VISTO el Expediente Nº EX-2019-61966885-APN-DD#MSYDS; y
CONSIDERANDO:
Que las políticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con fuerte énfasis en el primer nivel de atención.
Que en el marco de las políticas del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN se desarrolla el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA, creado por Resolución N° 432/1992 de la SECRETARÍA DE SALUD del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, refrendado oportunamente por el decreto N° 1424/1997 y luego por el Decreto N° 178/2017 y la Resolución N° 856-E/2017 que actualiza los ejes conceptuales del programa.
Que entre los objetivos del Programa se encuentran el diseño de instrumentos, la capacitación, sensibilización, investigación y gestión de mejoras de los riesgos sanitarios en los establecimientos de todo el país.
Que entre las funciones del Programa se encuentra la elaboración de normas de organización y funcionamiento y de guías de práctica clínica de los Servicios de Salud y de la seguridad del paciente.
Que resulta conducente incorporar el CONSENSO SOBRE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ATROFIA MUSCULAR ESPINAL al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
Que el documento ha sido elaborado por el Programa Interdisciplinario de Atención, Docencia e Investigación de Pacientes con Enfermedad Neuromuscular HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN”, y el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN en conjunto.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA han tomado la intervención de su competencia y avalan su incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones contenidas en lo establecido en los artículos 20 y 26 del Decreto 802 del 5 de septiembre de 2018.
Por ello:
El Secretario de Gobierno de Salud resuelve:
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