RESOLUCIÓN 157/2020
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA (M.E.C.C.y T.)


 
Aprobar el Protocolo para el desempeño de Técnicos y artistas de la actividad audiovisual y afines.
Del: 07/08/2020; Boletín Oficial 11/08/2020.

EXPEDIENTE Nº 00600389-194591/2020-0
VISTO los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 520/2020 y 576/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia de la Provincia de Salta Nº 250/2020 y las Resoluciones Nº 35/2020, y Nº 41/2020 del Comité Operativo de Emergencia; y,
CONSIDERANDO:
Que resulta necesaria la aprobación del Protocolo para técnicos y artistas de la actividad audiovisual y afines;
Que la Resolución N° 35/2020 del COE art. 4º inc. D) establece que las actividades habilitadas, quedarán sujetas a la aprobación de los protocolos correspondientes, por Acto Administrativo expreso, por el Ministerio de Turismo y Deportes y el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología respectivamente;
Que por Resolución Nº 42/2020 del COE, se prorroga la vigencia de la Resolución Nº 39/2020 del COE;
Que en todo momento regirán las disposiciones de la Autoridad Sanitaria;
Que han tomado intervención la Central Operativa de Control y Seguimiento
COVID 19 (COCS) manifestando que el presente protocolo se encuentra dentro de los parámetros generales para la Pandemia, y la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría de Cultura, sosteniendo que cumple con los extremos legales requeridos por la normativa vigente sugiriendo disponer la aprobación del mismo;
Por ello,
El Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología resuelve:

Artículo 1°.- Aprobar el “Protocolo para el desempeño de Técnicos y artistas de la actividad audiovisual y afines”, que como anexo forma parte de la presente.
Art. 2°.- Disponer que el cumplimiento del Protocolo que se aprueba en la presente resulta de carácter obligatorio mientras subsistan las condiciones socio-sanitarias que dieron lugar al presente, conforme a la reglamentación vigente.
Art. 3°.- Registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Cánepa

Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

Copyright © BIREME  Contáctenos