RESOLUCIÓN 3995/2020
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA (M.S.P.)


 
Segundo Examen Médico Básico.
Del: 21/10/2020; Boletín Oficial 02/11/2020.

VISTO:
Expediente 800-005830-2020 registro de este Ministerio de Salud Pública; y,
CONSIDERANDO:
Que en el Ministerio de Salud Pública de San Juan sigue vigente el Convenio de Adhesión Ley Nacional N° 22.127/79.
Que el objeto de las Residencias del Equipo de Salud es complementar la formación integral del profesional ejercitando en el desempeño responsable, eficiente y ético de las disciplinas correspondientes, mediante la adjudicación y ejecución personal supervisada de actos de progresiva complejidad y responsabilidad.
Que el Ministerio de Salud de San Juan adhirió, a partir del año 2013, a la implementación del Examen Único (EU) Nacional para el ingreso a las Residencias del Equipo de Salud.
Que para las Residencias del Equipo de Salud que no están incluidas en Examen Único, se implementa la normativa jurisdiccional.
Que actualmente el EU alcanza a las Especialidades Médicas, Bioquímica y Enfermería, quedando para el Examen de Residencias No Médicas. Psicología Clínica, Trabajo Social y Odontología y Médicas Post Básicas de Neonatología y Terapia Intensiva Infantil, Hematología y Nefrología.
Que en virtud del Decreto N° 260/2020 con fecha 13 de marzo de 2020 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecidas por la Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declara por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.
Que en virtud de la Convocatoria al Concurso 2020 de Becas para Residencias del Equipo de Salud, fue necesario consensuar con el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, las fechas en que se llevará a cabo el mismo, teniendo en cuenta los plazos que establece el Ministerio de Salud de la Provincia de San Juan para dicho concurso.
Que por Resolución N° 1396-2020 el Ministerio de Salud de la Nación en su Artículo 4° aprueba la implementación de un SEGUNDO EXAMEN MÉDICO BÁSICO, digital y ubicuo, que se desarrollará el día 18 de Noviembre de 2020 al que la provincia de San Juan acuerda su participación, renunciando a la instancia de Segunda Re-adjudicación.
Que la Ley N° 2035-A en su Artículo 2° faculta al Ministerio de Salud Pública de la Provincia para instrumentar las políticas referidas a la Emergencia sanitaria declarada por el Artículo 1°, como también dictar las normas aclaratorias y complementarias.
Que por Resolución N° 3260-MSP-2020 se aprueban los Cronogramas para el llamado a Concurso tanto para las Especialidades incluidas en EU como para las Residencias no incluidas en EU y las modificaciones respecto a modalidad.
Que asimismo y atento a cubrir las vacantes de especialidades Post- Básicas de Neonatología y Terapia Intensiva Infantil con cupos nacionales y Hematología, con cupo provincial, la provincia de San Juan dispone realizar un Segundo Examen y por única vez modificar el Cronograma de desarrollo de la convocatoria para estas especialidades a los efectos de dar continuidad a la gestión de este concurso.
Que de manera excepcional, la Convocatoria al Ingreso de Residencias del Equipo de Salud se regirá por las Resoluciones N° 680-MSP-2010, 518-MSP-2012, 688-MSP-2012, 445-MSP-2013, 1088-MSP-2014, 343-MSP-2015 y 344-MSP-2015 y las complementarias N° 2744-MSP-2020, N° 3260-MSP-2020, N° 3475-MSP-2020 y.
POR ELLO;
La Ministra de Salud Pública resuelve:

Artículo 1°.- Con carácter excepcional por esta única vez se establece el SEGUNDO EXAMEN y sus modificaciones establecidas en esta resolución para las especialidades Post- Básicas, manteniendo las demás condiciones y requisitos de las Resoluciones N° 680-MSP-2010, 518-MSP-2012, 688-MSP-2012, 445-MSP-2013, 1088-MSP-2014, 343-MSP-2015 y 344-MSP-2015 y complementan las resoluciones N° 2744-MSP-2020, N° 3260-MSP-2020, N° 3475-MSP-2020.
Art. 2°.- Se aprueba la implementación y cronograma del SEGUNDO EXAMEN MÉDICO BÁSICO, digital y ubicuo, que se desarrollará el día 18 de Noviembre de 2020, solamente para Especialidades básicas médicas con cupos vacantes de la convocatoria anterior, que como Anexo I forma parte de la presente norma legal.
Art. 3°.- Se aprueba la implementación de un SEGUNDO EXAMEN al llamado a Concurso para los cargos vacantes de Especialidades Post-Básicas: Neonatología y Terapia Intensiva infantil y Hematología, que se desarrollará el día 13 de Noviembre de 2020 y el Cronograma de etapas inherentes que como Anexo II forma parte de la presente norma legal.
Art. 4°.- El examen para las especialidades Post-Básicas será de carácter PRESENCIAL y ESCRITO de acuerdo a los requisitos y Bases para el Ingreso a las Residencias del Equipo de Salud establecido en la Resolución N° 680-MSP-2010.
Art. 5°.- Se modifican de la resolución N° 680-MSP-2010 los siguientes incisos del punto referido a los resultados, a saber e) RESULTADO: E-1); E-4); E-6); E-7); E-8, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
E-19 RESULTADO: Será exhibido al SEGUNDO (2°) día hábil posterior a la fecha del examen por los medios que disponga la División de Recursos Humanos y Capacitación.
E-4) RECURSO DE REVISIÓN: se podrá interponer el recurso de revisión del resultado del examen dentro del segundo (2°) día hábil a partir de la publicación de la nota, vencido dicho plazo sin que el postulante lo haya interpuesto, quedará firme el puntaje obtenido. Dicho recurso deberá ser presentado personalmente por el postulante (no se admiten apoderados). El decisorio que se dicte comunicando el recurso de revisión será inapelable, agotándose con ello la vía recursiva. A los efectos de ejercer el recurso de revisión, la Jefatura de Recursos Humanos y Capacitación facilitará a los interesados la GRILLA de examen corregida, por el término de diez (10) minutos, transcurridos los cuales se retirará la misma
E-6) El Comité de Examen se expedirá en el término de dos 82) días hábiles posteriores sobre el Recurso de Revisión del Examen interpuesto redactando el Orden de Mérito Definitivo.
E-7) ORDEN DE MÉRITO DEFINITIVO: Agotada la instancia de Revisión se dará por concluida la etapa evaluadora y recursiva por parte del Comité de Examen y se realizará el Orden de Mérito Definitivo según el cronograma publicado.
E-8) ADJUDICACIÓN: De acuerdo al ORDEN DE MÉRITO DEFINITIVO, se procederá al OFRECIMIENTO GENERAL DE LAS PLAZAS DE LOS RESIDENTES DE PRIMER AÑO PARA MEDICINA -POR ESPECIALIDAD- Y ESPECIALIDADES POST-BÁSICAS de acuerdo al cronograma establecido y la Resolución N° 3475-MSP-2020.
Art. 6°.- Se mantiene el Comité de Examen establecido para el PRIMER EXAMEN para aquellas Especialidades no incluidas en el Examen Único según Resolución N° 2744-MSP-2020.
Art. 7°.- Téngase por resolución, comuníquese, cúmplase y archívese.
Dra. Silvia Alejandra Venerando, Ministra de Salud Pública.

Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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