DECRETO 811/2020
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Las decisiones, propuestas y/o medidas que implementen en el marco de la emergencia sanitaria provincial los Centros Operativos de Emergencia Municipal, deberán contar con la autorización previa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quien canalizará de manera inmediata la propuesta o medida con intervención del Ministerio de Salud y Ambiente, Ministerio de Gobierno de la Provincia y/o -en caso de corresponder- al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria.
Del: 06/07/2020; Boletín Oficial 07/07/2020.

VISTO:
La Ley Nº 3693, Decreto Provincial Nº 273/20, DNU 297/20, Decreto Nº 301/20 y sucesivos, DNU Nº 355/20, DNU Nº 408/2020, Decreto Nº 475/20, DNU Nº 459/20, Decreto Nº 0499/20, DNU Nº 493/2020, Decreto Nº 0581/20; DNU 520/20, Decreto Nº 0677/20; DNU 576/20; Decreto N° 0774/20 y Expte. 114.928/20 y;
CONSIDERANDO:
Que el Estado Nacional dispuso mediante DNU 297/20 y sus ampliatorios, el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para todas las personas que habitan el país en virtud de la situación epidemiológica existente en el territorio nacional con relación a la transmisión del virus SARS-CoV-2, desde el día 20 de marzo hasta el 07 de junio inclusive del corriente año, normas que fueron receptadas en el ámbito provincial mediante el dictado de los Decretos Nº 301/20 y ampliatorios;
Que en ese marco, y en virtud a la evolución de la situación epidemiológica en las distintas jurisdicciones provinciales, con la anuencia de la autoridad sanitaria provincial, se dispuso la apertura gradual y administrada de múltiples actividades económicas y servicios específicos, bajo estrictos protocolos sanitarios, como así también actividades deportivas individuales al aire libre y recreativas en la jurisdicción provincial;
Que posteriormente, mediante DNU Nº 520/20 de fecha 7 de junio de 2020, se estableció un nuevo marco regulatorio que diferencia según exista o no transmisión comunitaria del virus SARS-CoV-2, estableciendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) o el distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO) según corresponda en cada jurisdicción;
Que esta última dicha medida fue implementada en el ámbito provincial bajo los alcances del Decreto Nº 0677/20, prorrogado por Decreto N° 0774/ 20 hasta el día 17 de julio inclusive del corriente año;
Que durante el transcurso de la emergencia declarada, el Poder Ejecutivo Provincial, a través del COE provincial creado por Decreto N° 273/20 instruyó en las distintas etapas a las autoridades Municipales y Comunales provinciales a instrumentar y coordinar medidas tendientes a ejecutar y controlar las disposiciones relativas al cumplimiento en cada jurisdicción local de la regulación vigente, siempre con la autorización de la autoridad sanitaria provincial;
Que para mantener el control epidemiológico y contener la expansión de la enfermedad COVID-19 en el territorio provincial y a fin de proteger la salud pública de la población corresponde reforzar las medidas impuestas y/o a implementarse en el marco de la emergencia sanitaria declarada, referidas a la coordinación con los Centros Operativos de Emergencia Municipales, con la anuencia de la autoridad sanitaria provincial;
Que a ese respecto las disposiciones que adopte cada Centro Operativo local -en el marco estricto de las competencias reguladas en la Ley Nº 55 y modificatorias- deberá previamente dar intervención formal a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Santa Cruz, y contar con el visado del Ministerio de Gobierno y Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia, o en su defecto con intervención del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria;
Que por otra parte, corresponde intensificar las medidas de control dispuestas en cuanto a la circulación de personas dentro del ámbito provincial, así como el ingreso de aquellos trabajadores esenciales que deban trasladarse tanto de países limítrofes como desde otras provincias a los distintos departamentos que componen el territorio provincial;
Que en ese sentido, y sin perjuicio de contar con los permisos de circulación vigentes en el ámbito nacional, se deberá tramitar el permiso de circulación provincial gestionado ante la Secretaría de Transporte del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, debiendo completar la declaración jurada de salud que a esos efectos se requiera y contar con su protocolo de actuación debidamente aprobado por la autoridad sanitaria provincial pertinente;
Que a su vez, corresponde remarcar que en ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de “caso sospechoso” ni la condición de “caso confirmado” de COVID-19 conforme definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir el aislamiento en los términos del artículo N° 4 del Decreto provincial N° 0774/20;
Que las disposiciones previstas en el presente se enmarcan en la Emergencia Sanitaria declarada mediante Decreto N° 0273/20 aprobado por Ley Nº 3693, correspondiendo tanto a la autoridad sanitaria provincial como al Ministerio de Seguridad Provincial velar por el acatamiento de las medidas dispuestas;
Que en dicho contexto, se encuentran aprobados por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia los protocolos de actuación que regulan el funcionamiento de actividades y servicios tanto del sector público como privado en el territorio provincial, a los que deberán sujetarse de manera estricta;
Por ello, y habiendo tomado intervención de competencia la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación mediante Nota SLy T-GOB-Nº 868/20;
La Gobernadora de la Provincia decreta:

