RESOLUCION 15/2007
MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONTROL DE DESARROLLO SUSTENTABLE


 
Residuos peligrosos. "Registro provincial de generadores, generadores eventuales, transportistas y operadores de residuos petroleros". Habilitación. Requisitos para la inscripción y/o renovación.
del 05/11/2007; BOLETIN OFICIAL 13/11/2007.

Visto: El Decreto 993/2007, y el Expediente N° 1620/2007 - MAyCDS; y
Considerando:
Que mediante el Decreto citado en el Visto se incorporó el Anexo III, "Gestión Integral de los Residuos Petroleros" (G.I.R.P.), como reglamentación parcial del Titulo VI "De los Residuos Peligrosos" de la Ley N° 5439;
Que el referido Decreto determina que resulta conveniente crear el Registro Provincial de Residuos Petroleros, y abrir las categorías correspondientes dentro de los mismos, que contemplen específicamente a los Generadores, Generadores Eventuales, Transportistas y Operadores de la actividad petrolera;
Que el Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, tendrá a cargo, en su carácter de Autoridad de Aplicación, el dictado de las reglamentaciones pertinentes a tal efecto;
Que la Asesoría Legal ha tomado intervención en el presente trámite;
Por ello: El Ministro de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable resuelve:

Artículo 1° - Habilitar a partir del día de la fecha el "Registro Provincial de Generadores, Generadores Eventuales, Transportistas y Operadores de Residuos Petroleros" de conformidad con lo establecido en el Anexo III "Gestión Integral de los Residuos Petroleros" (G.I.R.P.), del Decreto Provincial N° 993/07 como Reglamentación parcial del Titulo VI "De los Residuos Peligrosos" de la Ley N° 5439.
Art. 2° - El Registro mencionado en el Artículo precedente, estará a cargo de la Dirección General Comarca Senguer - San Jorge dependiente de la Subsecretaria de Regulación y Control Ambiental del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable.
Art. 3° - Aprobar el Listado de Requisitos Básicos para la inscripción y/o renovación para el Registro de Generadores, Generadores Eventuales, Transportistas y Operadores de Residuos Petroleros, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.
Art. 4° - Los datos establecidos en el Anexo I para la Inscripción en el Registro tendrán carácter de Declaración Jurada, debiendo ser presentados por los interesados en soporte papel y magnético.
Art. 5° - La presente Resolución será refrendada por los Señores Subsecretarios de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable y Regulación y Control Ambiental.
Art. 6° - Comuníquese, etc.
Raimundo; Granja; Gamboa.

ANEXO I
Generadores de Residuos Petroleros
La información solicitada para la inscripción o renovación de las empresas Generadoras de Residuos Petroleros es:
1. Datos Identificatorios:
1.1. N° C.U.I.T.
1.2. Fecha inicio actividad.
1.3. Nombre / Razón Social.
1.4. Domicilio Real: Calle y Número.
1.5. Piso.
1.6. Oficina.
1.7. Localidad y Código Postal.
1.8. Provincia.
1.9. Teléfono y fax.
1.10. Domicilio Constituido: Calle y Número.
1.11. Piso.
1.12. Oficina.
1.13. Localidad y Código Postal.
1.14. Provincia.
1.15. Teléfonos.
1.16. E-mail.
1.17. Representante Legal Apellido y Nombres.
1.18. N° de C.U.I.T/ C.U.I.L.
1.19. Tipo y Número de Documento.
1.20. Poder en original o copia debidamente certificada por autoridad competente. En caso de presentar poder de un escribano de otra jurisdicción, realizar el trámite de legalización correspondiente ante el Colegio de Escribanos de la Provincia.
