RESOLUCIÓN 52/2020
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD, GOBIERNO Y CULTO (M.J.S.G.y C.)
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Aprobar el Protocolo para la Práctica de Equinoterapia.
Del: 26/06/2020; Boletín Oficial 03/07/2020.
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VISTO:
Lo dispuesto por el Artículo 6º del DECNU 520/2020, y
CONSIDERANDO:
Que es potestad de las autoridades provinciales atendiendo las condiciones epidemiológicas y la evaluación de riesgo, reglamentar días y horarios para la ejecución de distintas actividades, estableciendo protocolos, tendientes a prevenir la circulación del virus;
Que las medidas implementadas por la provincia de San Luis han permitido mantener el status sanitario, logrando con ello morigerar el impacto del virus;
Que no habiéndose registrado contagios, resulta imprescindible establecer decisiones tendientes a reglamentar las distintas etapas, atento a la inexistencia de circulación comunitaria de SARS-COV-19;
Que como corolario de lo anterior, en ejercicio de las facultades previstas, corresponde dictar el Acto Administrativo pertinente;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
El Ministro Secretario de Estado de Justicia, Seguridad, Gobierno y Culto resuelve:
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Artículo 1°.- Aprobar el Protocolo para la Práctica de Equinoterapia como Anexo A forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°.- Hacer saber al Comité Operativo de Emergencias (C.O.E.), Ministerios y Secretarias de Estado del Poder Ejecutivo Provincial. -
Art. 3°.- Registrar, comunicar y archivar.
Dr. Fabián Antonio Filomena Baigorria; Ministro Secretario de Estado de Justicia, Seguridad, Gobierno y Culto
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ANEXO A
PROTOCOLO PARA LA PRÁCTICA DE EQUINOTERAPIA
Este protocolo se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la pandemia en curso
I. OBJETIVO
El presente protocolo, tiene por finalidad describir las acciones y medidas de prevención, en el marco de la pandemia mundial de coronavirus (COVID-19), a utilizar por los establecimientos que brinden tratamiento de “Equinoterapia” en la provincia de San Luis.
II. ALCANCE
El presente protocolo alcanza a todos los establecimientos que realicen “Equinoterapia o Terapia Asistida Ecuestre”: terapia complementaria empleada por profesionales de la salud física o mental, para promover la rehabilitación de niños, adolescentes y adultos a nivel neuromuscular, psicológico, cognitivo y social, por medio del caballo como herramienta terapéutica y coadyuvante; y que la misma se lleve a cabo en espacios abiertos y al aire libre, con elementos en común, involucrando la participación de jinetes/amazonas, caballos y equipo de trabajo.
Cada etapa es dinámica y se encuentra vinculada al estatus sanitario provincial.
III. REQUISITOS ESPECIFICOS
1.- Horario de atención, se encuentra habilitado exclusivamente de lunes a sábado de 8:00 horas a 19:00 horas. Circular con DNI.
2-El establecimiento solo puede brindar la práctica de Equinoterapia, habiendo dado cumplimiento al PROTOCOLO DE APROBACIÓN DE FISCALIZACION Y TRAZABILIDAD DE PERSONAL EMPRESAS.
3.- El profesional solo podrá prestar el servicio dando cumplimiento con lo establecido en el PROTOCOLO DE OFICIO, completando el REGISTRO UNICO DE OFICIOS, en la página oficial del Ministerio de Producción (http://produccion.sanluis.gov.ar/) donde una vez dentro, el portal web permite completar datos generales y cargar la información en detalle, generando así el correspondiente pase San Luis.
4.-Factor de ocupación: deberá asegurar el distanciamiento social en los diferentes espacios cerrados, a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable. La distancia de trabajo en pista será de 10 metros entre ellos.
5.- Se deberá atender exclusivamente mediante el otorgamiento de turnos debiendo garantizar el factor de ocupación. Asistirán por turno dos (dos) pacientes en su horario correspondiente. No se podrá realizar la monta compartida (Hipoterapia)
6.- Solo asistirán los jinetes y amazonas que cuenten con la Prescripción y Declaración Jurada Médica para asistir al tratamiento de equinoterapia. Cada jinete/amazona podrá ser acompañado por un mayor responsable/tutor/acompañante, quien deberá aguardar en una zona designada por la institución o en su vehículo particular.
