidas por cualquier causa, excepto COVID-19.
Para los cadáveres de personas fallecidas por COVID-19, debe utilizarse el protocolo especifico, disponible en el portal www.san luis.gov.ar/coronavirus.
2.- Requisitos Generales:
1.-Las salas velatorias, los crematorios y cocherías están habilitados para realizar la ceremonia, el traslado, y la preparación del cadáver en el caso de fallecidos no Covid-19.
2.-Se habilita la presenciad e hasta 15 personas, en la sala velatoria, como así también en el servicio de inhumación o cremación, siempre que respete el Factor de ocupación que deberá asegurar el distanciamiento social en los diferentes espacios, a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable. Deberá delimitar pasillos de circulación y que los mismos no sean menores a 1 metro.
3.-En el caso que no se pueda dar cumplimiento según factor de ocupación, el máximo será de 10 personas respetando el distanciamiento social y obligatorio de 2 metros como mínimo proporcionando adecuado número de sillas.
4.-Sera de carácter obligatorio la aplicación del Protocolo de Trazabilidad.
5.- Sera de carácter obligatorio el uso de Tapaboca.
6.- Se deberá exhibir cartelería que contenga información sobre el sentido de la circulación, lavado de manos, distanciamiento social, prohibición de contacto físico al saludarse, prohibición de compartir bebidas, termos, geles, u objetos personales que se manipulen y todo aquello que se considere necesario para el resguardo y protección ante COVID-19.
7.- Dividir la zona de ingreso y egreso. En lo posible que sean independientes sino se deberá señalizar con cintas adhesivas u otro método, el sentido de la circulación, disponiendo al ingreso, alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%, debiendo desinfectarse las manos toda persona que ingrese. En este punto el empleador debe asignar personal que procure el cumplimiento de distanciamiento social, mínimo 2 metros, además de lo establecido como requisito al ingreso y egreso.
8.-Se deberán colocar 2 trapos de piso con lavandina al 0,1% (20 en 1000). El primero será colocado del lado de afuera de la puerta de ingreso, debiéndose limpiar el calzado toda persona que ingrese al mismo. El segundo, estará dentro, y se deberá repetir la limpieza del calzado. Los trapos de piso con lavandina se lavarán en promedio cada 2 horas.
9.-Se deberá antes y después de cada servicio, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1 % (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
10.-Ventilar regularmente los ambientes cerrados, asegurando la circulación del aire.
11.- Lavado de Manos: Sé deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón liquido o jabón personal, se puede utilizar alcohol en gel o alcohol al 70% siempre que las manos estén visiblemente limpias. Esta medida se debe realizar frecuentemente después de cada actividad. El secado de manos debe ser realizado con material descartable, en lo posible o una toalla limpia.
12.- Suministrar pañuelos desechables y receptáculos (cesto de basura) que no requieran contacto con las manos para el desecho de los pañuelos usados. El cesto de basura será higienizado al finalizar cada servicio.
13.- Se recomienda realizar un servicio funerario por vez, para ello se deben planificar los turnos. Si fuera necesario realizar más de un servicio se deben extremar las medidas de distanciamiento social evitando el cruce de los asistentes en el ingreso a los diferentes velorios.
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