RESOLUCIÓN 488/2015
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (S.S.Sal.)


 
TIENESE POR REVERTIDA la situación de crisis de la OBRA SOCIAL DE OPERADORES CINEMATOGRAFICOS.
Del: 24/06/2015; Boletín Oficial 29/06/2015.

VISTO el Expediente N° 240014/2013 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, el Decreto N° 1400 de fecha 4 de noviembre de 2001 y las Resoluciones SSSalud N° 501 del 12 de mayo de 2010 y N° 1292 del 14 de agosto de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 1292/2014-SSSalud se estableció que la OBRA SOCIAL DE OPERADORES CINEMATOGRAFICOS (RNOS 1-0460-3) se encontraba en situación de crisis, de acuerdo con el procedimiento llevado a cabo por la Gerencia de Control Económico Financiero, en cuanto a la elaboración del factor de criticidad y conforme los parámetros indicados en el Decreto N° 1400/2001 y la Resolución N° 501/2010-SSSalud.
Que en consecuencia, se intimó al Agente del Seguro a presentar un Plan de Contingencia, en los términos del artículo 20 del citado Decreto.
Que la Obra Social presentó su propuesta a fs. 32/34 del Expediente del VISTO, la cual fuera observada por el área Crisis y Liquidaciones y finalmente aprobada (con la ampliación de fs. 64/68) mediante Informe N° 873/14-CyL (fs. 69/74). Decisión que le fuera notificada a la entidad a fs. 78, conforme Acta N° 7/14-DCyL-GCEF.
Que la Gerencia de Control Económico Financiero a cargo del monitoreo del trámite, se expidió en los términos del Informe N° 776/15-CyL, de fecha 15/05/2015, señalando que la Obra Social había cumplido con las metas estipuladas en el Plan de Contingencia, habiendo revertido el estado de crisis en que se encontraba, conforme el Punto 6 del Anexo III del Decreto N° 1400/2001 (fs. 177/180).
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y N° 1008 de fecha 2 de julio de 2012.
Por ello,
La Superintendenta de Servicios de Salud resuelve:

Artículo 1°.- TIENESE POR REVERTIDA la situación de crisis de la OBRA SOCIAL DE OPERADORES CINEMATOGRAFICOS (RNOS 1-0460-3), que fuera establecida por Resolución N° 1292/14-SSSalud, en atención a las circunstancias expuestas en los CONSIDERANDOS de la presente y con fundamento en el Punto 6 Anexo III del Decreto 1400/2001.
Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Gerencia de Control Económico Financiero y, oportunamente archívese.
Liliana Korenfeld, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.


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