7.- El horario de cada encuentro será de una hora como máximo. Una vez finalizada la hora de sesión se utilizará un lapso de tiempo mínimo de 15 minutos entre cada turno para desinfectar el espacio y elementos de trabajo (cascos, riendas, colchonetas, monturas, elementos didácticos, bozales, fustas, entre otros)
8.-Se deberá implementar el PROTOCOLO DE TRAZABILIDAD.
9.- Sera de exhibición Obligatoria por parte de los empleadores, en cada una de las áreas y en lugares fácilmente visibles, carteleria que contenga información sobre el sentido de la circulación, lavado de manos, distanciamiento social, prohibición de contacto físico al saludarse, prohibición de compartir bebidas, termos, geles, u objetos personales que se llevan a la boca o se manipulan con las manos y todo aquello que se considere necesario para el resguardo y protección ante COVID-19.
En la entrada de la sala o salón de trabajo deberá colocarse un cartel en un lugar visible, especificando los metros cuadrados que se usa para entrenar y la capacidad de alumnos por turno que incluirá el personal que trabaja en el mismo. En caso que el establecimiento posea varios ambientes, sectores o dependencias, cada una de ellas deberá a su vez tener el cartel en la entrada y dentro de cada recinto con la fuerza efectiva y metros cuadrados que posee el sector.
Asimismo, se debe verificar la conservación y reposición de dicha información, en caso de deterioro o pérdida, como la capacitación constante del personal.
10.- Disponer de elementos de kit higiene personal: alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%.
11.- Respetar el horario del turno asignado. Quedan terminantemente prohibidas las aglomeraciones de personas antes, durante o después de la actividad, se considerará un máximo de 10 personas incluido el responsable del recinto.
12.- Lavado de Manos: Sé deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón líquido o jabón personal, y si las manos no están visiblemente sucias con alcohol en gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente (antes y después de realizar la actividad). El secado de manos debe ser realizado con material descartable, en lo posible o una toalla limpia.
13.- Se deberá antes y después de cada actividad, realizar una minuciosa limpieza y desinfección de todos los elementos utilizados. Se recomienda para la desinfección de los mismos el uso de lavandina al 0.1% (20 ml de lavandina por cada 1000 ml de agua). Realizando esta tarea desde la zona más limpia a la zona más sucia. El elemento utilizado para la realización de la limpieza se recomienda sea de material descartable, en el caso de que no sea de material descartable se debe asegurar que el mismo se encuentre perfectamente limpio y desinfectado.
14.- Vestimenta: los materiales que no sean descartables deben ser lavados a 60 grados, después de realizar cada actividad, procurando que no estén en contacto con las demás prendas del hogar.
15.- Evitar el uso de joyas, pelo suelto, maquillaje y queda terminantemente prohibido usar la vestimenta y el calzado utilizado en el hogar sin su debida limpieza y desinfección.
16.- Todos los materiales descartables deben ser renovados para cada actividad.
17.- Se prohíbe la realización de actividades a personas con síntomas compatibles con COVID-19.
18.-Queda terminantemente Prohibido compartir bebidas, termos, geles, elementos de higiene y alimentos, evitar tocarse la cara.
19.- El uso del tapaboca es de carácter Obligatorio.
20.-Asignar lugares específicos para que los jinetes/amazonas dejen sus pertenencias.
21.-Se inhabilitará el uso de la plaza recreativa para evitar la acumulación de personas.
22.- Se deberá asignar personal de limpieza a los sanitarios u otro espacio cerrado que sea de uso compartido, de tal modo que asegure la limpieza y desinfección antes y después de su uso. Restringiendo su utilización al mínimo.
