RESOLUCIÓN 1942/2015
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Adhesión a la Resolución Ministerial N° 1814/2015 de Especialidades Médicas.
Del: 10/11/2015.

VISTO:
El Expediente N° 4420-1181/08, del registro de la Subsecretaría de Salud dependiente del Ministerio de Salud, y la Resolución 1814/15 emitida por el Ministerio de Salud de la Nación; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 218/13 el Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén adhirió a la Resolución N° 908/12 del Ministerio de Salud de la Nación y aprobó el listado de las especialidades médicas reconocidas en la misma;
Que con posterioridad a lo señalado precedentemente, el Ministerio de Salud de la Nación emitió la Resolución N° 1814/15 que deja sin efecto la N° 908/12, incorporando a la Hémato-Oncología Pediátrica y a la Medicina Paliativa como nuevas especialidades médicas a las reconocidas;
Que las citadas normas legales han sido dictadas para armonizar y homogeneizar entre todas las jurisdicciones las profesiones de la salud de grado universitario y sus especialidades, así como el proceso de validación periódica de las mismas;
Que a través del Artículo 9° de la Ley 1679, y del Artículo 4° de la Ley 1761, se atribuyen las facultades a la Subsecretaría de Salud, dependiente del Ministerio de Salud, de modificar la nómina de especialidades reconocidas;
Que corresponde dictar la norma legal de adecuación, ello conforme lo habilita el Artículo 4° de la Resolución N° 1814/15;
Que asimismo resulta oportuno incorporar al listado actualizado las Especialidades Médicas de Cirugía Oncológica, Salud Pública, Quemados y Mastología, las cuales habían sido contempladas previamente por la Ley 1679, modificada por la Ley 1761, y los mecanismos previstos en la misma para el reconocimiento de nuevas especialidades, mediante la Resolución N° 108/91 y la Disposición N° 710/99;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
El Ministro de Salud resuelve:

Artículo 1°.- ADHERIR a la Resolución N° 1814/15 emitida por el Ministerio de Salud de la Nación, la que será de aplicación en la jurisdicción provincial.
Art. 2°.- APROBAR el listado de Especialidades Médicas correspondiente al Anexo I de la Resolución N° 1814/15, y que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.
Art. 3°.- INCORPORAR al listado a las especialidades médicas previamente reconocidas en el ámbito jurisdiccional, tal lo consignado en el sexto párrafo del considerando.
Art. 4°.- DETERMINAR que los procedimientos de certificación y recertificación (reválidas) de las Matrículas de Especialistas continuarán realizándose de acuerdo a las previsiones contenidas en la Ley 1679, modificada por Ley 1761, y sus normas reglamentarias anexas.
Art. 5°.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 218/13.
Art. 6°.- Comuníquese, agréguese a sus antecedentes y archívese.
Rubén O. Butigué.

Anexo I


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