DECRETO 118/2017
PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (P.E.C.I.B.A.)
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Modificación del Decreto N° 363/15, la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Del: 03/04/2017; Boletín Oficial 06/04/2017.
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VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 684/09 y modificatorios, el Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N° 315/16, y el Expediente Electrónico N° 5212289-MGEYA-DGAYDRH/17, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Salud;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que mediante el Decreto N° 315/16, se aprobó la estructura correspondiente al régimen gerencial del Ministerio de Salud, en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa;
Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Salud, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de sus competencias;
Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud, en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 315/16;
Que en el Régimen Gerencial aludido en el párrafo anterior se incluyen Direcciones, Subdirecciones y Departamentos que se encuentran contemplados en la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N° 41.455;
Que resulta oportuno delegar en la señora Ministra de Salud y en el señor Ministro de Hacienda la facultad de designar al personal titular e interino, respectivamente, que se propicie para cubrir esos cargos.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
El Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires decreta:
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Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de abril de 2017, la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2017-07459188-MSGC) (Organigrama) y II (IF-2017-07459135-MSGC) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2°.- La Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la asignación de la dotación de las distintas gerencias y subgerencias operativas de su jurisdicción en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Art. 3°.- Delégase en la señora Ministra de Salud la facultad de efectuar designaciones para cubrir cargos titulares en las Direcciones, Subdirecciones y Departamentos que se identifican en el Anexo I con asterisco, de acuerdo al régimen establecido en la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N° 41.455.
Art. 4°.- Delégase en el señor Ministro de Hacienda la facultad de efectuar designaciones para cubrir cargos interinos en las Direcciones, Subdirecciones y Departamentos indicados en el artículo precedente, de acuerdo al régimen establecido en la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N° 41.455.
Art. 5°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar cumplimiento al presente Decreto.
Art. 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Art. 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil, dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido archívese.
Rodríguez Larreta; Bou Pérez; Mura; Miguel.
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