DECRETO 628/2006
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SALTA
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Ministerio de Salud Pública. Estructura orgánica. Dirección Provincial de Emergencias Sanitarias. Responsabilidad primaria. Se deja sin efecto la asignación de funciones efectuada por el dec. 1742/2002. Modificación del dec. 2335/2005.del 31/03/2006; Boletín Oficial 18/04/2006
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Visto el decreto n° 2335/05 y la propuesta del Ministerio de Salud Pública, y
Considerando:
Que resulta oportuno ajustar la estructura aprobada a fin de asegurar un mejor nivel de supervisión a funciones como la Emergencia.
Que la modificación se formula en el marco de las consideraciones técnicas sostenidas en oportunidad de fundamentar el decreto n° 2335/05.
Que el objetivo de la presente modificación es hacer perfectible la reciente estructura de organización funcional vigente.
Que la rectificación propuesta fortalece un equilibrio entre las unidades de apoyo con las unidades sustantivas, con una visión estratégica, vigorizando áreas de atención de la Emergencia.
Que en consecuencia, se solicita la designación del doctor José Miguel García, para cumplir dicha función.
Que no se contravienen las disposiciones del decreto n° 515/00.
Por ello: El Gobernador de la Provincia decreta:
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Artículo 1° - Modifícase parcialmente el decreto n° 2335/05; de acuerdo al siguiente detalle:
"Suprímese el Programa Gestión de Pacientes Especiales" y créase la Dirección Provincial de Emergencias Sanitarias.
Art. 2° - Modifícase parcialmente el Anexo II Responsabilidades Primarias del decreto n° 2335/05, por lo siguiente:
Dirección Provincial de Emergencias Sanitarias
Responsabilidad Primaria
Responsable de gestionar con altos niveles de satisfacción la atención a pacientes en emergencia sanitaria (riesgo de vida) en toda la Provincia inclusive las derivaciones que se produjeran fuera de dicho ámbito, para lo cual deberán prestar servicios las 24 horas, los 365 días del año.
Realizará todas las acciones suficientes y necesarias para mantener estrechos vínculos con la comunidad y ser vista por ella como una organización eficiente comprometida con sus metas y objetivos.
Art. 3° - El Ministerio de Salud Pública tramitará las reestructuraciones presupuestarias que correspondan por aplicación del presente, las que se efectuarán conforme a la legislación vigente.
Art. 4° - Desígnase como Director Provincial de Emergencias Sanitarias del Ministerio de Salud Pública, al doctor José Miguel García, D.N.I. n° 18.293.593, a partir de la fecha de toma de posesión.
Art. 5° - La erogación resultante se imputará al Curso de Acción 081130010100, Ejercicio vigente.
Art. 6° - Con igual vigencia, y mientras se desempeñe como Director Provincial de Emergencias Sanitarias del Ministerio de Salud Pública, otórgase al doctor José Miguel García, D.N.I. n° 18.293.593, licencia extraordinaria sin percepción de haberes en el cargo 57, decreto n° 1742/02, de la Coordinación de Gestión Primer de Atención Area Capital, de acuerdo a lo previsto en el artículo 68 del decreto n° 4118/97.
Art. 7° - Con igual vigencia, déjase sin efecto la asignación interina de funciones del doctor José Miguel García, dispuesta por decreto n° 1742/02.
Art. 8° - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
Art. 9° - Comuníquese, etc.
Romero; Díaz Legaspe; Medina.
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