LEY 22729
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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Farmacopea Nacional Argentina 6ª Edición. Aprobación del Suplemento sobre Radiactividad, Radiofármacos y Radioesterilización.
Sanción: 01/02/1983; Promulgación: 01/02/1983; Boletín Oficial 10/02/1983
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ARTICULO 1º - Apruébase como parte integrante del texto de la Farmacopea Nacional Argentina -- Sexta Edición (Codex Medicamentarius Argentino), aprobada por ley 21.885, el Suplemento sobre Radiactividad, Radiofármacos y Radioesterilización, que como anexo forma parte integrante de la presente ley (*).
ARTICULO 2º - Declárase de uso obligatorio en todas las fábricas, establecimientos asistenciales, públicos o privados, nacionales, provinciales o municipales, laboratorios droguerías y farmacias que manipulen o expendan radiofármacos, manipulen elementos radiactivos o empleen elementos, drogas o medicamentos radioesterilizados, el suplemento sobre radiactividad, radiofármacos o radioesterilización aprobado en el artículo primero
ARTICULO 3º - Decláranse aplicables al Suplemento que por la presente ley se aprueba las disposiciones contenidas en los arts. 3º y 4º de la ley 21.885.
ARTICULO 4º - El Poder Ejecutivo Nacional por intermedio del Ministerio de Salud Pública y Medio Ambiente fijará la fecha de iniciación de la vigencia en todo el país del Suplemento mencionado.
ARTICULO 5º - Comuníquese, etc.
(*) Ver Boletín Oficial del 10/II/83.
Nota al Poder Ejecutivo acompañando el proyecto de ley 22.729.
Buenos Aires, 13 de diciembre de 1982.
Excmo. señor Presidente de la Nación:
Tengo el honor de someter a la consideración del Primer Magistrado el adjunto proyecto de ley por el que se aprueba formando parte integrante del mismo, el suplemento sobre radiactividad, radiofármacos y radioesterilización, como parte integrante del texto de la Farmacopea Nacional Argentina, Sexta Edición (Codex Medicamentarius Argentino), aprobada por ley 21.885.
La Sexta edición de la Farmacopea Nacional Argentina es el libro oficial donde se prescriben los tipos de las drogas y los medicamentos necesarios o útiles para el ejercicio de la medicina y la farmacia en sus distintos aspectos: Preparación, identificación, pureza, valoración y demás condiciones que aseguren la uniformidad y calidad de sus propiedades.
La inclusión de monografías sobre radiactividad, radiofármacos y radioesterilización sigue la tendencia universalmente aceptada hacia la unificación de las fórmulas oficiales de los medicamentos y elementos de uso y aplicación en la medicina humana. El incesante aumento de nuevas drogas y técnicas, más la potencia de su actividad mueven a la necesidad de una codificación basada en la experimentación clínica favorable, con la finalidad de evitar o disminuir la aparición de reacciones adversas de distinta importancia.
La Comisión Permanente de la Farmacopea Nacional Argentina, asesorada por la Comisión Nacional de Energía Atómica, organismo de contralor de las sustancias radiactivas, ha considerado de vital importancia la incorporación de un capítulo sobre radiactividad, aumentando el número de monografías sobre radiofármacos e incorporando otra sobre radioesterilización.
Se logra así una actualizada recopilación de normas acorde con la dinámica evolución en la materia.
Dios guarde a V. E. -- Rodríguez Castells.
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