Obras sociales. Se establece que todos los establecimientos sanitarios públicos, provinciales y municipales, serán prestadores de la Obra Social de la Provincia de Buenos Aires (I.O.M.A.).
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires
Fecha de publicación:
05/09/1991
Esfera del acto:
Provincial - Buenos Aires / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Instituciones de Salud, Obras Sociales
Reglamentada por Ley 1251, de 03 de Julio de 2007 
(art. 1º) Fue sustituido por Ley 13498, de 05 de Julio de 2006