IV. GESTIÓN DE TURNOS
1.- Como primer medida antes de otorgar un turno es fundamental verificar que en el pedido médico donde se solicite el tratamiento quede expresamente justificado la necesidad el mismo, entendiéndose por esto que el diagnóstico se relacione con patologías que por sí mismas o por su periodo de evolución demanden una intervención inmediata, en caso de tener dudas al respecto solicitar que dicho pedido se acompañe de un resumen de historia clínica.
2.-Los turnos serán programados y se deberán dar exclusivamente por teléfono, internet, whatsapp, para evitar el traslado del paciente.
3.- El día previo a la realización de la actividad, se deberá llamar al paciente para realizar una pequeña encuesta telefónica con preguntas básicas para la detección de coronavirus. Las respuestas de esta encuesta tendrán carácter de Declaración Jurada y deberá ser firmada por el paciente o tutor responsable cuando el mismo asista a la sesión. (Ver anexo I Encuesta a paciente).
4.-Enviar junto al mensaje recordatorio de la cita, las instrucciones para acudir, determinadas en el presente protocolo.
5.-Si hubiera coincidencia en el lugar asignado a la espera con otro paciente, se deberá asegurar la distancia de seguridad preventiva y obligatoria de 2 metros como mínimo.
V. CONCURRENCIA DEL PACIENTE CON TURNO A LA CONSULTA
1.-El paciente y el acompañante (solo en caso de menores o en pacientes con falta de autonomía), deberán asistir con tapaboca.
2.-No haber estado en contacto con un paciente sospechoso o positivo. Si dio positivo, al menos 21 días de ausencia de síntomas o prueba negativa PCR.
3.-Al ingresar al centro, pasará con el calzado por una alfombra con desinfectante.
4.- Realizar higiene de manos antes de ingresar y al salir de la consulta con agua y jabón o alcohol en gel o solución alcohólica al 70%.
5.-El paciente debe llevar kit de higiene personal.
VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)
1.-El profesional deberá tomarse la temperatura todos los días antes de comenzar a trabajar, suspendiendo su actividad cuando exista temperatura superior a 37,5º tos, falta de aire falta de olfato/gusto, dolor de garganta.
Deberá tener el recaudo de al momento de atender el paciente no deberá llevar puesto relojes, pulseras, anillos etc. cabello recogido, uñas cortas y sin pintar.
2.-Deberá usar EPP: barbijo o tapaboca o máscara facial. Para el uso de guantes descartables, se deberá reponer un par nuevo por cada paciente.
3.-El profesional deberá evitar posturas o técnicas que ponga su cara en contacto cercano con la cara del paciente, pidiéndole al paciente que gire el rostro hacia el lado contrario.
4.-El profesional deberá higienizarse con alcohol al 70 % antes y después de atender a cada paciente, desde las manos hasta la altura de los codos.
5.-Se recomienda vestirse y desvestirse en el establecimiento.
6.-Al retirarse del mismo, llevar la ropa de trabajo en una bolsa para ser lavada.
ANEXO I
Cuestionario para el paciente
1. ¿Tiene fiebre o la ha tenido en los últimos 14 días?
2. ¿Ha tenido problema respiratorio (incluyendo tos y/o dolor de garganta) en los últimos 14 días?
3. ¿Ha viajado fuera del país, viajes fuera de la provincia o a zonas de circulación en los últimos 14 días?
4. ¿Ha estado en contacto con alguna persona con confirmación o sospecha de COVID-19?
5. ¿Ha estado en contacto estrecho con personas que presentaban cuadro respiratorio agudo en los últimos 14 días?
Decisiones a tomar, en base a cuestionario anterior
1.-Si el paciente en la encuesta telefónica, responde sí a alguna de las preguntas del cuestionario se deberá cancelar el turno y recomendar al paciente la consulta médica.
2.-Si el paciente concurriera a la consulta y en esa instancia responde de manera afirmativa a alguna pregunta se deberá suspender el tratamiento, dejarlo en un espacio destinado a la espera y dar aviso a las autoridades sanitarias (llamar al 107) y cumplir con las normas de distanciamiento social vigentes hasta que el 107 le dé instrucciones específicas de cómo proceder.
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