EXPEDIENTE Nº 00600389-194591/2020-0
VISTO los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 520/2020 y 576/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia de la Provincia de Salta Nº 250/2020 y las Resoluciones Nº 35/2020, y Nº 41/2020 del Comité Operativo de Emergencia; y,
CONSIDERANDO:
Que resulta necesaria la aprobación del Protocolo para técnicos y artistas de la actividad audiovisual y afines;
Que la Resolución N° 35/2020 del COE art. 4º inc. D) establece que las actividades habilitadas, quedarán sujetas a la aprobación de los protocolos correspondientes, por Acto Administrativo expreso, por el Ministerio de Turismo y Deportes y el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología respectivamente;
Que por Resolución Nº 42/2020 del COE, se prorroga la vigencia de la Resolución Nº 39/2020 del COE;
Que en todo momento regirán las disposiciones de la Autoridad Sanitaria;
Que han tomado intervención la Central Operativa de Control y Seguimiento
COVID 19 (COCS) manifestando que el presente protocolo se encuentra dentro de los parámetros generales para la Pandemia, y la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría de Cultura, sosteniendo que cumple con los extremos legales requeridos por la normativa vigente sugiriendo disponer la aprobación del mismo;
Por ello,
El Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología resuelve:
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