1.21. Representante Técnico: Apellido y Nombres.
1.22. N° de C.U.I.T/ C.U.I.L.
1.23. Tipo y Número de Documento.
1.24. Título habilitante.
2. Autoridades Societarias:
2.1. Apellido y Nombres.
2.2. Tipo y Número de Documento.
2.3. N° de C.U.I.T / C.U.I.L.
2.4. Cargo asignado en actas.
3. Administradores de la Sociedad:
3.1. Apellido y Nombres.
3.2. Tipo y Número de Documento.
3.3. N° de C.U.I.T / C.U.I.L.
3.4. Cargo designado en actas.
4. Actividades:
5. Unidad Mínima de Aplicación de la Norma / Planta (Unidad Generadora):
5.1. Ubicación.
5.1.1. Coordenadas / Georreferenciación.
5.1.2. Provincia.
5.1.3. Teléfono y fax.
5.2. Descripción de Equipamientos y Procesos Productivos.
5.3. Memoria Técnica. Características edilicias.
6. Información de Residuos:
6.1. Descripción de Residuos Petroleros.
6.2. Identificación de los Residuos.
6.2.1. Tipo.
6.2.2. Nombre.
6.2.3. Cantidades totales anuales de acuerdo a las siguientes precisiones:
a) Humedad
b) Concentración
6.2.4. Tratamiento en planta.
6.2.5. Almacenaje.
6.2.6. Transporte y Tratamiento en planta externa, de ser el caso.
6.3. Medidas para minimizar la generación de residuos.
6.3.1. Sustitución de Materias Primas.
6.3.2. Cambio de Tecnología.
6.3.3. Recuperación y Reciclaje.
6.3.4. Separación corrientes de Residuos Petroleros.
6.3.5. Otros.
6.4. Procedimiento de extracción de muestras.
6.4.1. Tipo de Muestra.
6.4.2. Procedimiento.
6.4.3. Sitio de extracción.
6.5. Descripción del Proceso de tratamiento del residuo generado.
6.6. Método de análisis.
6.6.1. Lixiviado. Estándares para su evaluación.
6.7. Materias primas.
6.7.1. Compuesto químico.
6.7.2. Cantidad.
6.7.3. Unidad de medida.
6.7.4. Estado físico.
7. Documentación que adjunta:
7.1. Contrato Social o Estatuto Inscripto.
7.2. Actas Societarias.
7.3. Copias de documentos de identidad.
7.4. Copias de inscripción en CUIT / CUIL.
7.5. Manifiesto donde consta la disposición final de los residuos petroleros.
La documentación adjunta deberá presentarse en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Transportistas externos de residuos petroleros
La información solicitada para la inscripción o renovación de empresas Transportistas es:
1. Datos Identificatorios:
1.1. N° C.U.I.T.
1.2. Fecha inicio actividad.
1.3. Nombre / Razón Social.
1.4. Domicilio Real Calle y Número.
1.5. Piso.
1.6. Oficina.
1.7. Localidad y Código Postal.
1.8. Provincia.
1.9. Teléfonos y fax.
1.10. Domicilio Constituido Calle y Número.
1.11. Piso.
1.12. Oficina.
1.13. Localidad y Código Postal.
1.14. Provincia.
1.15. Teléfonos y fax.
1.16. E-mail.
1.17. Representante Legal Apellido y Nombres.
1.18. N° de C.U.I.T/ C.U.I.L.
1.19. Tipo y Número de Documento.
1.20. Poder original o copia debidamente certificada por autoridad competente. En caso de presentar poder de un escribano de otra jurisdicción, realizar el trámite de legalización correspondiente ante el Colegio de Escribanos de la Provincia.