Artículo 1º.-ESTABLÉCESE que las decisiones, propuestas y/o medidas que implementen en el marco de la emergencia sanitaria provincial declarada por Ley Nº 3693 los Centros Operativos de Emergencia Municipal, deberán contar con la autorización previa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quien canalizará de manera inmediata la propuesta o medida con intervención del Ministerio de Salud y Ambiente, Ministerio de Gobierno de la Provincia y/o -en caso de corresponder- al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
Art. 2°.- ESTABLÉCESE que aquellas personas que ingresen a la jurisdicción provincial a efectuar tareas consideradas esenciales munidas del certificado de circulación nacional deberán obtener además el certificado de circulación provincial y declaración jurada correspondiente y contar con su protocolo de actuación debidamente aprobado por la autoridad sanitaria provincial pertinente.-
El certificado de circulación provincial y declaración jurada correspondiente deberán ser tramitados previamente en la página del Sitio Web Oficial de la Provincia de Santa Cruz https://circulacion.santacruz. gob.ar
Art. 3°.- DISPÓNESE que el funcionamiento de las actividades y servicios tanto del sector público y privado en todo el territorio provincial, deberán sujetarse a los protocolos de actuación que se encuentran aprobados por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia, de conformidad a las facultades delegadas por el Poder Ejecutivo Nacional, que como Anexo I forman parte integrante del presente.-
Art. 4°.-En el supuesto de constatarse el incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del presente se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará intervención a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.-
Art. 5°.- INSTRÚYASE a las autoridades superiores del Ministerio de Seguridad de la Provincia a supervisar “in situ” de manera conjunta con el personal policial e inspectores de transportes afectados al operativo de control, el ingreso de personas a la provincia de Santa Cruz desde las rutas que conectan a la provincia por el limite interprovincial zona norte.
Se deja establecido que el horario de ingreso al territorio provincial a través de los puestos de control policial será de 08:00 hs. a 20:00 hs., a los efectos de intensificar y coordinar el trabajo de control y supervisión de las medidas adoptadas en el marco del Decreto Nº 774/20 y concordantes.
Quedarán exceptuadas del horario precedentemente establecido aquellas situaciones de urgencia debidamente acreditadas.-
Art. 6°.- FACÚLTASE a los Centros Operativos de Emergencia Municipal a determinar los horarios de las actividades comerciales, industriales y de servicios habilitadas y/o readecuarlos en función de los informes epidemiológicos que en lo sucesivo emita la autoridad sanitaria provincial.-
Art. 7°.- DÉJASE ESTABLECIDO que a los fines de autorizar y/o habilitar nuevas actividades o servicios que se encuentran expresamente prohibidas se deberá requerir la aprobación de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, previa intervención del Ministerio de Salud de la Nación. Dichas actividades son las siguientes:
1. Realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas.
2. Práctica de cualquier deporte donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los participantes.
3. Cines, teatros, clubes, centros culturales.
4. Servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional.
5. Turismo.-
Art. 8°.-Los Centros Operativos de Emergencia Municipal continuarán realizando el seguimiento y control de aquellas personas que ingresaron al territorio provincial y deben cumplir el “aislamiento social preventivo y obligatorio”, de acuerdo a los protocolos pertinentes.
Art. 9°.- ESTABLÉCESE que el presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de la fecha.-
Art. 10.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Ambiente, Gobierno, Seguridad y de la Jefatura de Gabinete de Ministros.-
Art. 11.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación (quien remitirá copia del presente ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. Kirchner; Dr. Juan Carlos Nadalich; Sr. Leandro Eduardo Zuliani; Dr. Lisandro Gabriel De La Torre; Sr. Leonardo Darío Alvarez

ANEXO I
-Resolución Nº 0645/2020 de fecha 17/04/2020 y modificatoria Resolución Nº0667/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamientos, recomendaciones, instrucciones Sanitarias y de Seguridad, para el levantamiento gradual del aislamiento social, preventivo y obligatorio.-
-Resolución Nº 0733/2020 de fecha 30/04/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término de aislamiento social, preventivo y obligatorio para la atención odontológica en la provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 0739/2020 de fecha 06/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de las empresas REPRESAS PATAGONIA.-
-Resolución Nº 0740/2020 de fecha 06/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa ENAP ARGENTINA.-
-Resolución Nº 0741/2020 de fecha 06/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa TRANSPORTE CRUZ DEL SUR S.A.-
-Resolución Nº 0742/2020 de fecha 06/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa SINOPEC ARGENTINA.-
-Resolución Nº 0743/2020 de fecha 06/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa TEL3 Grupo PECOM.-
-Resolución Nº 0744/2020 de fecha 06/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A.-
-Resolución Nº 0745/2020 de fecha 06/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa KESEN S.A.-
-Resolución Nº 0746/2020 de fecha 06/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa YPF LUZ.-
-Resolución Nº 0800/2020 de fecha 08/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de Peluquerías de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 0806/2020 de fecha 11/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Asociación de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 0807/2020 de fecha 11/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, del Colegio Profesional de Psicólogos de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 0808/2020 de fecha 11/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para el Consejo Agrario Provincial.-
