DISPOSICION 4/2002
SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE (S.S.M.A.)


 
Residuos peligrosos. Habilitación del Registro Provincial de Tecnologías. Norma complementaria del art. 24 del dec. 712/2002, reglamentario de la ley 2567.
Del 03/05/2002; Boletín Oficial 09/05/2002


Artículo 1º - Habilítase el "Registro Provincial de Tecnologías" en el ámbito de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz, en el que deberán estar inscriptas todas las tecnologías nuevas y en uso que pretendan aplicarse en los procesos comprendidos por la Ley Provincial Nº 2567.
Art. 2º - Apruébase el listado de requisitos básico a consignar en la solicitud de inscripción en el Registro, habilitado en el artículo precedente, los que como Anexo I forman parte integrante de la presente Disposición. Los datos de referencia revisten el carácter de Declaración Jurada.
Art. 3º - Las solicitudes de inscripción, acompañadas de la documentación respectiva, serán consideradas caso por caso y, de estimarse pertinente, se procederá a la inscripción correspondiente por disposición adoptada a tal efecto.
Art. 4º - Las nuevas tecnologías, una vez aprobadas por la Autoridad de Aplicación, obtendrán un Certificado de Habilitación que autorizará su utilización en el ámbito provincial. Cualquier observación a la presentación deberá ser salvada por el presentante dentro de los treinta (30) días de su notificación, bajo apercibimiento de disponer en caso de incumplimiento, el archivo de la solicitud.
Art. 5º - Los gastos que demande la evaluación que corresponda a la nueva tecnología correrán por parte del presentante.
Art. 6º - Establécese un derecho de inscripción en el "Registro Provincial de Tecnologías" que asciende a la suma de pesos doscientos ($ 200) por única vez al momento de realizar la presentación.
Art. 7º - Comuníquese, etc.
Anglesio.

ANEXO I
- Presentar Nota solicitando la inscripción de la tecnología en el "Registro Provincial de Tecnologías", dirigida a la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz. Adjunto a la solicitud, se consignarán los siguientes datos, a saber:
1. Datos Identificatorios:
1.1. Nº C.U.I.T.
1.2. Fecha inicio actividad.
1.3. Nombre/Razón Social.
Domicilio Real:
1.4. Calle y Número.
1.5. Piso.
1.6. Oficina.
1.7. Localidad y Código Postal.
1.8. Provincia.
1.9. Teléfonos y fax.
Domicilio Constituido:
1.10. Calle y Número.
1.11. Piso.
1.12. Oficina.
1.13. Localidad y Código Postal.
1.14. Provincia.
1.15. Teléfonos.
1.16. E-mail.
Representante Legal:
1.17. Apellido y Nombres.
1.18. Nº de C.U.I.T./L.
1.19. Tipo y Número de Documento.
1.20. Poder en original, o copia debidamente certificada por autoridad competente. De presentar un poder de un escribano de otra jurisdicción, realizar el trámite correspondiente ante el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Cruz.
Representante Técnico:
1.21. Apellido y Nombres.
1.22. Nº de C.U.I.T./L.
1.23. Tipo y Número de Documento.
1.24. Título habilitante.
2. Autoridades Societarias:
2.1. Apellido y Nombres.
2.2. Tipo y Número de Documento.
2.3. Nº de C.U.I.T./C.U.I.L.
2.4. Cargo asignado en actas.
3. Administradores de la Sociedad:
3.1. Apellido y Nombres.
3.2. Tipo y Número de Documento.
3.3. Nº de C.U.I.T./C.U.I.L.
3.4. Cargo designado en actas.
4. Actividades que desarrolla la empresa solicitante.
Para tecnologías en uso, deberá presentar:
- Lugar de aplicación:
Ubicación (localidad), descripción de la instalación donde se va a aplicar la tecnología.
- Descripción de equipamientos en uso.
- Procesos Productivos a los cuales se aplica. Descripción de las operaciones a realizar.
- Tipo de residuo al que está destinado:
Identificación de residuos, tipo y nombre.
- Informe, prueba y evaluación demostrativa del tal aplicación:
Lugar donde surgió la nueva tecnología (localidad, provincia, país), memoria técnica, descripción y antecedentes comprobables.
Para tecnologías aún no utilizadas, deberá presentar:
- Cumplir con todos los datos solicitados en este anexo, con más:
- Estudios e informes que analicen su aplicación.
- El impacto ambiental que pudiera provocar: estudio de viabilidad técnica y posibles impactos; medidas de mitigación, si las hubiera.
- Adjuntar a la presentación, todo lo requerido en el Artículo 24 del Decreto Provincial Nº 712/02.
La documentación adjunta deberá presentarse en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.

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