1.21 Representante Técnico: Apellido y Nombres.
1.22 N° de C.U.I.T. / C.U.I.L.
1.23 Tipo y Número de Documento.
1.24 Título habilitante.
2. Autoridades Societarias:
2.1. Apellido y Nombres.
2.2. Tipo y Número de Documento.
2.3. N° de C.U.I.T / C.U.I.L.
2.4. Cargos asignados en actas.
3. Administradores de la Sociedad:
3.1. Apellido y Nombres.
3.2. Tipo y Número de Documento.
3.3. N° de CUIT / CUIL.
3.4. Cargo designado en actas.
4. Vehículos:
4.1. Dominio.
4.2. Marca.
4.3. Tipo.
4.4. Modelo.
4.5. Año.
4.6. Motor: Tipo.
4.7. Número de Identificación del motor.
4.8. Modelo del motor.
4.9. Carrocería: Tipo.
4.10. Número de Identificación de la carrocería.
4.11. Modelo de la carrocería.
4.12. Tipo de caja.
4.13. Tipo de Tacógrafo.
4.14. Número de Identificación del Tacógrafo.
4.15. Revisión técnica vehicular. Fecha de Vencimiento.
4.16. Número de Registro Unico del Transporte Automotor (RUTA).
4.17. Clase de carga.
4.18. Compañía aseguradora emisora de la póliza.
4.19 Póliza de Seguro número. Cobertura adicional de las categorías de control y constituyentes transportadas y por el daño contra las personas, las cosas y el ambiente.
4.20. Fecha de vencimiento de la póliza.
4.21. Número de recibo de pago de la póliza de seguro.
4.22. Tipo de Tráfico.
4.23. Vínculo jurídico entre el titular del dominio y persona física o jurídica que solicite la inscripción.
4.24. Habilitación Provincial de Transporte para cargas peligrosas, de acuerdo a las Leyes Provinciales N° 3467 y N° 4165 de adhesión a la Ley Nacional N° 24.449.
5. Contenedores:
5.1. Tipo de Contenedor.
5.2. Fijo / Móvil.
5.3. Capacidad en cm3.
5.4. Identificación.
5.5. Observaciones.
6. Lugar de lavado de vehículos.
6.1. Empresa.
6.2. N° de C.U.I.T.
6.3. Calle y número.
6.4. Localidad.
6.5. Provincia.
7. Información sobre residuos:
7.1. Condiciones de transporte.
8. Memoria Técnica: Descripción de las características físico - químicas de los Residuos Petroleros:
9. Plan de contingencia:
9.1. Equipos a ser empleados.
9.2. Fichas de intervención específicas de los residuos a transportar.
9.3. Manual de procedimiento a ser llevado en la unidad transportadora.
9.4. Registro de accidentes foliado a ser llevado en la unidad transportadora.
10. Documentación que adjunta:
10.1. Contrato Social o Estatuto inscripto.
10.2. Actas Societarias.
10.3. Copias de documentos de identidad.
10.4. Copias de certificados de inscripción C.U.I.T / C.U.I.L.
10.5. Inscripción en el R.U.T.A. y Habilitación/es correspondientes.
10.6. Planilla de Coordinación y Seguridad Vial.
10.7. Respuestas ante emergencias. Acreditación sobre capacitación para proveer respuesta en caso de emergencia en el transporte.
10.8. Licencia Nacional Habilitante y planilla área psicofísica.
10.9. Certificado de revisión técnica.
10.10. Constancia transmisión móvil.
10.11. Certificado de Estanqueidad o hermeticidad, si correspondiere.
10.12. Póliza de Seguro
10.13. Suplemento de póliza con cobertura adicional.
10.14. Habilitación expedida por autoridad naval (sólo en transporte naval).
La documentación adjunta deberá presentarse en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Operadores de Planta de Tratamiento y/o Disposición final
La información solicitada para la inscripción o renovación de Operadores es:
1. Datos Identificatorios:
1.1. N° C.U.I.T.
1.2. Fecha inicio actividad.
1.3. Nombre / Razón Social.
1.4. Domicilio Real: Calle y número.
1.5. Piso.
1.6. Oficina.
1.7. Localidad y Código Postal.
1.8. Provincia.
1.9. Teléfonos y fax.
1.10 Domicilio Constituido Calle y número.
1.11. Piso.
1.12. Oficina.
1.13. Localidad y Código Postal.
1.14. Provincia.
1.15. Teléfonos y fax.
1.16. E-mail.
1.17. Representante Legal: Apellido y Nombres.
1.18. N° de CUIT / CUIL.
1.19. Tipo y N ° de Documento.
1.20. Poder original o copia debidamente certificada por autoridad competente. En caso de presentar poder de un escribano de otra jurisdicción, realizar el trámite de legalización correspondiente ante el Colegio de Escribanos de la Provincia.
