RESOLUCION 1024/2009
MINISTERIO DE SALUD


 
Modifica en forma parcial artículo 1° resolución 1681-SS-00. Incorporación hospitales de la CABA. Programa Federal de Procuración de Organos y Tejidos, coordinador hospitalario de procuración de órganos y tejidos, desarrollo actividad de donación
Del: 25/03/2009; Boletín Oficial: 13/04/2009

VISTO: la Ley Nacional de Trasplante N° 24.193 y su modificatoria N° 26.606, el Decreto N° 2.210/04, las Resoluciones N° 1.681-SS/00, N° 558-SS/2003 y N° 1614- MSGC/2007 y la Nota N° 597-PBATx-DGRyPS/08, y
CONSIDERANDO:
Que el proceso de donación y trasplante de órganos y tejidos constituye una actividad médica regulada por la Ley Nacional de Trasplante N° 24.193 y su modificatoria N° 26.606;
Que por Resolución N° 558-SS/03 se creó, en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Programa Buenos Aires Trasplante como Centro Coordinador Único de todas las actividades vinculadas con la procuración, ablación e implante de órganos y tejidos:
Que en el marco del Convenio ratificado por Decreto N° 2.210/04, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió al Programa Federal de Procuración de Órganos y Tejidos, estrategia sanitaria orientada a aumentar el número de donantes, reconociendo que la actividad se desarrolla dentro del establecimiento hospitalario, por lo cual resulta necesario contar con la posibilidad de tener un referente en los efectores de salud;
Que en la actualidad la Ciudad de Buenos Aires cuenta con centros de trasplante habilitados en el sector público y privado que revelan un progresivo aumento de las listas de espera, lo que genera una diferencia entre la demanda y la oferta de órganos y tejidos;
Que, por Resolución N° 1.681-SS/00 se creó la figura de Coordinador Hospitalario de Procuración de Órganos y Tejidos para Trasplantes, como referente de la actividad en el establecimiento de salud, asignándosele funciones en distintos hospitales para desarrollo de las actividades programáticas;
Que resulta necesario avanzar en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con una estrategia de organización y funcionamiento de sus recursos en el área de Salud a efectos de cumplimentar las responsabilidades enunciadas en el Programa Federal de Procuración de Órganos y Tejidos;
Que con el objetivo de optimizar las actividades programáticas referidas, es conveniente incorporar a todos los establecimientos hospitalarios de la Ciudad al Programa Federal de marras a efectos de posibilitar la asignación en ellos de la figura de Coordinador Hospitalario;
Que, en consecuencia, resulta menester modificar parcialmente los términos de la Resolución N° 1.681-SS/00, facultando al mismo tiempo a la Coordinación del Programa Buenos Aires Transplante a controlar y evaluar periódicamente las actividades de los Coordinadores Hospitalarios;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE

Artículo 1°.- Modifíquese parcialmente el artículo 1° de la Resolución N° 1.681- SS/00, incorporando todos los hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Programa Federal de Procuración de Organos y Tejidos, a los efectos de posibilitar la institución de un Coordinador Hospitalario de Procuración de Organos y Tejidos cuando así lo determinen las características de cada establecimiento y su potencialidad para el desarrollo de la actividad de donación.
Art. 2°.- Facúltase a la Coordinación del Programa Buenos Aires Transplante a controlar y evaluar periódicamente las actividades de los Coordinadores Hospitalarios.
Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Organismo Fuera de Nivel Buenos Aires Trasplante y a la Subsecretaría de Atención Integrada de la Salud para que proceda a comunicar los términos de la presente a los hospitales de su dependencia. Cumplido, archívese.
Lemus


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