-Resolución Nº 809/2020 de fecha 11/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para Terapéuticos de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 810/2020 de fecha 11/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 819/2020 de fecha 12/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para la Asociación Santacruceña de Nutricionistas (ASDEN).-
-Resolución Nº 855/2020 de fecha 13/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para la actividad Terapéutica de Equino terapia de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 857/2020 de fecha 13/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 0911/2020 de fecha 18/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para las Iglesias, Templos y culto de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 935/2020 de fecha 22/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa V&M Servicios Integrales SRL.-
-Resolución Nº 936/2020 de fecha 22/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para la operación de Restaurants, Confiterías, Servicios de Reparto y Comidas para llevar (Take Away) de la provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 0937/2020 de fecha 22/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la empresa de Transporte Álvarez e Hijos S.R.L..-
- Resolución Nº 938/2020 de fecha 22/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para el personal auxiliar de Casas Particulares.-
-Resolución Nº 939/2020 de fecha 22/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 961/2020 de fecha 27/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para el desarrollo de las actividades relacionadas a la prospección, exploración y explotación mine- ra de todos los Yacimientos Mineros de la provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 966/2020 de fecha 29/05/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa Vientos Los Hércules.-
-Resolución Nº 0967/2020 de fecha 01/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de MEDISUR S.A., procedimiento de cirugías programadas para personas no riesgosas desde el punto de viste epidemiológico.-
-Resolución Nº 0969/2020 de fecha 01/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, del Instituto de Energía Santa Cruz.-
-Resolución Nº 0970/2020 de fecha 01/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa Oxigeno Patagónico S.A.-
-Resolución Nº 0971/2020 de fecha 01/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa ProdEng Productos Engineering Services.-
-Resolución Nº 0972/2020 de fecha 01/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de los vendedores del Telebingo Santacruceño, detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente.-
-Resolución Nº 0990/2020 de fecha 03/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Caja de Previsión Social
-Resolución Nº 0991/2020 de fecha 03/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa MESSUNG S.R.L..-
-Resolución Nº 0992/2020 de fecha 03/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa Moto Mecánica Argentina S.A.-
-Resolución Nº 0993/2020 de fecha 03/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de UDEM S.R.L. -
-Resolución Nº 0994/2020 de fecha 03/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de la Empresa KRANER.-
-Resolución Nº 1042/2020 de fecha 10/06/2020 mediante la cual se establece el Protocolo Sanitario en el marco de lo dispuesto en los Decretos DNU Nº520/2020 Y Decreto Provincial Nº0677/2020.-
-Resolución Nº 1066/2020 de fecha 12/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de las actividades que se detallan en su anexo.-
-Resolución Nº 1095/2020 de fecha 19/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de las Represas Patagónicas.-
-Resolución Nº 1096/2020 de fecha 19/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de la empresa FOMICRUZ .-
-Resolución Nº 1097/2020 de fecha 19/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de las actividades correspondientes a la empresa EXTERRAN, Dirección Nacional De vialidad º23 Distrito Santa Cruz, QUINTANA WELLPRO, L.O.A.S y Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Cruz.-
-Resolución Nº 1111/2020 de fecha 23/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de la Secretaría de Estado de Turismo y Subsecretaria de Transporte del ministerio de la Producción, Comercio e Industria y Empresa CARPMENT.-
-Resolución Nº 1139/2020 de fecha 25/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de las actividades detalladas en su Anexo.-
-Resolución Nº 1141/2020 de fecha 26/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, del Consejo Agrario Provincial para el traslado del personal rural con el fin de realizar la zafra de esquila 2020/2021.-
-Resolución Nº 1142/2020 de fecha 26/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de las actividades que se detallan su Anexo.-
-Resolución Nº 1144/2020 de fecha 26/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de los Casinos de Río Gallegos, Caleta Olivia, El Calafate y Salas de Máquinas Tragamonedas de Pico Truncado, Las Heras y Puerto Deseado.-
-Resolución Nº 1156/2020 de fecha 30/06/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de las actividades desarrolladas por YPF S.A. y por el CENTRO DE ESQUI VALDELEN.-
-Resolución Nº 1177/2020 de fecha 02/07/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, como consideraciones generales de las actividades físicas, deportivas y recreativas elaborado por la Secretaría de Estado de Deportes de la Provincia de Santa Cruz que se detallan en su Anexo.-
-Resolución Nº 1178/2020 de fecha 02/07/2020 mediante la cual se aprueba el protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de las actividades desarrolladas por las empresas que se detallan en su anexo.-

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