1.21. Representante Técnico: Apellido y Nombres.
1.22. N° de CUIT / CUIL.
1.23. Tipo y N ° de Documento.
1.24. Título habilitante.
2. Autoridades Societarias:
2.1. Apellido y Nombres.
2.2. Tipo y Número de Documento.
2.3. N° de CUIT / CUIL.
2.4. Cargo asignado en actas.
3. Administradores de la Sociedad:
3.1. Apellido y Nombres.
3.2. Tipo y Número de Documento.
3.3. N° de CUIT / CUIL.
3.4. Cargos designados en actas.
4. Planta:
4.1. Ubicación.
4.1.1. Calle y número.
4.1.2. Piso.
4.1.3. Oficina.
4.1.4. Localidad y Código Postal.
4.1.5. Provincia.
4.1.6. Teléfonos y fax.
4.2. Datos.
4.2.1. Nomenclatura Catastral.
4.2.2. Habilitación/es correspondiente/s.
4.2.3. Autorización de la tecnología a utilizar otorgado por la Autoridad de Aplicación.
5. Documentación que adjunta:
5.1. Contrato Social o Estatuto inscripto.
5.2. Actas Societarias.
5.3. Copias de documentos de identidad.
5.4. Copias de certificados de inscripción CUIT.
5.5. Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble.
5.6. Copias de Habilitación/es correspondiente/s y documentación que acredite la Nomenclatura Catastral.
5.7. Presentación de memoria técnica.
5.7.1. Descripción de la instalación donde se va a tratar el residuo petrolero. Características edilicias.
5.7.2. Características del equipamiento.
5.7.3. Descripción de las instalaciones de almacenamiento del residuo petrolero.
5.7.4. Descripción de las operaciones de carga y descarga del residuo petrolero.
5.7.4.1. Capacidad de diseño y unidad de medida.
5.7.5. Descripción de las operaciones de almacenamiento transitorio del residuo petrolero.
5.7.5.1. Capacidad de diseño y unidad de medida.
5.7.6. Descripción de las operaciones de tratamiento del residuo petrolero.
5.7.6.1. Capacidad de diseño y unidad de medida.
5.7.7. Descripción del tratamiento a seguir del envase contenedor del residuo petrolero.
5.7.7.1. Capacidad de diseño y unidad de medida.
5.8. Especificación del tipo de residuos a ser tratados y dispuestos. Estimación de la cantidad anual y análisis previstos para determinar la factibilidad de su tratamiento especificando humedad y concentración promedio de los residuos a tratar.
5.9. Descripción de los estudios de factibilidad de tratamiento y/o disposición final para cada tipo de residuo.
5.10 Manual de higiene y seguridad.
5.11. Planes de contingencias y procedimientos para su registro, si correspondiere.
5.12. Plan de monitoreo para aguas subterráneas, si correspondiere.
5.13. Plan de monitoreo para aguas superficiales, si correspondiere.
5.14. Plan de monitoreo de calidad de aire, si correspondiere.
5.15. Planes de capacitación para el personal.
5.16. Estudio del impacto ambiental.
5.17. Solo para plantas de disposición final:
5.17.1. Antecedentes y experiencia en la metodología a aplicar.
5.17.2. Plan de cierre y restauración de área.
5.17.3. Descripción de los contenedores.
5.17.4. Adjuntar la información solicitada en artículo 36 de la Ley N° 24.051 y artículo 36 de su Decreto Reglamentario N° 831/93.
5.17.5. Descripción del sitio de ubicación de la planta.
5.17.6. Soluciones técnicas a adoptarse frente a casos de inundación o sismo.
5.17.7. Estudios hidrogeológicos y procedimientos exigibles para evitar o impedir el drenaje o el escurrimiento.
5.18. Póliza según corresponda.
La documentación adjunta deberá presentarse en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Operador por almacenamiento
La información solicitada para la inscripción o renovación de Operadores por Almacenamiento es:
1. Presentación de requisitos de operador de planta de tratamiento descriptos en los ítem 1.1 a 1.24, 2.1 a 2.4, 3.1. a 3.4., 4.1 a 4.2.2, 5.1 a 5.6 y 5.18.
2. Memoria técnica que contendrá la siguiente información:
2.1. Identificación del o de los generadores de los residuos que se encuentran en su poder.
2.2. Condiciones de infraestructura apropiada para cada tipo de residuo petrolero almacenado.
2.3. Plan de contingencia.
2.4. Identificación del acto, hecho o convenio mediante el cual los residuos petroleros obran en su poder.
2.5. Medidas observadas para proteger la salud humana y el medio ambiente.
2.6. Envasado, empaque y rotulado de los residuos petroleros.
2.7. Declaración del tiempo de permanencia en el establecimiento que quedará sujeto a la aprobación de la Autoridad de Aplicación, la cual podrá solicitar planes de monitoreo y confinamiento.
La documentación adjunta deberá presentarse en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Operador con equipo transportable
La información solicitada para la inscripción o renovación de Operadores con Equipo Transportable es: 1. Presentación de requisitos de operador de planta de tratamiento descriptos en los ítem 1.1 a 1.24, 2.1 a 2.4, 3.1. a 3.4., 4.2.3, 5.1 a 5.4 y 5.18.
2. Memoria técnica que contendrá la siguiente información:
2.1. Acreditar idoneidad en la aplicación de la tecnología propuesta y planes de capacitación.
2.2. Descripción de la metodología.
2.3. Fundamentos científico-técnicos.
2.4. Antecedentes nacionales e internacionales sobre su aplicación.
2.5. Equipamientos e insumos.
2.6. Manual de Higiene y Seguridad y Planes de Contingencia.
2.7. Descripción de las corrientes de los residuos y categorización de los mismos.
2.8. Forma de limpieza de los equipos.
2.9 Registro de Operaciones Permanentes.
3. Memoria descriptiva del Trabajo:
Para el tratamiento de los residuos petroleros, el generador y el operador con equipo transportable deberán presentar en forma conjunta una memoria descriptiva del trabajo a realizar, según los siguientes requisitos para la aprobación de la operación "in situ":
A. Administrativos
-Solicitud de autorización firmada en forma conjunta (generador y operador).
-El generador deberá encontrarse inscripto, o en su defecto acreditar haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Petroleros.
-El generador y el operador con equipos transportables deberán presentar copia del documento que acredite la relación contractual entre ambos.
B. Técnicos
-Memoria descriptiva de las operaciones a realizar.
-Estimación de impactos ambientales y medidas para su mitigación, a requerimiento de la autoridad de aplicación.
-Cantidad de residuos y caracterización de los mismos.
-Duración de las operaciones o cronograma de obras.
-Manejo previsto de los residuos generados, si lo hubiere, como consecuencia de la propia operación de tratamiento.
-Planes de monitoreo ambiental específico para las operaciones.
-Normas de Higiene y seguridad y planes de contingencia correspondientes a la operación a realizar.
-Almacenamiento de residuos en el predio generador (lugar, características, capacidad, métodos, instalaciones).
-Habilitación otorgada por la autoridad local para la operación.
-Registro de Operaciones Permanentes.
-Instalaciones para la guarda de los equipos, y la correspondiente habilitación del depósito.
4. Informe de cierre de las operaciones con los siguientes contenidos:
4.1. Monitoreos realizados.
4.2. Certificados de destrucción de residuos.
4.3. Estado ambiental final del área afectada por las operaciones.
-Contar para los vehículos con una Habilitación Provincial de Transporte, de acuerdo a lo establecido en las Leyes Provinciales N° 3467 y N° 4165 de adhesión a la Ley Nacional N° 24.449.
La documentación adjunta deberá presentarse en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Generador eventual de residuos petroleros
La información solicitada para la inscripción de empresas que eventualmente generaron residuos petroleros es:
1. De los requisitos del Generador, dar cumplimiento a los siguientes ítems del 1 al 4 inclusive, 6.1 al 6.2.6 inclusive, 6.4.1 al 6.4.3 inclusive y 7.1 al 7.5 inclusive.
2. Realizar una descripción del lugar en donde eventualmente se generó el residuo petrolero.
La documentación adjunta deberá presentarse en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.

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